Mezclas cosas...
en primer lugar,si como consecuencia de la indemnización que NPG debe, entra en concurso (que no va a ser el caso, puesto que si no tiene líquido, tendrá otros bienes para pagar esa deuda), pues SE JODE. Que haya procedimientos pendientes de resolución, no tiene nada que ver con declararse en concurso.
En segundo lugar, en cuanto a la liquidación de la que hablas...vuelves a liarte. NPG ha sido condenada al pago de 800.000 euros. Esa cantidad es FIJA, no hay que efectuar ninguna liquidación.
Tu te refieres a la liquidación de los interes que se devenguen hasta que NPG pague el total de la condena. Efectivamente esa cantidad en concepto de intereses, todavía no ha sido tasada, PUESTO QUE NPG ´TODAVÍA NO HA ABONADO EL PRINCIPAL DE LA CONDENA.Cuando NPG pague los 600.000 euros que todavía faltan por pagar, entonces, y solo entonces, Schneider calculará los intereses devengados (que no son el 6 % como dices, sino que es el IPC+2 puntos, es decir, puede ser un 4 ó un 7, dependiendo del IPC), que ahora sí, serán susceptibles de impugnación por parte de NPG y podrán demorarse un poco.
Por tanto, en cuanto a los ``vericuetos legales´´ para demorar el cumplimiento de la condena, aquí no son posibles. Schneider va a querer cobrar la condena cuanto antes, y ya ha interpuesto la correspondiente demanda ejecutiva...y esto va MUY RÁPIDO cuando el ejecutado tiene líquido o tiene bienes. Vamos, que NPG va a palmar los 600.000 euros en poco tiempo...nada de 2 años, ni 1...probablemente en cuestión de 6 meses ya los haya palmado.
Saludos