El tema, por lo que parece es que son colaboradores obligados en la Ley contra el blanqueo, y no actuar con diligencia puede suponer sanciones muy elevadas, son lo cual "muerto el.perro, se acabó la rabia" ...... actúan con precauciones a menudo sin sentido, como bloquear una cuenta de una comunidad de bienes que gira recibos de alquiler, recibe transferencias por la misma actividad, porque a algun/a "programador/a "listillo/a", se le ocurrió que las empresas deben presentar si o si el impuesto de sociedades, cosa que es del todo imposible en un CB.
Esto me ocurrió a mí como una especie admiistrsdor que soy de un bloque de viviendas de alquiler de varios propietarios, que por razones que no vienen al caso, no se aportaron a una SL o SA... daba lo mismo presentar los IVA... el 184 ... que los ingresos cuadra al céntimo con los movimientos del banco ... daba igual .... bloqueada!!!!!
Más de un mes !!!! Y se solucionó con un extenso escrito preparado por nosotros con la ayuda del asesor fiscal, detallando las normas y leyes aplicables fiscalmente a las CB, sus obligaciones tributarias, etc.
El o la "tontolava" no habría considerado a estos efectos, que no sólo hay particulares (consumidores) y empresas, que esto es sólo a efectos comerciales, puede que al tales efectos una CB la cartericen/gestionen como empresa, pero a efectos fiscales es algo híbrido, por la imputación de rentas, en el caso de los comuneros sean particulares, y al mismo tiempo empresas, si los comuneros son sociedades. Nosotros tenemos a dos comuneros sociedades y tres particulares.