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Comisión de mantenimiento de la cuenta

6 respuestas
Comisión de mantenimiento de la cuenta
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Comisión de mantenimiento de la cuenta
#1

Comisión de mantenimiento de la cuenta

Buenas tardes. Expongo mi duda a ver si me podéis asesorar:

Tengo un préstamo al consumo y una hipoteca con UNICAJA, vinculados ambos a una cuenta en la que no tengo ningún tipo de movimiento más que las trasferencias con los importes de los pagos y el cargo de los mismos. La hipoteca es del año 2006, modificada en el 2009, por lo que ya sé que podría solicitar la devolución de las comisiones, así que mi duda es con el crédito personal. En el contrato especifica literalmente lo siguiente:

El pago de las cantidades que deben ser satisfechas por el CLIENTE por razón del presente contrato tendrá lugar en el domicilio de entidad acreedora, concretamente en la CUENTA VINCULADA indicada en las CONDICIONES PARTICULARES, en la que el CLIENTE se obliga a mantener saldo suficiente para atender el cumplimiento de estos pagos, quedando Unicaja Banco expresa e irrevocablemente autorizada para adeudar en dicha cuenta las cantidades devengadas a su favor derivadas en cualquier concepto del presente contrato.

Así pues, no menciona en ningún momento nada respecto a comisiones de mantenimiento de dicha cuenta ni nada similar. ¿Podría entonces solicitar la devolución de las comisiones? No sé si esto solo aplica a los créditos hipotecarios y tendría que esperar a liquidar el crédito personal o, por el contrario, podría solicitarlo ya al no hacer mención alguna a las comisiones en el contrato del crédito personal.

Muchas gracias de antemano.
#2

Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta

Lo que tú mencionas creo que sólo se aplica en el caso de las hipotecas.
#3

Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta

No es así ....  cuando una cuenta es soporte de otra operación principal, da igual que sea hipoteca, préstamo personal, cuenta de valores, fondo de inversión, plan de pensiones  ....  si se utiliza tal cuenta solo como gestora de la operación principal, el Banco de España considera que no se debe cobrar comisión alguna por ello, con una excepción, se trata precisamente en operaciones de préstamo (hipotecario o no. .. da lo mismo) si fueron abiertas a parir de abril de 2012 (orden ECC 2502/2012) y en el contrato de préstamo se establece una comisión de mantenimiento y se consideró en el cálculo de la TAE, si se entiende  correcto, pero esta comisión no puede ser aumentada durante los años que el préstamo esté vigente.

Ahora bien, esto de cobrar por cuentas vinculadas o soporte, es un recomendación del BdE...no es obligatorio....aunque se suele respetar por parte de los bancos.

Sin embargo, si a uno le sobra dinero en esta cuenta, ni se le ocurra hacer una transferencia para otro banco .....que cobre por caja ... porque al hacer una sola tranferencia, pagar un recibo, un impuesto  .... la cuenta ya tiene algo más de un mero soporte y entonces la comisión sería absolutamente correcta.
#4

Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta

Gracias por tu respuesta. El préstamo hipotecario si que es anterior, pero el personal es del 2018, aunque en el contrato solo específica lo que comenté, que estoy obligado a tener una cuenta con ellos para el cobro de los recibos, sin especificar ni nombrar nada respecto al cobro de comisiones por esa cuenta. Siendo así, ¿entiendo que podría reclamarlas entoces?
#5

Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta

Si  ....  si la cuenta es solo por eso o como mucho el seguro que te hicieron con el préstamo.

Puedes reclamar todas las comisiones, hasta un máximo de 6 años ... pero no a la oficina, al Servicio de Atención al  Cliente del banco
#6

Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta

Muchas gracias por responder. Pues voy a anotar las fechas de cobro de las comisiones y los importes y me voy a poner a ello. Ya te contaré. Un saludo, y gracias una vez más