Según ha venido informando Repsol en anteriores ejercicios (incluyendo el Hecho Relevante del 17 de junio de 2016 con número de registro 239854), Addax Petroleum UK Limited (“Addax”) y Sinopec International Petroleum Exploration and Production Corporation (“Sinopec”) iniciaron en 2015 un procedimiento arbitral contra Talisman Energy Inc. (actualmente “ROGCI”) y Talisman Colombia Holdco Limited (“TCHL”), relativo a la compra materializada por las primeras en 2012 del 49% de las acciones de Talisman Energy UK Limited (TSEUK) al grupo canadiense Talisman. En dicho arbitraje, relativo a hechos que tuvieron lugar en 2012, antes de la adquisición de Talisman por Repsol en 2015 –y que no implica acción alguna llevada a cabo por Repsol–, Addax y Sinopec solicitaban, para el caso de que sus pretensiones fueran estimadas en su totalidad, una cifra total aproximada de 5.500 millones de dólares estadounidenses, que según sus peticiones, correspondería al importe de su inversión inicial en TSEUK y cualesquiera incrementos de inversión posteriores, realizados o por realizar en el futuro, así como las pérdidas de oportunidad que pudieran haberse producido
Por su parte, el 30 de noviembre de 2017, Repsol S.A. comenzó otro arbitraje contra China Petroleum Corporation y TipTop Luxembourg S.A.R.L reclamando una indemnización por los perjuicios que pueda sufrir como consecuencia de cualquier decisión adversa en el arbitraje mencionado anteriormente, junto con otros daños aún no cuantificados. Este procedimiento se fundamenta en la conducta, por parte de aquellas, frente a Repsol, durante los meses previos conducentes a la adquisición del Grupo Talisman. En relación con el procedimiento iniciado por Addax y Sinopec, Repsol informa de que el Tribunal Arbitral emitió en 2017 un primer laudo parcial rechazando las reclamaciones de Addax y Sinopec basadas en el incumplimiento de las garantías contractuales. Igualmente, decidió, entre otras cuestiones procedimentales, la bifurcación del procedimiento en dos fases: en la primera resolvería sobre responsabilidad y en la segunda, sobre la cuantía de las responsabilidades que, en su caso, se hubieran determinado.
En 2020 el Tribunal Arbitral ha emitido un segundo laudo parcial sobre una de las cinco cuestiones de la fase de responsabilidad y, aunque Repsol había considerado —apoyándose en el asesoramiento externo que se le había proporcionado— y continúa considerando que las correspondientes reclamaciones carecen de fundamento, el Tribunal ha decidido que ROGCI y TCHL son responsables ante Sinopec y Addax con respecto a dicha cuestión.
El citado laudo parcial aborda una de las cinco reclamaciones en cuanto a la responsabilidad. El Tribunal ha indicado que decidirá el resultado de las restantes a su debido tiempo, mediante ulteriores laudos, aunque actualmente se desconoce el momento en el que estos se emitirán. En principio, una vez que se hayan decidido todas ellas, será necesaria una nueva fase procedimental para determinar las cuantías, cuyo cronograma aún no se ha establecido. Es probable que este calendario deba incluir plazos para nuevos escritos de alegaciones, aportación de pruebas, declaraciones de expertos adicionales y una nueva audiencia oral. Se estima que la fase relativa a la determinación de la cuantía, sin tener en consideración eventuales impugnaciones de los laudos, no se resolverá antes del primer trimestre de 2022. La compañía está analizando las distintas actuaciones que caben frente a este laudo parcial y prevé su impugnación ante los tribunales de Singapur. Aunque no se conoce con certeza la cuantía de la posible indemnización (en caso de haberla), dado que el litigio tiene todavía un largo recorrido y numerosas decisiones pendientes, a la vista del laudo parcial emitido, Repsol, prudentemente, ha dotado una provisión de 837 millones de euros para el conjunto del litigio, que se reflejará en sus estados financieros a 31 de diciembre de 2019.