Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Es legal renunciar al cobro de la nómina?

6 respuestas
Es legal renunciar al cobro de la nómina?
Es legal renunciar al cobro de la nómina?
#1

Es legal renunciar al cobro de la nómina?

Hemos montado una SL con 8 socios, en la que por reparto de participaciones nos corresponde estar en el Regimen General.

Como aún no tenemos ingresos, pero estamos obligados a darnos de alta, hemos pensado en si podemos hacer la nómina de forma normal, pagar a la SS lo que corresponda, y la parte que recibe el trabajador (los socios, en este caso) simplemente no hacer la transferencia, es decir, "renunciar a ella".

¿es eso legal? ¿hay alguna consecuencia? ¿hay que notificarlo de alguna forma?

gracias

#2

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

no se puede renunciar como trabajador, al salario al ser este un derecho irrenunciable, al igual que no puedes renunciar a las vacaciones...y otros derechos irrenunciables como trabajador...

#3

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

como socios pues se considerarían aportaciones a la empresa, me parece.

#4

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

piensa que no "renunciarias a ella", si no la ingresas no pasara nada, pero oficialmente seguiras teniendo esos ingresos de cara pagar a hacienda y a la seguridad social.

lo mejor de todos modos es consultarlo con tu asesor, para ver como lo estructurais en las cuentas para que os afecte lo menos posible fiscalmetne hablando.

un saludo.

#5

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

Pues yo aquí veo una "ensalada" de conceptos que no está bien ligada.

Habéis montado una SL. ¿Estáis los ocho trabajando y generando ingresos? ¿A tiempo completo los ocho?

Supongo que tenéis un lío en que os habréis puesto los ocho de administradores y la normativa de la Seguridad Social os han dicho que tenéis que cotizar todos a tiempo completo y como grupo 1.

Pues os propongo una solución más barata en cotizaciones de Seguridad Social y pagos de IRPF. Mientras no os arranque el negocio poned sólo un administrador le cotizáis el mínimo del grupo uno. Los demás os dáis de alta a tiempo parcial hasta que cogáis velocidad de crucero y os dediquéis a tiempo completo. Entonces os podéis poner otra vez de administradores todos si es lo que queréis.

El gasto de notario y R.M. creo que vale la pena en frente de las cuotas de una Seguridad Social y los pagos por IRPF.

Saludos

#6

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

no, sólo hay un administrador.

No los 8 vamos a estar trabajando de forma habitual para la empresa, pero los que lo vamos a hacer sí que vamos a estar a tiempo parcial al principio.
La duda es si tenemos que poner el dinero nosotros para pagarnos nuestro salario (parece una tontería, porque es pagarte a tí mismo, pero algunos de los socios no tienen disponible el dinero) o si podemos pagar las cotizaciones a la SS para estar de forma regularizada, pero nuestro salario simplemente, no ingresarlo.

#7

Re: Es legal renunciar al cobro de la nómina?

la seguridad social hay que pagarla, pero el liquido de la nomina no es necesario, aunque como te comente antes de cara a hacienda te contara como que has recibido el dinero, aun asi el monto lo poneis vosotros de acuerdo a vuestras circunstancias, asi que lo podeis ir variando segun os haga falta.

un saludo.

Te puede interesar...
  1. Campofrío, la historia de la gran multinacional cárnica española: de Ballvé a Sigma Alimentos
  2. La cadena de jugueterías Imaginarium anuncia su cierre (junio de 2024)