IBI y gastos comunes de la comunidad de propietarios, sí, según el % de afectación que hayas declarado.
La parte concreta de calefacción, como es un suministro, deberías desglosar, y solo sería deducible el 30 % del % que tengas afectado.
Ejemplo: Cuota comunidad mensual de 200 €, donde 100 € sean para gastos comunes y 100 € para calefacción.
Tienes declarado como afecta a la actividad económica un 25 % de la vivienda.
Es deducible el 25 % de los gastos comunes de la comunidad de propietarios (25 €), y un 30 % de los suministros de ese porcentaje de vivienda (30 % x 25 % s/100 € de calefacción), 7,50 € de calefacción.
De los 200 € totales mensuales, es aceptable un gasto deducible de 32,50 €.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!