Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

3 respuestas
Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital
Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital
#1

Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital


Buenas, me surgen varias dudas ya que voy a empezar a trabajar temporalmente:

La primera duda: cuentan el sueldo bruto o el sueldo neto?

Voy a trabajar unos 8 meses de manera temporal, este año 2025 yo calculo que ganaré por el trabajo unos 6.000 euros netos, con lo cual si cuentan el neto no superaré los 7.500 que es mi IMV anual y no me lo quitarían. Si cuentan el bruto si podría superarlo.

Luego el próximo año 2026 seguiré con el contrato y trabajaré unos 3 meses y luego cobraré paro porque con estos 8 meses que voy a trabajar acumularé mas de un año trabajado y tendré derecho a paro. Es verdad que el paro puedes no solicitarlo y seguir acumulando para mas adelante, ¿pero cobrando el IMV se puede no solicitar el paro acumulado?... Creo que había oído que el IMV se solicita cuando ya no tienes derecho a ninguna otra prestación, así que en teoría a lo mejor ese paro lo tienes que solicitar sí o sí. Sería solo cobrar 4 meses de paro pero se sumaría a lo ganado en los 3 primeros meses de 2026, también estaría bordeando el superar el IMV para una persona.

Ante esta situación qué será mejor que haga?... ¿Doy de baja el IMV ya o dejo que me lo sigan pagando y luego hagan cuentas?.... Es que si por algún casual me lo retiran por superar ingresos casi prefiero darlo de baja pero si no superara esos ingresos aunque fuera por los pelos, lo bueno de mantenerlo sin dar de baja es que no tendría que volver a solicitarlo y esperar a que tardaran en concedérmelo otra vez.

Yo pienso que si no cuentan mis salarios en bruto y solo en neto, no superaré la renta garantizada de IMV para una persona y no me lo retirarían, simplemente irían haciendo cálculos de la deuda que tendría con ellos pero como estaré muy al límite, tengo dudas sobre qué hacer...
#2

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Cuenta la casilla 0018 de tu IRPF 2025 cuando lo hagas, lo que te salga, que será más cerca del sueldo bruto menos algunas cosillas como Seguridad Social y algo más, que del neto que cobres realmente cada mes.

Si el año pasado no tuviste ingresos de ningún tipo (excepto IMV) ni paro ni nada, una parte importante de dichos ingresos que obtengas este 2025 serán bonificados para que no te los descuenten totalmente de tu IMV en la revisión de 2026 (es lo que se llama "sistema de cálculos del incentivo al empleo del IMV" el cual puedes desde https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html ver más o menos como te afecta y hacerte una idea aproximada)... eso si, el año 2027, cuando hagas IRPF 2026, dado que en 2026 parece que tendrás nómina todavía del trabajo más desempleo, ahí si te van a pegar un crujido bueno dejándote el IMV temblando.

Si en 2024 tuviste ingresos por trabajo, la cosa ya se complica porque la diferencia entre tus ingresos del 2025 menos los del 2024 será el máximo que te puedan bonificar como mucho.

Yo no daría de baja el IMV, en todo caso me lo plantearía hacerlo para diciembre de 2026... y si, he dicho finales de 2026 porque el ajuste que te hagan durante 2026 será con los ingresos del 2025 y para todo el 2026 y por lo que te he comentado te afectará, pero no demasiado si ha sido el caso de que tu IRPF 2024 no tienes ingresos, pero el palo bueno te lo darían en la revisión del 2027 para todo el 2027, así que sí quieres evitarlo la fecha para renunciar al IMV es diciembre 2026, aunque insisto en que yo personalmente de tu caso no lo haría y dejaría que sea la Seguridad Social quien me haga los ajustes que tenga que hacerme, con la salvedad de que si más adelante me toca devolver algo de dinero trataría de haberlo ahorrado durante este 2025 y 2026 que voy a currar y cobrar el IMV.
#3

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

En 2024 no trabajé nada ni tuve ingresos, es ahora cuando empiezo. Yo todo lo que me paguen de IMV lo voy a guardar y no gastarlo pero claro lo único que como va todo con tanto retraso quizás es acumular mucho dinero y tener que tenerlo guardado, con el peligro de superar el límite de patrimonio por dinero ahorrado en la cuenta bancaria.

Realmente si lo doy de baja no pierdo nada de dinero no?... Es decir me pedirán mas adelante lo que deba pero ya. Es que también pienso que si sigo teniendo derecho al IMV aunque sea por los pelos, si lo doy de baja quizás pierda algo de dinero de IMV que podría haber seguido cobrando por no superar la renta garantizada.

Respecto a darlo de baja en 2026 no sé que haría porque tendré que devolver dinero y me bajarán la cuantía pero a lo mejor sigo manteniendo el derecho a percibir IMV aunque sea por los pelos y me volverían a poder aplicar el incentivo del empleo. Si lo doy de baja quizás no me apliquen el incentivo al empleo no?


#4

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Por el caso particular tuyo (sin ingresos en 2024) ahora mismo ni te plantees renunciar al IMV, en todo caso, en octubre 2026, cuando te hagan la revisión "buena" con IRPF 2025 (o incluso en la "provisional" de mayo 2026) verás por ti mismo si te interesa o no renunciar al IMV en dicho 2026, pero si lo haces ten claro que el mejor momento es siempre diciembre, porque así no te pueden reclamar nada excepto lo percibido de más ese año dado el ajuste que te hagan, que en tu caso ya te digo que te verás beneficiado por el sistema del incentivo al empleo y te bonificarán algo sobre lo que deban descontarte de ingresos que obtengas este 2025 fuera del IMV.

Y aparte de todo esto, pues enhorabuena por tu incorporación laboral.