“El Consejo de Administración de Montebalito, S.A. ha acordado realizar el día 16 de octubre de 2017 el pago de los quince céntimos de euro por acción aprobado por la Junta General Ordinaria celebrada el pasado día 15 de junio de 2017.
El pago se realizará a los accionistas titulares de acciones al cierre del mercado bursátil del día 21 de septiembre de 2017. Dicho pago se coordinará en el tiempo con el aumento de capital igualmente adoptado en la citada Junta General, como alternativa de reinversión al accionista que renuncie a cobrar los 15 céntimos de euro por acción y prefiera acciones de nueva emisión.”.
Folleto de la ampliación de capital
Como se acordó en la Junta General Ordinaria de 15 de junio de 2017, los accionistas tendrán la opción de reinvertir en acciones nuevas la reserva de prima de emisión cuyo reparto se detalla en el Punto Primero de esta comunicación, mediante la suscripción
de acciones nuevas emitidas en el correspondiente aumento de capital, representadas por medio de anotaciones en cuenta, de la misma clase y serie, de un euro de valor nominal cada una y con una prima de emisión de un euro y diez céntimos por acción, es decir, un total de dos euros y diez céntimos de euro por acción, lo que supone una acción nueva por cada catorce antiguas.
Tendrán derecho a suscribir el aumento de capital acordado por la Junta aquellos titulares de acciones al cierre del mercado bursátil del día 21 de septiembre de 2017, a razón de una acción nueva por cada catorce antiguas, o aquellas personas que adquieran dicho derecho de sus titulares.
- La fecha de inicio de la contratación de derechos será el día 22 de septiembre de 2017.
- La fecha final de contratación de derechos será el 6 de octubre de 2017.
- La fecha de desembolso del valor de las acciones será el día 16 de octubre de 2017.
Si finalizado el periodo de suscripción no se hubieren suscrito y desembolsado íntegramente las acciones correspondientes al aumento acordado, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas.
El titular de las nuevas acciones se considerará accionista de la Sociedad en idénticos términos que los restantes accionistas y tendrá los derechos políticos y económicos inherentes a la condición de accionista a partir de la fecha en la que el aumento de
capital se declare suscrito y desembolsado por el Consejo de Administración de la Sociedad, y podrán ser ejercitados cuando las acciones nuevas se asignen a nombre de los nuevos titulares mediante la inscripción en los registros contables de IBERCLEAR y
de sus entidades participantes.
La admisión a cotización de las nuevas acciones resultantes del aumento se solicitará en las bolsas de Madrid y Valencia. Esta solicitud no irá precedida del registro y publicación de Folleto Informativo, al estar exceptuada la obligación de su publicación
por lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos.
Los derechos de suscripción serán libremente negociables en las Bolsas de Valores de Madrid y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil, en las mismas condiciones que las acciones de las que los mismos deriven; dentro del periodo de suscripción los inversores que adquieran derechos podrán suscribir acciones en la proporción de una acción nueva por catorce derechos.