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Cotitularidad de una cuenta bancaria y hacienda

7 respuestas
Cotitularidad de una cuenta bancaria y hacienda
Cotitularidad de una cuenta bancaria y hacienda
#1

Cotitularidad de una cuenta bancaria y hacienda

Hola,
Mi situacion es la siguente, me hice una cuenta con un amigo con una inversion inicial del 50% cada una pero a lo largo del tiempo yo meti mas pasta por lo que mi porcentaje es superior al 50%. Mi pregunta es si en verdad en esa cuenta se debe declarar el 50% cada uno, esto es, q aunke me pertenece mas dinero parte de ese dinero aunke lo halla ganado legalmente sea como dinero negro. ¿hay alguna forma de aclarar esto y que cada uno tengamos nuestras perdidas y ganancias correspondientes?
Gracias de antemano

#2

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

Hacienda siempre considera que los titulares son partícipes a partes iguales del saldo de la cuenta.

A esta misma consulta me respondieron en la Agencia Tributaria indicando que declarase como corresponde (esto es, a partes iguales) y luego entre los titulares compensásemos lo declarado de más o de menos, ya que lo contrario era buscarse problemas ante una posible inspección. No es una cuestión de que nos crean o no, es que la norma indica que es saldo/titulares.

Salu2

#3

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

Hola y gracias por tu respuesta,
pero de esta forma el q mayor porcentaje tiene despues de compensar es como si la parte del dinero (lo q exceda del 50%) fuese dinero negro ono habra problema?

#4

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

No creo, pero vaya, esto ya es una opinión. Entiendo que a la AT lo que le importa ahora es la tributación de los rendimientos, si un día cancelais la cuenta o simplemente sacais dinero, lo que cada uno se quede pasa a formar parte de su patrimonio. Pero inisisto en que aquí ya es un "supongo, creo, me parece". Lo que sí me comentaron en la AT es que una cosa es lo que sea en realidad y otra cómo se han hecho las cosas y por tanto cómo se ha de tributar. A raiz de ello cambiamos varias cuentas de cotitularidad a titular y autorizados en algunos casos.

Desafortunadamente y segun me comentaron en varias entidades, en España no es posible abrir una cuenta indicando diferentes % de participación. No sé si es exactamente así o es que esas entidades no lo permiten, sea como sea, como no me interesaba cambiar de entidades arreglamos el tema de la forma menos molesta.

Salu2

#5

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

Es cierto que en España no se puede abrir una cuenta conjunta con diferentes porcentajes de titularidad.

Pero de cara a Hacienda, y a la tributación, esa cuenta conjunta constituye una Comunidad de Bienes "de hecho", no de derecho, pues no está registrada.

Por analogía, Hacienda sigue la norma de imputación de las Comunidades de Bienes (que es lo que marca el Código Civil). Y esa norma dice que a falta de pactos que consten, los bienes y derechos pertenecen a partes iguales a sus cotitulares.

En este caso además, si que consta un pacto por escrito, tal como es la mencionada co-titularidad de dicha cuenta.

Si se quisiese "arreglar", habría que hacer un contrato entre los miembros, donde constase que parte es de cada quien, y notificar ese pacto a Hacienda. El único problema es que entonces hay que registrar y tributar por ese contrato por el ITP, el 1 % de su cuantía económica.

Dinero "negro" es por definición, el dinero oculto y no declarado. Si esos rendimientos se declaran, dejan de ser dinero negro. Para la AEAT deja de ser un problema su existencia y futuro reparto.

El único problemilla que puede surgir, si la cuantía es elevada, sería de cara a las Haciendas autonómicas, que pudiesen interpretar que existe una donación.

En este caso tendríamos dos pruebas contradictorias, los rendimientos declarados a partes iguales, y los comprobantes de ingresos en la cuenta, donde saldría que las aportaciones son diferentes. Lo lógico es que prevaleciera esta segunda prueba.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

YO TE PUEDO DECIR QUE TENGO VARIAS CUENTAS CON MI MADRE. A EFECTOS REALES LA PROPIETARIA DEL DINERO ES ELLA, YO UNICAMENTE FIGURO COMO TITULAR. TE PUEDO DECIR QUE EN LA DECLARACION DEL IRPF SIEMPRE LO HA DECLARADO ELLA, EL 100 % DE LOS RENDIMIENTOS, ESO SI SIEMPRE HEMOS AÑADIDO UN ANEXO INDICANDO ESTA REALIDAD. HASTA AHORA NUNCA HEMOS TENIDO NINGUN PROBLEMA. TAMBIEN TE PUEDO DECIR QUE ESTO MISMO LO HE CONSULTADO EN VARIAS OCASIONES CON LA AGENCIA TRIBUTARIA Y SIEMPRE ME HAN INDICADO QUE SE PUEDE PROCEDER ASI. UN SALUDO.

#7

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

Supongo que si el importe no es millonario no se van a meter en eso.

Pero para esos casos, tú tendrías que estar como autorizado y no como titular.

#8

Re: Cotitullaridad de una cuenta bancaria y hacienda

Rafa, el problema es que a finales del siglo XX algunas entidades no podían/querían incluir autorizados y para operar indistintamente te veías obligado a figurar como titular.

Otra ventaja/riesgo de la operativa por internet, donde no puede controlarse quién es realmente el que opera, y se asume que si conoces el código de usuario, la clave de acceso y la clave de operación eres el titular.

Salu2