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Eurona Wireless Telecom

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#2657

Re: Eurona Wireless Telecom

jajajaja, tienen mucha credibilidad...

#2658

Re: Eurona Wireless Telecom

Si es que no han fallado una... :)

#2659

Re: Eurona Wireless Telecom

Para echar a llorar con gesprobolsa.....
No he podido leer el acta de la junta con detenimiento. Viendo por encima me da la sensación que al final ninguna de las ampliaciones de capital tiene derecho de subbscripción preferente para los accionistas actuales, alguien puede confirmarlo? Por otra parte, que pasa si no se subscriben todas las ampliaciones?? se va al garete el plan estratégico???

#2660

Re: Eurona Wireless Telecom

No no hay derecho de suscripción preferente. Debe ser por temas de regulación etc etc... de ahí q bajaran de 3 a 2`75... a ver q pasa...

#2661

Re: Eurona Wireless Telecom

Me lo acabo de leer y hay cosas que se me escapan. Por una parte, se afirma que éstos (http://bestauditconsulting.com/equipo.html) valoran las acciones a 4 euros. Pero en otra página se afirma que se valoran a 2,75.
La empresa que se menciona como suscriptora de la ampliación es ésta: http://www.grupomrfcartuja.com/

Se agradece cualquier aclaración.

#2662

Re: Eurona Wireless Telecom

ver quien es el guapo que suscribe por 2,75 estando la acción un 25% abajo, a no ser que esté pactada ya, intentarán levantar la cotización.
Sin A.K. pues a ver o piden creditos o no se hace y fijan otra con un precio más bajo...

#2663

Re: Eurona Wireless Telecom

o está pactada, o esto será un desastre

#2664

Re: Eurona Wireless Telecom

Según el HR ya se ha vuelto a modificar la horquilla de la prima para la emisión, de manera que el precio de la ampliación será de 2,60 a 2,80 (o superior). El 2,75 ya ha quedado obsoleto.
La ampliación está pactada con los institucionales que ya se comprometieron a intentar colocarla hace meses, pero ahora les será más difícil dada la cotización tan baja que hay, por lo que podrían no colocarlo todo (eso también aparece en el HR). Hay que tener en cuenta también los beneficios fiscales, que suele ser uno de los argumentos con los que intentan captar fondos, a parte de decirte que la empresa está muy bien, etc.. :

Con efecto desde el 1 de enero de 2010, en la parte de la cuota íntegra del Impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente a la comunidad autónoma, los contribuyentes puede aplicarse una deducción del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital suscritos por medio del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.

El importe máximo de esta deducción es de 10.000 euros.

Para poder aplicar la deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:

La participación en la sociedad objeto de la inversión no puede ser superior al 10% de su capital social.

Las acciones adquiridas deben mantenerse en el patrimonio un período de dos años, como mínimo.

La sociedad objeto de la inversión debe tener el domicilio social y fiscal en Cataluña.