Para la Seguridad Social y el IMV, cualquier persona empadronada contigo forma parte de tu unidad de convivencia, a no ser que les demuestres lo contrario.
¿Cómo se hace eso?, pues mediante un informe de Servicios Sociales al respecto o un contrato de alquiler de habitación a esa persona (por el cual deberás tributar los ingresos del mismo en tu IRPF y serán descontados del IMV, aunque siempre puedes poner un precio simbólico de alquiler para que no te afecte mucho como 20€/mes y rezar para que cuele ante la Seguridad Social, o bien directamente no declarar el alquiler en el IRPF si te mola el riesgo con Hacienda)... en ambos supuestos deberás adjuntar dichos documentos en la comunicación de variación de datos e indicar bien claro que tu unidad de convivencia no ha cambiado porque esa persona no tiene vínculo alguno contigo ni forma parte de tu unidad de convivencia previamente establecida.
En resumen: cobrando el IMV, empadronar a alguien en casa "por hacerle un favor" puede ser deporte de riesgo si no hace con cautela y cabeza... porque "si te la juegas" y le empadronas, pero no haces comunicación alguna a la Seguridad Social, en un futuro te arriesgas a una multa por no comunicar la variación de tu unidad de convivencia, a que sus ingresos sean descontados de tu IMV o a ambas cosas a la vez. También es verdad que ante la Seguridad Social te sube el IMV al considerarse que se ha incrementado tu unidad de convivencia, pero eso solo en el caso de que dicha persona no tenga ingresos ni ahora ni el año pasado.