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Versos sueltos

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#3777

Re: Brillando fuerte

Tu espera, que como brilles, una de dos: o vienen y te apagan, o te pasan un recibo eléctrico que lo vas a alucinar, que te lo digo yo, jajajajajaja.

Abrazo grande a repartir compartiendo.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#3778

Re: Brillando fuerte

Buenos dás!
Que tal por aquí? despues de unas semanas dando vueltas por el mundo, vuelvo a casa!
Abrazo gigante!!

#3779

Re: Brillando fuerte

Bon día i salut Karli!
Como estáis? ya hace que no nos hablamos, espero que todo vaya bien... por mi parte, cansado de aeropuertos, hoteles y de ver poco a mi peque, ya solo me quedan algunos flecos y me aposento en casa hasta la próxima temporada..... la lectura positiva es que hasta la siguiente, tendremos un plato de comidica en la mesa
Abrazo gigante!!!

#3780

Re: Brillando fuerte

Buenos días

Esto anda un poco perdido, el menda está de vacas por las tierras de Cataluña, aún me quedan unos días para disfrutar hasta entrado mayo, así que me lo tomo con calma y veo el sol con anticipación, porque en Galicia, a estas alturas, no se deja ver.

Espero que todo haya ido bien en la gira "mundial".

Abrazo grande a compartir.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#3781

Re: Brillando fuerte

Hola Mua!!
Imagino que seguirás de vacaciones, por aquí veo que no hay actividad.... yo que venía preparado para leer tropecientas páginas.....
Todo bien, las cosas están duras, por lo menos en mi sector, y los comercios llevan concatenando varias temporadas, de malas a pesimas... así que he tenido que hacer varias veces de psicologo, pero ha ido bien....
Abrazo gigante!!

#3782

¿Despedido? Hacienda puede llamarte.

Aquellos que hayan sido despedidos en el año 2011 -y siguientes- y se hayan desgravado la liquidación por despido (está exenta) pueden ser llamados por la Agencia Tributaria o recibir una complementaria más la correspondiente sanción si han vuelto a su empresa a prestar un servicio aunque haya sido de unos pocos días.

Al parecer, esta es la "nueva" y novedosa actuación de la Agencia Tributaria. Existe una normativa por la cual la cantidad percibida en concepto de indemnización por despido está exenta sólo si el trabajador se desvincula totalmente de la empresa y no vuelve a prestar sus servicios en la misma durante los tres años siguientes a la fecha de despido.

De lo contrario, la AEAT considerará que no ha habido desvinculación y procederá a enviar una complementaria y a anular la exención de la cantidad correspondiente al despido.

Por lo que me ha llegado, desde el primer año que prescribe ahora -2011- hay múltiples casos de este tipo y todas las personas están siendo requeridas con una paralela y con la posterior sanción.

Aquellos que estén en el supuesto, es decir, hayan sido despedidos (y consecuentemente no hayan declarado por exención el importe de indemnización por despido) y con posterioridad en los tres años siguientes hayan estado en la empresa aunque sea de forma temporal o nuevamente incorporados, que consulten con la gestoria y se adelanten a la recepción de la paralela, al menos se evitarán la sanción posterior.

La valoración de esta nueva actuación de la AEAT me la voy reservando, cada cual que la califique como le parezca, eso sí, la "broma" en algunos casos que me han llegado es de no parar.

Si estás en el caso, míralo y consúltalo con algún asesor.

Suerte a todos.

Aprovecho y lo pongo por aquí también por si alguno no mira el hilo de fiscalidad.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#3783

Re: Brillando fuerte

Pues no.

Ya estoy en mi lugar habitual, lo bueno dura poco, caramba.

La cosa está muy parada, entre que el menda ha estado fuera y que otros andan liados con buenas obras, pues esto se ha quedado parado.

Las cosas están malas para todo el mundo, sin ir más lejos, en el post anterior, le he puesto al personal la última de hacienda de la que me he enterado por si le sirve a alguno que este en ese caso, al parecer hay gente a montones a la que despidieron y que antes de tres años volvió a la empresa de forma temporal o lo reincorporaron y no regularizó la indemnización por despido que, con la vuelta a la empresa, deja de estar exenta.

Si el personal se mueve a tiempo, no evitará el pago, pero sí la sanción. He abierto un hilo en fiscalidad con el mismo post.

En fin, a mi entender, en Hacienda, visto lo visto, deberían cortarse un poquitin, que lo que está saliendo por ahí ya hace que la gente este calentita... si encima se fijan en aquellos que tuvieron la desgracia de ser despedidos durante la crisis y perdieron con ello buena parte de su situación, pues mal anda el asunto. Sobre todo cuando día sí y día también sacan en televisión y prensa a un montón de desvergonzados.

Espero de todas formas que las ventas vayan marchando. El consumo no anda bien y el personal procura ahorrar en todo lo que se puede.

Abrazo grande.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#3784

Re: ¿Despedido? Hacienda puede llamarte.

Lo que exige la ley es la real desvinculación de la empresa. Lo de los tres años es una presunción que admite prueba en contra. Digo esto porque si fue recontratado sólo por unos días quizás pudiera utilizarse como prueba para destruir la presunción.
En ocasiones, un buen asesor es muy recomendable.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.