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Venta de derechos y cartera

8 respuestas
Venta de derechos y cartera
Venta de derechos y cartera
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#1

Venta de derechos y cartera

Cuando vendeis los derechos en el mercado que haceis con el precio de compra de vuestras acciones? Quiero decir, los que tenemos una cartera en rankia, en excel, etc. y vendemos los derechos de SAN por ejemplo, y la venta minora el precio de adquisición, que haceis entonces? cambiais el precio de compra inmediatamente en vuestras carteras o conservais el precio de compra antiguo?
Me he dado cuenta de que he cobrado algunos dividendos a traves de derechos vendiendolos en el mercado y no he cambiado el precio de compra, si minora el precio de compra cuando vendes los derechos a mercado deberia cambiarlo, no?

A grandes rasgos:

Tengo acciones que me han costado 10.000
Vendo derechos en el mercado y sin retención por valor de 1.000
De cara al IRPF, si no estoy equivocado, nuestro precio de compra sería 9.000
¿Sin hacer trampas al solitario y para ser honestos con nosotros mismo que habría que poner en nuestras carteras como precio de compra de ese valor, 10.000 o 9.000?

Saludos.

#2

Re: Venta de derechos y cartera

Si vendes los derechos a mercado, aminoras el precio de compra de las acciones.No tienen retención fiscal. Si vendes los derechos a la compañía tiene retención fiscal. Pero, están exentos los primeros 1500 euros. Con el ejemplo que suele poner el usuario Jofesi queda más claro:

La venta de derechos, no tiene ninguna retención, es igual que vender acciones, en lo que concierne a la venta. Estos aminoran el costo de las acciones, si tienes acciones por un valor de compra de 10.000 euros, y vendes derechos por valor de 1.000 euros, es como si las acciones, te hubieran costado, 9.000 euros, si estas luego las vendes a 12.000, tendrás que declarar unas ganancias de 3.000, pero hasta que no las vendas, no tendrás que declarar nada.
Un saludo,

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#3

Re: Venta de derechos y cartera

Gracias Enrique, entonces entiendo que en mi cartera de largo plazo deberia poner como precio de compra 9.000 euros en vez de 10.000 aunque no tenga intención de vender.
¿Seria correcto pensar asi?

#4

Re: Venta de derechos y cartera

Cada persona lo hace de forma diferente. Mucha gente lo que hace es calcular la rentabilidad antes de impuestos y después de impuestos.

Un saludo,

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#5

Re: Venta de derechos y cartera

una pregunta a ver si se me despejan las dudas:
yo voy a largo plazo con unas SAN si me dan mas de 1500 euros de dividendo tengo que declalarlo si o si o existe un maximo anual o solo con la regla de 2 meses está listo por año????

me explico si el maximo para no declarar son 22000 euros si no me equivoco, aquí entra todo, me refiero sueldos, dividendos etc etc?????

#7

Re: Venta de derechos y cartera

entiendo que se separa lo que es rendimientos del trabajo y rendimientos en forma de dividendo no??? si superas los 1500 euros tienes que declarar forzosamente o me equivoco

#8

Re: Venta de derechos y cartera

−Rendimientos del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas…) e inmobiliario (por arrendamiento de bienes inmuebles…).

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 €.

Es decir, aunque no tengas rendimientos de trabajo, tendrás que declarar si superas los 1600 euros en dividendos.

Un saludo,

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