Régimen especial IVA.Recargo de equivalencia.
Hola!! Espero que alguien me pueda ayudar con este tema,ya que ando bastante perdida.
Si en mi comercio realizo dos tipos de actividades, una en régimen general del IVA y la otra obligatoriamente con recargo de equivalencia,como debería presentar la declaración trimestral del IVA,debería hacer prorrata del IVA?
En el caso de recargo de equivalencia,podría deducir como gasto base imponible + IVA + recargo equivalencia o unicamente podría considerar gasto la base imponible + IVA?
Muchas gracias.
Saludos