De acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, todo español o extranjero que viva en territorio español deberá empadronarse en el municipio en que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante más tiempo al año.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-21553Yo trabajé hace unos años en servicios sociales de mi ayuntamiento, tanto en atención sociosanitaria en domicilios como acompañando a las trabajadoras sociales a las viviendas para la tramitación de los expedientes de ayuda a la dependencia.
Te comento, en muchas ocasiones servicios sociales se encuentra con casos de empadronamientos fraudulentos en domicilios donde no se reside, teniendo dichos empadronamientos diferentes objetivos como conseguir una plaza de colegio para un niño, acceso a centros de salud determinados, etc.
Inscribirse en el padrón es una práctica sencilla, basta con acudir al ayuntamiento y rellenar un formulario. Lo legal es que una persona figure en el padrón del municipio en el que reside, pero puede que haya intereses, como te he dicho antes, para empadronarse en un domicilio diferente, bastará con la autorización del titular de la vivienda para que pueda empadronarse en esa vivienda (amigo, familiar, etc).
Esta práctica ES SANCIONABLE, aunque la sanción es insignificante, ya que no está debidamente actualizada la ley. Hablamos de sanciones por falsedad u omisión de datos en el padrón (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).
Además, el Código Penal, en su artículo 392, contempla para las personas que cometan falsedad en documento público penas de cárcel de entre seis meses y tres años. En la mayoría de los casos, no obstante, la condena se queda en el pago de una multa si no se cuenta con antecedentes penales.
En cuanto a las normas municipales, los inquilinos deben aportar EN TODO CASO el contrato de arrendamiento al ayuntamiento para que proceda a su empadronamiento. Así que tú verás .
Siempre puedes pedir cita en tu municipio y consultárselo al funcionario del registro, pero te va a decir lo mismo que yo o algo muy parecido 👍