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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
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#5577

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Hola, os paso nueva información recibida del bufete UNIVE abogados (no soy cliente ), tan sólo un estafado que comparte información.

Salud!

 

El TS confirma la sanción al Santander por retribuciones del Popular


Le escribimos para informarle de que ha recaído Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 25 de abril, que ha confirmado la sanción impuesta en mayo de 2019 por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a Banco Santander, por omitir información y presentar datos engañosos sobre la remuneración de sus consejeros en los ejercicios de 2013 a 2015, y ello en su condición de sucesor de Banco Popular.
Así, el Tribunal Supremo ha ratificado su doctrina sobre la transmisión de la responsabilidad entre personas jurídicas por infracciones administrativas, en casos de fusión por absorción, confirmando que ello opera también en aquellos casos de infracciones cometidas por el consejo de administración de la entidad absorbida, en este caso, Banco Popular.
Esta sentencia respalda la teoría de que Banco Santander debe responder frente a los inversores de Banco Popular en el caso de que se declare que se cometió alguno de los delitos que se le imputan, tales como administración desleal, delito continuado contra el mercado, de falsedades documentales o apropiación indebida, pues la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de mayo de 2022 se circunscribe a eliminar la responsabilidad civil de Banco Santander derivada del incumplimiento por parte de Banco Popular de la Ley del Mercado de Valores, lo cual no resulta óbice para que resulta responsable del resto de actuaciones llevadas a cabo por Banco Popular, como su sucesor.
Así ha ocurrido respecto de los datos engañosos ofrecidos respecto de la remuneración de los consejeros de Banco Popular y así entendemos que debiera ocurrir en caso de que finalmente se aprecie la comisión de alguno de los delitos antedichos.
Aprovechamos la ocasión para recordarle que solamente aquellos que intervengan en el proceso penal que se sigue ante la Audiencia Nacional mostrándose como parte tendrán garantizado el acceso a la posible indemnización derivada la comisión de tales delitos.
En este sentido, dado que ya se ha cerrado la fase de instrucción de dicho procedimiento penal, aquellos inversores que aún no se han personado en la causa tienen la oportunidad de hacerlo hasta que se produzca la apertura de juicio oral, que puede producirse en cualquier momento, por lo que aquel que desee personarse ha de hacerlo a la mayor brevedad posible.
En el formulario que figura a continuación los afectados pueden calcular sin compromiso los costes de su intervención en el procedimiento penal:


Llamada gratuita 900 103 382 

Horario de Atención Comercial de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00 
#5578

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Hola, soy el mismo pero con otro nombre de usuario.

Ten cuidado Botina, ya te lo acaba de decir el Tribunal Supremo recientemente, por tu regalito del Popular. Dile a tus accionistas americanos del BlackRock, además de a la gestora de fondos francesa Amundi, la mayor de la zona euro, que controla ya el 3,007% de Banco Santander,  la cual es de la misma nacionalidad que el juez de la U.Europea que sentenció la no responsabilidad civil por la "compra del Popular",  que, a todos los cerdos le llega su S. Martin.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/02/21/mercados/1645452744_803037.html


https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/Confirman-la-sancion-de-un-millon-de-euros-a-Banco-Santander--como-sucesor-del-Banco-Popular-en-la-responsabilidad--por-una-infraccion-cometida-por-este-sobre-la-remuneracion-de-sus-consejeros-

https://www.poderjudicial.es/search/openDocument/0261c5f84391cb0aa0a8778d75e36f0d

Y otra sentencia aun más reciente:

Otra sanción para el Satánder, principal usurpador y acreedor bancario de Abengoa , junto con su mayor accionista, Amundi, y el banco francés Crédit Agricole, en la trastienda y demás caterva.

De un bufete de abogados (UNIVE):
 
"Recientemente ha tenido lugar el dictado de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 25 de mayo, desestimatoria del recurso interpuesto por el Banco Santander contra la sentencia previa de la Audiencia Nacional y que confirma la multa de medio millón de euros impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco Popular en 2016 por la comisión de una infracción grave de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el mal funcionamiento del servicio de atención al cliente durante el período comprendido entre enero de 2012 y febrero de 2014.
Más concretamente, los hechos sancionados consistieron en la falta de respuesta por parte del Banco Popular a un 15% de reclamaciones y quejas formuladas por sus clientes, así como por un 30% de las reclamaciones que obtuvieron respuesta de manera tardía (más tarde del plazo de dos meses). 
Esta sentencia, por tanto, ratifica el pronunciamiento de la Audiencia Nacional en 2021 que avaló la multa impuesta por la CNMV en 2016 a Banco Popular y, por tanto, confirma la imposición de multa de 500.000 euros al Banco Santander ante la infracción cometida por Banco Popular.
Se une, además, a la pasada Sentencia de 25 de abril de la misma Sala, que confirmó la sanción impuesta también a Banco Santander porque Banco Popular omitió información y presentó datos engañosos sobre la remuneración de sus consejeros en los ejercicios de 2013 a 2015, lo cual supone nuevamente una ratificación de su doctrina sobre la transmisión de la responsabilidad entre personas jurídicas por infracciones, en casos de fusión por absorción "

"Aprovechamos la ocasión para recordarle que solamente aquellos que intervengan en el proceso penal que se sigue ante la Audiencia Nacional mostrándose como parte tendrán garantizado el acceso a la posible indemnización derivada la comisión de tales delitos.
En este sentido, dado que ya se ha cerrado la fase de instrucción de dicho procedimiento penal, aquellos inversores que aún no se han personado en la causa tienen la oportunidad de hacerlo hasta que se produzca la apertura de juicio oral, que puede producirse en cualquier momento, por lo que, aquel que desee personarse ha de hacerlo a la mayor brevedad posible."


https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-desestima-el-recurso-del-Banco-Santander-contra-la-multa-de-500-000-euros-al-Banco-Popular-por-el-mal-funcionamiento-del-servicio-de-atencion-al-cliente


La cantidad de la multa es irrisoria por los desmanes y millones de euros que nos han expoliado, tanto a los accionistas-propietarios del Popular, Abengoa, etc.

Parece que ahora, en estos tiempos, ¡qué casualidad!, la justicia se aplica subsidiariamente, pero no con la rapidez y las correspondientes medidas cautelares exigibles.

 "confirma la multa de medio millón de euros impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco Popular en 2016"

Jajajajaja
 


Así, claro que vale la pena delinquir.
#5579

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Los peritos se rebelan contra el juez: el Banco Popular era solvente y viable
  
En resumen, el Banco Popular era perfectamente solvente, viable y rentable. Se nombra a Emilio Saracho para perjudicar su imagen y malvenderlo. Al final, a Saracho se les va de la mano el farol y el Santander ve la posibilidad de quedarse con el Popular regalado. En ese momento, Ana Botín lo tiene claro: Roma no paga traidores. Saracho, quítate de en medio. 

Y esta es la historia de una intervención innecesaria, forzada y fallida. 

#5580

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

 De UNIVE abogados:

Le escribimos para informarle de que el Magistrado Instructor del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 de la Audiencia Nacional todavía no ha concluido la instrucción del procedimiento de Banco Popular. 
En este sentido, hemos de precisar que, aunque debería haber finalizado el pasado mes de mayo, la fase de instrucción todavía no se ha cerrado. Esto, resulta sumamente importante porque significa aquellos inversores que aún no se han personado en la causa tienen la oportunidad de hacerlo hasta que tenga lugar la apertura de juicio oral, que puede producirse en cualquier momento, por lo que aquel que desee personarse ha de hacerlo a la mayor brevedad posible, puesto que en cualquier momento puede recaer el Auto que lo concluya. Se debe tener en cuenta, además, que solamente aquellos que intervengan en el proceso penal mostrándose como parte tendrán garantizado el acceso a la posible indemnización. Por tanto, dicha personación cobra especial importancia para aquellos inversores que aún no hayan obtenido sentencia firme por la vía civil y, sobre todo, para aquellos inversores cuya acción de responsabilidad civil ha prescrito.
Es importante recordar que es de especial trascendencia para este caso la circunstancia por la que Banco Santander debe responder frente a los inversores de Banco Popular por los perjuicios causados por la resolución de aquel, pues en el caso de que se declare a este último como autor de alguno de los delitos imputados, tales como administración desleal, contra el mercado, de falsedades documentales o apropiación indebida, Banco Santander respondería frente a los inversores en calidad de su sucesor -esto es, como responsable civil subsidiario-.
Así ha ocurrido recientemente respecto de los datos engañosos ofrecidos respecto de la remuneración de los consejeros de Banco Popular, y así entendemos que debiera ocurrir en caso de que finalmente se aprecie la comisión de alguno de los delitos antedichos.
Aprovechamos la ocasión para reiterarle que solamente aquellos que intervengan en el proceso penal que se sigue ante la Audiencia Nacional mostrándose como parte tendrán garantizado el acceso a la posible indemnización derivada la comisión de tales delitos. Por lo tanto, si desea intervenir en el proceso penal todavía tiene la posibilidad de personarse en la causa como afectado, debiendo realizarla a la mayor brevedad posible.


#5581

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor


Vamos a esperar primero si realmente va haber un JUICIO en la AUDIENCIA NACIONAL, 
y después seguramente el BANCO SANTANDER va a salir del JUICIO de rositas y limpio y libre. 

#5583

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

 
En relación con el procedimiento penal que se sigue en la Audiencia Nacional, por la salida a Bolsa de Banco Popular de 2016, hay noticias que compartir.
 
El juez ha anunciado que, en la primera quincena de febrero, notificará apertura de juicio oral, lo que significa:
 
1.- La continuación del procedimiento, por entender que existen indicios de delito
2.- Que se deben presentar escritos de acusación y defensa
3.- Posteriormente, se fijarán las fechas en las que va a desarrollarse el juicio