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Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

8 respuestas
Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!
Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!
#1

Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Tarjeta con baja seguridad, me la robaron junto el móvil, llaves, etc etc... los chorizos tardaron 15 minutos en desvalijar la tarjeta, hacer compras y sacar de un cajero hasta llegar al límite, CaixaBank no detecta los movimientos a los 3 días, me dice que no me preocupe que no hay movimientos con la tarjeta ... al mes siguiente me envían un cargo de 597,  me recorro todos los CaixaBank de mi zona, ninguno es capaz de decirme porque de ese cargo, al final contacto por teléfono, después de llamar a unos cuantos sitios de CaixaBank, y si me confirman que son compras que se hicieron en enero, cuando ya me habían dicho que no habían hecho ningún cargo curioso!!!!!! Lo siguiente  me marean, me hacen ir a comisaria a poner una segunda denuncia, no me dan la documentación necesaria para que la policía pudiera investigar, revisar cámaras, etc. dirección del comercio, hora del robo etc.... vamos colaboradores necesarios, para que la policía no pueda investigar el comercio y el cajero donde sacaron el dinero, y todo este mareo, y pérdida de tiempo, para terminar diciendo que la culpa es mía por que usaron el pin.... que por cierto si ya sabían que lo iban a rechazar,  para que me hacen perder el tiempo en segunda denuncia, de algo que ya sabían que iban a rechazar como uso fraudulento de la tarjeta... vamos que yo ese día estaba deseando que me robaran y me dejaran en la calle, el único fin por lo que se ve es dejar pasar tiempo, para que no se pueda investigar quien hizo los pagos... que ya puestos lo mismo hasta inventados por CaixaBank!!!! lo mismo que no aparecían que aparecen al mes.. raro!!!!.... (la policía me solicitó más datos para poder investigar, no vale con la documentación que aporta CaixaBank, ni dirección de comercio, ni hora del robo). Así que mucho cuidado con la tarjeta del Ikea de CaixaBank que en 15 minutos te la dejan a cero.... y sin ninguna responsabilidad y practicamente colaboradores necesarios para que no se puedan investigar o revisar cámaras de los chorizos.)
#2

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Algo no cuadra de tu historia.

Pasos que has de dar:
1) Denuncia. Olvídate de la investigación de la policía.
2) Presenta la denuncia a CaixaBank Payments (en la web de la financiera de CaixaBank, debería haber un formulario). Adjuntas la denuncia.

La financiera te ha de abonar lo defraudado, probablemente con una franquicia de 50€ (lo que estipula la ley).
#3

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Nada, Caixabank se desentiende y me echa la culpa a mi porque como sacaron dinero según ellos con el pin, Dan a entender que prácticamente yo les di el pin, son unos sinvergüenzas. Colaboradores necesarios, para que esta gentuza siga robando y no les pillen.
#4

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

No ganas nada poniendo eso aquí. Que cualquier banco se quiera lavar las manos es el pan de cada día.

No es descartable que supieran tu PIN, especialmente si era sencillo de adivinar.

Si se niegan habiendo enviado el escrito correspondiente de reclamación de los cargos y la denuncia, lo único que puedes hacer es hablar con un abogado o alguna asociación de consumidores (supongo que las de consumidores también miran estas cosas) y ver qué te dicen.
#5

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Ganar ganaré que la tarjeta ikea Caixabank es desvalijable en 15 minutos desde que te la roban, y Caixabank se desentiende y la culpa es del cliente por dejarse robar. Que no te pase!!! 
#6

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Deja el mantra, por favor. Te podría haber pasado en cualquier entidad.

Que no pares de decir eso me hace pensar que eres trabajador de un banco distinto a Caixabank. Espero que no sea eso...
#7

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

No sé si te va a funcionar, pero posibilidades tienes, se trata de iniciar un primer escrito aquí: 
 
SAC -  SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DEL GRUPO CAIXABANK
Titular: Belén González Soria
Domicilio: Calle Pintor Sorolla, 2 - 4
46002 VALENCIA

CARTA CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO, si no deseas hacerlo por correo, puedes acudir a una oficina y que te sellen la copia conforme lo han recibido y, ellos ya lo mandaran por su valija interna a este lugar.

Explica todo con detalle, adjunta copia de la denuncia ... también de tu DNI y además pon estos argumentos de apoyo:

Segun la última memoria de reclamaciones del Banco de España, correspondiente a 2020, ya que la de 2021 a esta fecha no ha sido publicadada,  consultable en esta dirección eletrónica https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/20/MSR2020.pdf en su página  464  y siguientes se indica: 

 9.1.6 Régimen de las operaciones de pago no autorizadas
La normativa de servicios de pago regula un sistema común de derechos y obligaciones para proveedores y usuarios de servicios de pago, y delimita, con el carácter de estatuto legal irrenunciable, las consecuencias jurídicas de las operaciones de pago no autorizadas, fijando para estos casos las responsabilidades tanto del usuario como del proveedor de servicios de pago. Entre sus peculiaridades, cabe destacar lo siguiente:
— Es aplicable a cualquier dispositivo personalizado utilizado por el usuario del servicio de pago para iniciar una orden de pago. Es decir, resulta igualmente aplicable a las libretas de ahorro y a otros instrumentos de pago, además de a las tarjetas de pago.
— Se fija un plazo máximo general para comunicar a la entidad que se ha producido una operación no autorizada o ejecutada incorrectamente, estableciéndose el plazo en 13 meses desde la fecha del adeudo.
— El límite de responsabilidad del ordenante en caso de operaciones de pago no autorizadas se aplicará, en su caso, cuando el instrumento de pago hubiera sido extraviado, hubiera sido sustraído o se lo hubiera apropiado indebidamente un tercero, sin que se requiera que en la pérdida de la posesión haya mediado violencia o intimidación.
— No se aplicará el régimen de responsabilidad previsto al dinero electrónico si la entidad emisora no tuviera capacidad para bloquear la cuenta o el instrumento de pago.
 — Cuando el usuario no sea un consumidor ni una microempresa, las partes pueden convenir que no resulten de aplicación determinados preceptos. 
Asimismo en la página 466 y siguientes, se detemina:

Prueba de la autenticación y ejecución de operaciones de pago
En el caso de que un usuario de servicios de pago niegue haber autorizado una operación de pago ya ejecutada o alegue que se ejecutó de manera incorrecta, corresponderá a la entidad demostrar que la operación de pago fue autenticada, registrada con exactitud y contabilizada, y que no se vio afectada por un fallo técnico o cualquier otra deficiencia (art. 44 del RDLSP).
Este departamento ha venido observando, a través del análisis de las reclamaciones recibidas, que en estos supuestos las entidades suelen requerir a sus clientes la presentación de un formulario en el que deben facilitar determinados datos relativos a la operación de pago controvertida, así como la aportación de la denuncia policial. Nada cabe objetar a las entidades al respecto, pues entendemos que dicha información resulta de razonable exigencia para la reclamación de la operación ante las redes de pago.
Ahora bien, consideramos que, si en el transcurso de la tramitación de esos expedientes las entidades van a llevar a cabo algún abono interino en la cuenta de pago de sus clientes —relacionado con el importe de la operación reclamada—, deben informarles previamente acerca de la provisionalidad de este, de manera que los usuarios conozcan la posibilidad de que el importe de la operación vuelva a ser cargado en su cuenta una vez realizadas las correspondientes averiguaciones por parte de las entidades.
Por otro lado, este DCE también entiende que una actuación acorde con las buenas prácticas bancarias pasa por que el SAC de las entidades facilite a los clientes, en el seno de las correspondientes reclamaciones previas, la documentación acreditativa de la correcta autorización y/o ejecución de la operación de pago cuestionada.

Responsabilidad del proveedor de servicios de pago por operaciones de pago no autorizadas En los supuestos de operaciones de pago no autorizadas, el proveedor de servicios de pago del ordenante deberá devolver a este el importe de la operación de pago no autorizada de inmediato y, a más tardar, al final del día hábil siguiente a aquel en que se le haya notificado, restituyendo, en su caso, la cuenta de pago al estado que habría tenido de no haberse producido la operación de pago no autorizada, salvo cuando dicha entidad tenga motivos razonables para sospechar de la existencia de fraude y comunique dichos motivos por escrito al Banco de España (art. 45 del RDLSP125, aplicable a las operaciones de pago realizadas desde el 24 de febrero de 2019 —al igual que las restantes disposiciones contenidas en los títulos II y III de la norma—). 
A tal efecto, el Banco de España puso a disposición de las entidades un buzón de correo electrónico al que dirigir tales comunicaciones, pudiendo constituir algún indicio en que se basen tales sospechas, a modo de ejemplo, la reclamación de operaciones de pago realizadas en un amplio período de tiempo o la reticencia del cliente a aportar determinada documentación necesaria para la gestión de su solicitud de devolución de la operación de pago no reconocida, entre otros. 
Todo ello, claro está, con independencia del derecho que asiste a la entidad de efectuar cuantas actuaciones estime convenientes en defensa de sus legítimos intereses. 

#9

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

Muchas gracias  lo intentaré!!!!!!
#10

Re: Cuidad con la tarjeta Ikea de Caixabank seguridad cero!!!!!!

¡Gracias por hacérmelo saber!