Re: Iberdrola - Ajuste de peajes de acceso
El tema no está muy claro. La revisión de peajes y posterior refacturación se fundamenta en dos normativas: la Resolución de 25 de abril de 2012, que revisa la TUR, y la Orden IET/843/2012, que afecta a clientes con tarifas en mercado libre. En la primera normativa no se hace mención al tema que planteas, pero en la segunda normativa, en su artículo 4, se establece lo siguiente:
3. Las refacturaciones que deban realizarse en cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden ministerial resultarán de aplicación a cada uno de los puntos de suministro con contratos en vigor en cada uno de los periodos afectados. En el caso en que se hubieran producido cambios de titularidad, bajas de suministros o cambios de suministrador, los afectados podrán poner este hecho en comunicación de la empresa suministradora, a los efectos oportunos.La mención no deja de ser ambigua, ya que solo hace referencia a comunicarlo a los efectos oportunos, sin reconocer ningún derecho al nuevo cliente a no abonar dichas refacturaciones. Las comercializadoras, por ahora, ante cualquier queja, indican que la refacturación afecta al punto de suministro, independientemente de quien realizó realmente el consumo, y que el obligado al pago es el actual titular. De todas maneras, siempre cabe una reclamación porque no deja de ser un sinsentido abonar algo que no has consumido. Un saludo