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Ayuda urgente - brokers

4 respuestas
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#1

Ayuda urgente - brokers

El día 24 de marzo fue mi primero cobro con carácter retroactivo del imv me confíe y lo dejé en el banco y esta mañana me encuentro con 200 euros menos retenidos por embargo yo no tengo nada que deba ni nada y no m dicen que puede ser alguien que le haya pasado ? No me lo quieren solucionar y es lo único que tengo 
#2

Re: Ayuda urgente - brokers


Puede ser una multa que no has pagado, a veces ni la notifican debidamente.

Saludos.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#4

Re: Ayuda urgente - brokers


Y puedes recurrir el embargo ya que tu salario en este caso renta es inferior al salario mínimo...

 

LOS LÍMITES EXISTENTES A LA HORA DE EMBARGAR SALARIOS

Dispone el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que “Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.”

No obstante, sí será posible embargar dicho salario, cuando la nómina del contribuyente sea superior al salario mínimo. En estos casos, el exceso sobre dicho salario podrá ser embargado, con los límites previstos en el artículo 607.2 de la LEC.

Por tanto, y en aplicación de dicho artículo, no parece posible, a priori, el embargo del salario mínimo cobrado por un contribuyente, cuando sea inferior al legalmente previsto. Ni tampoco realizar embargos en cuantía superior a la de los porcentajes previstos en el citado artículo 607.2 de la LEC, cuando la nómina del contribuyente sea superior al salario mínimo.


LA PRÁCTICA HABITUAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Sin embargo, es práctica habitual de la Administración Tributaria la de proceder al embargo de saldo de la cuenta bancaria del contribuyente. Y ello, sin distinguir si el saldo que hay en dicha cuenta proviene de un salario inembargable, por ser inferior al salario mínimo. O de un salario que ya ha sido previamente embargado, en los límites y cuantías del artículo 607.2 de la LEC, antes citado.

A pesar de lo anterior, es cierto que, si el contribuyente recurre dicho embargo en reposición, acreditando que en dicha cuenta solo se ingresan salarios que, o son inembargables, o ya han sido embargados en sede del pagador, dicho recurso suele ser estimado, y se devuelven al contribuyente las cantidades embargadas.

No obstante, esto podría cambiar. Ello, teniendo en cuenta dos recientes resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que consideran que los límites al embargo, establecidos en el citado artículo 607 de la LEC, no afectan al saldo depositado en la cuenta, y no consumido durante el propio mes en el que se ha cobrado. 

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#5

Re: Ayuda urgente - brokers

Eso es que no tengo multas ni nada por eso no entiendo por qué y en el banco no me explican nada no sale de que es no tengo nada y e querido que lo echen para atrás pero tampoco me han echo caso me dicen que no se puede que mañana saldrá de que es el embargo y a ver qué pasa.. pero no entiendo sin tener nada que me hagan eso