Ningún problema, al manos a nivel de empresa tenemos cuenta en Francia para los cobros de exportaciones, porque si ingresas un cheque francés en España te puede venir devuelto al cabo de un año, no es normal pero pueden aún cuando en Francia en tema cheque en muy serio, de hecho incluso los aceptan en los supermercados, al ingresar en Francia a los 4-5 días sabes que no se puede devolver …..
Bien se abre normal, es probable que por lo del blanqueo de capitales te pidan el porqué, tu lo tienes fácil “para la estancia de mi hija” abres una cuenta a nombre de los dos y en paz, pero atención allí el tema de comisiones no es un mercadeo como en España se cobran y punto, no suelen admitir efectivo si no justificas el porqué, por ejemplo si llevas dinero de España te pedirán un certificado que demuestre que salió de un banco español y por tanto estaba perfectamente identificado, si ingresas un cheque atención a las comisiones, puedes hacer una transferencia desde España, ningún problema, tienen la manía del cajero automático todo pasa por ahí.
¿Cómo comunicas a la Hacienda Española que tienes cuenta ahí? No es necesario porque lo sabrán, lo que sí está establecido es la comunicación de existencia de una cuenta al Banco de España el DD1 http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/part_reg/cuentas.html por el cual comunicas la existencia, a posteriori, o sea no precisas permiso solo indicar que la tienes, te devolverán una copia sellada y en paz, y a no ser que tengas más de 600.000 € de movimientos al año no tienes que hacer nada mas, esto si “si mueves” cifras de este calado cada tres meses (creo) debes mandar el DD2.
Para el impreso yo llamé al BDE y fueron muy amables, luego lo archivamos y nunca más se ha utilizado porque no tenemos 600.000 € de movimiento.