No, y además existe una protección legal a los minoritarios ....
Aunque comprendo tu inquietud, porque es una cabronada que uno se parta la cara para hacer crecer a la empresa y el socio pase de casi todo, me temo que y por lo poco que escribes, tienes un error de conceptos, que vale para grandes empresas, y las pequeñas también ...
Una cosa es el capital de la empresa y otra el trabajo, si mezclamos las dos, problemas garantizados, pronto o más tarde, pero garantizados!!!!
Segundo concepto (que ahora la ley protege) una empresa debe distribuir dividendos, pocos o muchos, pero distribuir, la gente invierte en algo para sacar rendimiento, luego hablaré de la legalidad aplicable de ello .... una empresa puede no distribuir en un momento dado, por inversiones, un mal año, etc, pero si por norma no reparte nada, los socios o algunos de ellos se preguntarán ¿qué hace mi dinero ahí? (nota 1 de excepción) y con ello problemas de relación, porque ¿si tienes una inversión que no te rinde, para que la tienes?
Entonces, debes tener un salario acorde con el trabajo que desempeñas, y éste no es cualquiera, sino uno "de mercado" comparable con empresas de tu sector y dimensión, ya que tampoco és valido ponerse un salario alto, para que al final no queden beneficios a distribuir y "dar por saco" a los minoritarios. Esto está regulado el artículo 18 de la Ley del impuesto de sociedades, creo que es el 18, antes era el 16 ..... y está previsto para evitar que un administrador se asigne sueldos "poco normales" y hacer una "optimización fiscal", es decir si me sale más barato de impuestos el de sociedades que el IRPF cobro menos, o si es al revés cobro más, la ley lo tiene claro, todas las operaciones con personas o sociedades vinculadas, deben realizarse a precios de mercado, y sé que es difícil averiguar algunas cosas, los salarios de la competencia es una de ellas.
Luego con un sueldo acorde y de mercado (sector, volumen, etc.), queda un beneficio para la sociedad, y esta la remuneración del capital invertido, que se repartirá al 95% para ti y el 5% para tu socio.
http://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/el-derecho-de-separacion-del-socio-en-caso-de-falta-de-reparto-de-dividendos/
¿Debe repartirse todo el beneficio obtenido? No, ni lo indica la ley, ni es recomendable financieramente, la empresa necesita crecer para subsistir, la Ley indica mínimo 1/3 de los resultados netos (después de impuestos) es exigible, es decir si se gana 90, ... 60 a reservas de la empresa, y 30 a repartir.
Otros hacemos algo parecido, pero no exacto a la recomendación legal, consideramos el beneficio antes de impuestos y se hacen "tres paquetes", uno para la Agencia Tributaria, otro tercio para reservas de la empresa, y el resto a repartir, la verdad es que supone repartir algo más del1/3 del neto, es sobre el 40% ..... pero en esto cada cual ..... Y además distribuimos una aproximación del resultado previsto cada tres meses, de forma que la gente no tenga que esperar un año. Y no te hasblo de grandes empresas, incluso en una con 10 trabajadotres, y solo 1,5 millones de ventas anuales, lo hacemos. En ésta precisamente de los 5 socios que somos, hay 2 que trabajan en ella a tiempo completo, dos que no, y yo que únicamente llevo la gestión contable y financiera, que no me ocupa más de un día por semana (a lo sumo, hay semanas que puede que dos días, impuestos por ejemplo o renovaciones de financiación bancaria y alguna semana que ninguno), con lo cual los que no, de sueldo nada, los que si ..... sueldo, y yo, una cantidad de salario equivalente al poco tiempo que destino ahí.
¿Y toda esta coña del artículo 18? pues de alguna forma también trata de evitar que un asministrador se ponga un salario muy alto, y no quede nada que repartir como beneficios, o bien que sin ponerselo, en la junta general ordinaria de socios (en SL) o de accionistas (en SA) decida no repartir nada, porque tiene la mayoría y se la sudan los votos de los demás, que voten lo que les de la gana, porque no van a ganar.
Nota 1 de excepción: Hay algunos casos, que al socio le da lo mismo que la empresa tenga mucho patrimonio o dinero, o que lo tenga él mismo de manera particular, porque la empresa es familiar, y mientras esto esté en la misma familia (padre, madre e hijos) pues "todo es nuestro" con independencia de si está en la cuenta de la empresa o la nuestra, pero incluso este sistema "acaba petando como una escopeta de feria", porque los hijos un día deciden irse a vivir fuera de casa, tienen un compañero/a que ya no es de la familia, y resulta que la nuera o el yerno (en opinión de algún miembro de la familia, todo es opinable) es un cabrito o cabrita .... con lo cual volvemos a lo mismo, separar empresa de particular, y repartir regulamente algún beneficio, lo demás insisto, petará (pronto o tarde) y lo peor es que la que lo pasa mal cuando hay lios de socios es la empresa, lo que equivale a decir que por mero trapaso, si la empresa lo pasa mal, los socios palman normalmente en términos económicos.