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Contrato laboral en prácticas
Buenas,
Soy nuevo en este foro, por lo que desconozco si este es el procedimiento habitual para realizar este tipo de consultas... pero bueno, ya que estoy, aprovecho.
Tengo una duda con respecto al contrato laboral en prácticas. Según el SEPE, dicho contrato puede tener un periodo de prueba de entre 1 y 2 meses para los titulados con un grado medio o superior. Mi primera pregunta es, ¿el grado superior no equivale a la titulación universitaria, no? Es decir, entiendo que hace referencia a titulación vía FP no universitaria dentro de la cual hay grados medios y grados superiores. ¿Hay equivalencias entre alguna de esas y la titulación universitaria?
Mi segunda pregunta está relacionada con el tema salarial. Según la norma, durante el primer año de contratación en dicha modalidad de prácticas, el salario no podrá ser menor al 60% (independientemente del convenio al que se acoja la empresa) y del 75% el segundo año. Así mismo, de modo adicional la norma contempla que en jornadas completas, el salario no podrá ser inferior al SMI (el actual es de 900€). ¿Quiere esto decir que el salario del primer año no podrá ser inferior al 60% sobre 900€ o esos 900€ de SMI, equivalen al 60% de X salario para retribuir de manera tajante e inamovible esos 900€ al trabajador en prácticas?
Es un poco lío, pero creo que se entienden las dudas.
Gracias de antemano.
Soy nuevo en este foro, por lo que desconozco si este es el procedimiento habitual para realizar este tipo de consultas... pero bueno, ya que estoy, aprovecho.
Tengo una duda con respecto al contrato laboral en prácticas. Según el SEPE, dicho contrato puede tener un periodo de prueba de entre 1 y 2 meses para los titulados con un grado medio o superior. Mi primera pregunta es, ¿el grado superior no equivale a la titulación universitaria, no? Es decir, entiendo que hace referencia a titulación vía FP no universitaria dentro de la cual hay grados medios y grados superiores. ¿Hay equivalencias entre alguna de esas y la titulación universitaria?
Mi segunda pregunta está relacionada con el tema salarial. Según la norma, durante el primer año de contratación en dicha modalidad de prácticas, el salario no podrá ser menor al 60% (independientemente del convenio al que se acoja la empresa) y del 75% el segundo año. Así mismo, de modo adicional la norma contempla que en jornadas completas, el salario no podrá ser inferior al SMI (el actual es de 900€). ¿Quiere esto decir que el salario del primer año no podrá ser inferior al 60% sobre 900€ o esos 900€ de SMI, equivalen al 60% de X salario para retribuir de manera tajante e inamovible esos 900€ al trabajador en prácticas?
Es un poco lío, pero creo que se entienden las dudas.
Gracias de antemano.