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Re: Regla de los 2 meses
Buenas tardes.
La minusvalía la declaraste en la campaña de renta de 2.022.
Deberías hacer una complementaria de ese año y marcar la casilla de esa minusvalía como pendiente de aplicación.
Si estuviera en esa situación dejaría la declaración como está a pesar del incumplimiento, siendo conscientes que podemos recibir una comprobación.
Sobre CFDs, FI, ETFs también es aplicable la regla de los dos meses.
Sobre ETFs y fI se puede comprar otro indexado con comportamiento similar al transmitido si es de este tipo ya que hay diferentes gestoras.
Se trata de aplicar a la compra de activos homogéneos la regla de los dos meses.
Lo que se debería hacer por ejemplo en el caso de APPLE cotizada en el NYSE en dollars, comprar el valor en otra bolsa por ejemplo Alemania en formato ADR y en euros, ya no son valores homogéneos y nos podemos aplicar la minusvalía.
Por lo demás, no entiendo como habiendo miles de acciones vuelves a comprar un valor que anteriormente no funcionó como esperabas aunque este comentario solo es una opinión.
Sobre productos derivados entiendo que no sería aplicable la regla ya que realmente estamos comprando un derecho y no el activo.
Un saludo!
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy