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¿Los contratos temporales lo deberían gestionar sólo las ETTs?

1 respuesta
¿Los contratos temporales lo deberían gestionar sólo las ETTs?
¿Los contratos temporales lo deberían gestionar sólo las ETTs?
#1

¿Los contratos temporales lo deberían gestionar sólo las ETTs?

Tras haber realizado la reforma laboral y ante las dudas que ha generado, porque no convence a nadie, me surge la siguiente pregunta: ¿No sería mejor si cada tipo de contrato los llevará una empresa o administración?

Los contratos temporales los suelen llevar las ETTs, pero igual que existe el INEM para los parados, que existieran diferentes instituciones según el tipo de contrato. Serviría para empresas y trabajadores, así si una empresa quiere realizar un contrato indefinido acudiría a uno u otro organismo.

#2

Re: ¿Los contratos temporales lo deberían gestionar sólo las ETTs?

Ya es bastante coladero de irregularidades...

Es cierto que quizás algo más activo si se podría hacer el papel de las ETTs, pero a mi entender NUNCA dándoles aun más campo de impunidad.

Una propuesta posible: las ETTs solo podrán ser gestoras de las CCC de las empresas con las que contraten. Así, si una empresa requiere los servicios eventuales prestados por personal de una ETT, será ésta la que realizaría todos los trámites necesarios (búsqueda, encuadramiento, alta, baja,...), pero en la propia nómina de personal de la empresa, y sumando las cotizaciones a las propias del personal interno.

Si a eso le añadieramos que para una determinada categoría y ocupación, un trabajador con sub-clave de cotización TAL (la correspondiente a personal eventual procedente de ETT, por ejemplo), no podrá ser inferior al equivalente para otro trabajdor con la misma categoría y ocupación en la misma empresa (cosa muy fácil de controlar por el propio sistema RED...), seguro que las empresas empezarían a utilizar activamente los sercicios de las ETTs para su verdadera finalidad, que no debería ser pagar menos por el mismo trabajo (que es lo que hacen ahora).

Por cierto, reflexión sobre el asunto: con la recientísima sentencia del constitucional avalando aspectos de la reforma laboral, entre ellos la preeminencia del convenio de empresa frente al sectorial ¿Los trabajadores de una empresa procedentes de la ETT, deberían regirse por el convenio interno de esa empresa -en general más elevados- o por el genérico sectorial -en general inferior-?

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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