Re: Lio brutal de acciones (irpf) recompra
La situación inicial efectivamente la de 01.01.2003. En la primera venta de 2003 valor y fecha de adquisición de las acciones vendidas, no de anteriores. La Administración tampoco tiene la culpa de que tú no hicieses los deberes.
Donde digo 31.12.2006, quiero decir 31.12.2006. El año 2006 es el último declarado. Los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales que te hayan quedado pendientes de compensar en esa fecha, si son de período de generación un año o menos, a partir de 2007 sólo puedes compensarlos primero con saldos positivos de ganancias y pérdidas no procedentes de transmisiones y luego con las rentas generales, con un límite del 25% de estas rentas generales, siguiendo un criterio FIFO, primero compensas los saldos más antiguos.
Una cosa es poder y otra deber, no debes reflejar lo vendido en 2007 como una unica operacion iniciada en 2001, no es legal. Debes declarar las ganancias y pérdidas cuando se realizan, no puedes coger sólo la Ley en lo que te beneficie.
Saludos.