Puedes abrir perfectamente una cuenta en suiza, me refiero a una cuenta normal, no una cuenta numerada (sin titularidad conocida) es legal, totalmente legal, pero debes comunicar esta apertura al Banco de España con el modelo DD1, deberás declarar los rendimientos a la hacienda pública en su momento, lo que no sé es si hay convenio de doble imposición, creo que si
http://www.aeat.es/wps/portal/Listado?channel=de40217740119010VgnVCM10000050f01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=1&img=8
Con lo cual no pagas impuestos dos veces, no sé el funcionamiento técnico, pero creo que si allí pagas pongamos una retención del 20%, y aquí es del 19, no te devolverán nada, pero si allí es del 16 por ejemplo, tendrás que pagar aquí la diferencia, y tampoco sé si a los no residentes, como seria tu caso, les hacen retención de los rendimientos, si no la hacen aquí a pagar los impuestos, bueno esta parte mejor lo pones en el foro de fiscalidad, porque no es lo mío.
Luego si la abres en francos suizos, puedes tener un problema de diferencias de cambio, tu cobras en euros, como lo conviertas en francos suizos, si sube el franco suizo a la que conviertas de nuevo “palmas”, si baja pues ganas, pero es un riesgo a considerar, no obstante puedes abrir una cuenta en suiza en euros, al igual que la podrías abrir en España en dólares USA o dólares neozelandeses, pero al no ser su moneda corriente te freirán a comisiones, además de las normales que tengan por la moneda del país.
Y todo ello con independencia de que yo coincido con Carlos (Avante) en esto de patriotismo.
Saludos (otro Xavier que vive algo más al norte)