Hola de nuevo! Nunca había oído eso que comentas de gravar impuestos por tener bitcoin. En España se tributa en el momento de vender, por el diferencial de pérdida/ganancia en el intercambio de moneda. Por ejemplo, yo compro hoy 100 euros en BTC, no pago ningún impuesto por ello, pero de aquí a dos años ha subido de precio y puedo venderlo por 200, entonces como he ganado 100 euros entre la compra y la venta, tributo por esos 100 euros de ganancia. El porcentaje a pagar ya depende de otros factores pero la base es esa. Supongo que estás seguro de que te cobran impuestos por tener esos BTC (y no por la venta), pero no está de más que lo comente, porque quizá lo estás entendiendo así y no funcione de esa forma, no sé.
En cualquier caso, imagino que para darte de alta en cualquier banco te pedirán una documentación que acredite la identidad, y con eso imagino que las obligaciones tributarias serán las mismas, salvo que puedas operar con un banco en un paraíso fiscal, pero imagino que no será el caso, ya que tampoco es algo accesible a los "mortales".
Bueno,lamento no ser de más ayuda,un saludo!