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Indemnización por despido.

5 respuestas
Indemnización por despido.
Indemnización por despido.
#1

Indemnización por despido.

Hola, muy buenas!

Quería exponer un caso que ha ocurrido en mi trabajo con un compañero, el cual ha sido despedido por disminución de ventas con indemnización de 20 días por año..El caso es que este chico estaba con un contrato fijo de jornada completa, y después de una semana de su despido han contratado a otra persona (por ETT, que me imagino que dará igual) por un contrato de 25 horas. Esto es legal? El legal despedir a alguien con 20 días por bajada de ventas, y a los días contratar a otra persona aunque sea de menos horas?? Y otra pregunta, cuantos meses consecutivos tienen que pasar con bajada de ventas o beneficios para que una empresa tenga el derecho a despedir con sólo 20 días?

Si alguien me pudiera contestar estaría muy agradecido ;). Saludos!!

#2

Re: Indemnización por despido.

Debería denunciarlo por improcedente, da igual la indemnización porque si es improcedente y han puesto a otro, deberían readmitirlo.

#3

Re: Indemnización por despido.

Por lo que explicas, parece un evidente fraude formal.
Pero en todo caso, el punto de llegada (indemnización 20 dias/año; jornada 25 hs), sería el mismo.

Se puede plantear el tema en pleito judicial, ante magistratura laboral. Seguramente se ganaría, por mala fe. Entonces la empresa simplemente tendría que optar por readmisión, y a continuación, plantear la necesidad de un cambio sustancial en las condiciones de trabajo (rebaja de jornada y sueldo). Si el trabajador lo acepta, ya tenemos las 25 hs a salario ETT. Y si el trabajador no lo acepta, tiene el derecho de irse cobrando indemnización de 20 días/año.

Consecuencias de la reforma laboral. Los derechos laborales ya no son algo reconocido, sino otorgado, casi de manera graciable, por parte del empresario.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Indemnización por despido.

Entonces si esto se denunciara y se ganara, el trabajador solo tendría derecho a elegir entre readmisión con rebaja de sueldo y horario, o indemnización de 20 días/año?
Y si se contratara a alguien en vez de 25 horas, de 40 igual que estaba él?

En cuanto al tema...le indemnizan 60 % empresa, 40 % FOGASA...esto también es legal?
Yo pense que FOGASA solo se encargaba de empresas en quiebra..a dónde estamos llegando? Que el dinero que nos quitan de la nómina de cada uno de lo trabajadores vaya destinado a pagar parte de las indemnizaciones de empresas que siguen funcionando me parece vergonzoso..

Todo esto está muy bien saberlo porque en cualquier momento puedo ser yo o cualquier otro compañero...

Espero tu respuesta, muchas gracias!!

#5

Re: Indemnización por despido.

La opción entre readmisión o indemnización es del empresario, salvo excepciones.

Si la empresa lo que quiere es que ese puesto de trabajo solo le cuente un salario ETT y por 25 hs, pues es lo que hará, si hay sentencia que declare el despido improcedente.

En lugar de aumentar la indemnización de 20 días/año a 45-33 días/año, lo más seguro es que optara por readmisión, pagar los salarios de tramitación (a precio antiguo), e inmediatamente proponer al trabajador la rebaja de jornada y sueldo. Y sería un lo tomas o lo dejas. Si el trabajador no lo quiere, debe dimitir y se va con una indemnización de 20 días/año.

Por tanto, la vía del conflicto solo serviría, en el caso, para sacarle alguna mensualidad más a la empresa. Según cual sea el sueldo, podría valer la pena, pero además de un coste económico, implica un fuerte desgaste humano.

Y sí, lo del FOGASA es legal. El FOGASA se financia exclusivamente con aportaciones del empresario. De la nómina del trabajador no se le descuenta nada para el FOGASA.
Tiene la implicación puñetera que aunque paguen 8 días/año (el 40 %), lo hacen de manera topada (2 veces el SMI). Así que salarios más elevados pierden una parte significativa de la indemnización.

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#6

Re: Indemnización por despido.

Muchas gracias cachilipox, me ha quedado todo mucho más claro ;)