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Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

69 respuestas
Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth
Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth
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#61

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

Si al final fuera Lantania quien se quedara con Revenga, es posible que se integren ambos grupos y como Revenga cotiza en bolsa, pueda que grupo obtenido siga cotizando en bolsa como un grupo más grande a través de de Revenga.
https://www.lantania.com/
Pero ¡ojo! porque hay otros grupos interesados, entre ellos Izertis y no nos olvidemos que el dueño es Izertis tiene un porcentaje del 10 % de las acciones de Revenga.
#64

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

¿No tienes mucha experiencia en concursos verdad?
#65

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

Llevo 35 años analizando empresas que cotizan en bolsa y que me pueden interesar para invertir en ellas.
En todo ese tiempo, con algunas he ganado mucho dinero y con otras he perdido todo.
Hay muchas empresas que entraron en concurso de acreedores y desaparecieron.
Hay otras empresa que salieron del concurso y se recuperaron bien y crecieron bastante.
Hay otras empresas que les rescataron del concurso y les integraron en grupos importantes.
Hay de todo...........................
¿Recuerdas cuando Indra cotizaba a 1 €?. En aquella época tuvo una mala racha. Estuvo a punto de desaparecer. ¿A cuánto cotiza hoy Indra?.  A más de 43 €. Y el futuro que le espera.
¿Te suena Vértice 360?. Hoy es el grupo Squirrel, por supuesto con todos los cambios que ha habido
Son algunos ejemplos. Hay más. 
¿Qué pretendes, meterme miedo?
A nadie le sobra el dinero, pero desde hace muchos años mi principio es que invierto en bolsa aquel dinero que no me es necesario para vivir. Así que, poniéndose uno en la peor situación, lo único sería perder la inversión.
¿Algo más?.
Salud
#66

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

Estadísticamente, Si entra en suspensión es un cadáver
Hay excepciones, pero hablamos de estadísticas.
Revenga es un cadáver.
Mucha suerte y ojalá que esta sea una de las excepciones.
#67

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

Desconozco qué pasará con Revenga, pero hay 3 grupos empresariales interesados en la unidad productiva de Revenga, y se ha publicado que uno de ellos ha presentado un plan de rescate vinculado a la resolución del concurso y negociación con los acreedores. Lo puedes ver en Bolsas y Mercados Españoles,  BME Growht.
#68

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

https://www.r4.com/articulos-y-analisis/valores/revenga-smart-solutions-solicitud-de-concurso-de-acreedores
Acciona tenía casi cerrada la compra de Revenga el pasado mes de junio, pero justamente salió a la luz pública lo de los casos de corrupción de mordidas, por parte de Cerdán, Avalos y Koldo, en el que parece ser que Acciona está involucrada. 
A raíz de esto, se rompen esas relaciones por lo que se da paso a otros interesados en Revenga, y vuelta al inicio, mientras tanto, el período de preconcurso se va achicando porque los días se van pasando y se han perdido muchos días en ese período, en la negociación con Acciona.
Y ahora nos vemos abocados al concurso voluntario, pero sigue habiendo empresas interesadas en Revenga, y una de ellas ha presentado una oferta vinculante por la unidad productiva de Revenga.
Se dice que tal vez la ofertante sea Lantania, pero Revenga está abierta a otras opciones de compra por parte de otras empresas interesadas como CAF, Izertis, Altia, incluso grupos de capital privado.
Hay que dejar pasar el tiempo, que los acreedores presenten sus créditos a Revenga, ante el juzgado, que se negocien esas deudas, y que alguno de estos grupos se haga cargo de Revenga.
No queda otra que esperar, pero estoy convencido que Revenga saldrá del concurso y fortalecida porque sus deudas, (que es la lacra que tiene) disminuirán sustancialmente.
#69

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

https://www.msn.com/es-es/dinero/econom%C3%ADa/revenga-solicita-el-concurso-voluntario-de-acreedores-tras-sus-dificultades-de-liquidez/ar-AA1RE2OS
La administración de Revenga, y la disposición del patrimonio, queda en manos de la empresa, si bien, para cualquier decisión debe consultar con la administración concursal.
Lo dicho, a esperar un tiempo.
#70

Re: Revenga Smart Solutions, la octava compañía en lo que va de año que sale al BME Growth

Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, de la Ley Concursal
Artículo 224 bis. Solicitud de concurso con presentación de oferta de adquisición de una o varias unidades productivas.
1. El deudor puede presentar, junto con la solicitud de declaración de concurso, una propuesta escrita vinculante de acreedor o de tercero para la adquisición de una o varias unidades productivas.
En la propuesta el acreedor o el tercero deberá asumir la obligación de continuar o de reiniciar la actividad con la unidad o unidades productivas a las que se refiera por un mínimo de tres años. El incumplimiento de este compromiso dará lugar a que cualquier afectado pueda reclamar al adquirente la indemnización de los daños y perjuicios causados.
2. En el auto de declaración de concurso, el juez concederá un plazo de quince días para que los acreedores que se personen puedan formular a la propuesta las observaciones que tengan por conveniente y para que cualquier interesado pueda presentar propuesta vinculante alternativa. En el mismo auto, el juez requerirá a la administración concursal para que, dentro de ese plazo, emita informe de evaluación de la presentada.
3. La propuesta escrita vinculante de adquisición podrá ser realizada por personas trabajadoras interesadas en la sucesión de la empresa mediante la constitución de sociedad cooperativa, laboral o participada.
4. Si se presentasen una o varias propuestas alternativas de adquisición, el juez requerirá a la administración concursal para que, en el plazo de cinco días, emita informe de evaluación.
5. En el informe la administración concursal valorará la propuesta o propuestas presentadas atendiendo al interés del concurso, e informará sobre los efectos que pudiera tener en las masas activa y pasiva la resolución de los contratos que resultare de cada una de las propuestas.
6. Una vez emitidos el informe o informes por la administración concursal, el juez, si se hubieran presentado varias propuestas, concederá un plazo simultáneo de tres días a los oferentes para que, si lo desean, mejoren las que cada uno de ellos hubiera presentado. Dentro de los tres días siguientes al término de ese plazo, el juez procederá a la aprobación de la que resulte más ventajosa para el interés del concurso. En caso de que se hubiera presentado una propuesta en los términos del apartado 3 y la oferta sea igual o superior a la de las demás propuestas alternativas presentadas, el juez priorizará dicha propuesta siempre que ello atienda al interés del concurso, considerando en el mismo la continuidad de la empresa, la unidad productiva y los puestos de trabajo, entre otros criterios.
7. Si la ejecución de la oferta vinculante aprobada estuviera sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones suspensivas, tales como la aprobación de la adquisición por parte de las autoridades de la competencia o supervisoras, o a la realización de una modificación estructural que afecte a los activos a transmitir, el concursado y la administración concursal llevarán a cabo las actuaciones precisas para asegurar el pronto cumplimiento.
El juez podrá exigir al proponente adjudicatario que preste caución o garantía suficiente de consumación de la adquisición si las condiciones suspensivas se cumplieran en el plazo máximo para ello establecido en la oferta vinculante, o de resarcimiento de los gastos o costes incurridos por el concurso en otro caso.
8. La transmisión de la unidad o de las unidades productivas al adjudicatario estará sometida a las demás reglas establecidas en esta ley para esta clase de transmisiones.
9. La oferta de adquisición de una o varias unidades productivas se publicará en el portal de liquidaciones concursales del Registro público concursal el mismo día que se publique la declaración de concurso en la sección primera de dicho Registro. El juez podrá requerir tanto al deudor como al autor o autores de la oferta cuanta información considere necesaria o conveniente para facilitar la presentación de otras ofertas por acreedores o terceros. La información requerida se publicará igualmente en dicho portal.



 
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