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- Ingreso mínimo vital

6 respuestas
- Ingreso mínimo vital
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#1

- Ingreso mínimo vital

Si empadronó a una persona en mi domicilio debo notificar al ingreso mínimo vital cuantos días son hábiles o consecutivos 
#2

Re: - Ingreso mínimo vital

Si empadronas a alguien en tu domicilio deberás comunicarlo a la Seguridad Social inmediatamente en el menor tiempo posible (lo puedes hacer a través de https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.html por ejemplo), ya que cambiará tu unidad de convivencia, añadiéndose una persona más, cambiará tu IMV y los ingresos de dicha persona serán tenidos en cuenta para ajustar el importe de IMV, de forma que lo más normal es que puedas estar un tiempo sin percibir el IMV cuando se pongan a realizar el cambio en tu expediente hasta que hagan el ajuste.
#3

Re: - Ingreso mínimo vital

Aunque persona que empadrone no tenga relación de consanguinidad. O afinidad conmigo ni sea pareja de hecho cambia el monto percibido del ingreso mínimo vital 
#4

Re: - Ingreso mínimo vital

Para la Seguridad Social y el IMV, cualquier persona empadronada contigo forma parte de tu unidad de convivencia, a no ser que les demuestres lo contrario.

¿Cómo se hace eso?, pues mediante un informe de Servicios Sociales al respecto o un contrato de alquiler de habitación a esa persona (por el cual deberás tributar los ingresos del mismo en tu IRPF y serán descontados del IMV, aunque siempre puedes poner un precio simbólico de alquiler para que no te afecte mucho como 20€/mes y rezar para que cuele ante la Seguridad Social, o bien directamente no declarar el alquiler en el IRPF si te mola el riesgo con Hacienda)... en ambos supuestos deberás adjuntar dichos documentos en la comunicación de variación de datos e indicar bien claro que tu unidad de convivencia no ha cambiado porque esa persona no tiene vínculo alguno contigo ni forma parte de tu unidad de convivencia previamente establecida.

En resumen: cobrando el IMV, empadronar a alguien en casa "por hacerle un favor" puede ser deporte de riesgo si no hace con cautela y cabeza... porque "si te la juegas" y le empadronas, pero no haces comunicación alguna a la Seguridad Social, en un futuro te arriesgas a una multa por no comunicar la variación de tu unidad de convivencia, a que sus ingresos sean descontados de tu IMV o a ambas cosas a la vez.  También es verdad que ante la Seguridad Social te sube el IMV al considerarse que se ha incrementado tu unidad de convivencia, pero eso solo en el caso de que dicha persona no tenga ingresos ni ahora ni el año pasado.
#5

Re: - Ingreso mínimo vital

Se puede contemplar la figura del arrendamiento en precario, en este caso de una habitación. Se hace un contrato de arrendamiento con importe CERO de alquiler.

#6

Re: - Ingreso mínimo vital

Si ante la Seguridad Social "cuela" así, pues genial.
#7

Re: - Ingreso mínimo vital

Puedes hacer un contrato de importe 0 pero que sea compartir gastos eso es mas creíble, no hay dinero de por medio pero se supone que pagáis a medias los gastos (suministros)