Creo que pides demasiada certeza en estos tiempos de suma confusión.
Realmente nadie sabe nada, y menos el propio gobierno, que publican un real decreto en un BOE, lo rectifican al día siguiente, y lo reforman y modifican una semana después.
Te puedo orientar sobre la analogía de esta prestación de cese de actividad y la situación de pluriactividad (estar de alta en dos regímenes distintos de la seguridad social).
Por ejemplo, aquellas personas que están a la vez en régimen general y en autónomos, y se han ido a un ERTE, en principio NO tienen derecho al paro por estar de alta en autónomos.
Sin embargo, en caso contrario, un autónomo obligado al cierre (peluquería, por ejemplo), que a su vez también mentuviese un trabajo por cuenta ajena, SÍ tendría derecho a su prestación de autónomo, y a la vez mantener su salario por cuenta ajena.
Si eso ya era así antes, supongo que también se puede aplicar a que el salario por cuenta ajena venga "después".
La lógica legal dice que debiera ser así. Pero negro sobre blanco y publicado en un BOE, no se dice nada de esto, ni de lo contrario a esto.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!