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¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

16 respuestas
¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?
¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?
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#1

¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Hola, pregunto esto por que firme un crédito ICO con la intención de, si no se ponen mucho peor las cosas, con ese dinero y algo mas cancelar otros créditos que tengo con mas interés.
Pero cuando fui a firmar a la notaria, el notario nos leyó una clausula que dice que si queremos cancelar deuda, primero tenemos que cancelar el ICO.
No se no entiendo mucho pero me parece un abuso mas de tantos otros, por que si puedo cancelar deuda, me interesaría hacerlo con el crédito que mas interés me esta cobrando y dejar para lo ultimo el que menos, que en este caso es el ICO.
Agradecería si alguien me puede confirmar o desmentir que esto es legal, o es otra trampa usurera de los bancos.

Gracias. saludos.


#2

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Las condiciones de estos créditos ICO especifican claramente que no se pueden dedicar a cancelar otros créditos.
Saludos
#3

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Si el antiguo es un crédito déjalo al mínimo pero no lo canceles (ya que no está permitido como te han dicho), pero al menos sólo pagarás la comisión de disponibilidad que es más baja.

La trampa de los bancos sería hacer lo que tú quieres, aprovechar el aval del Estado para reducir sus riesgos cancelando las deudas anteriores y cargándoselo al Estado firmando estas nuevas.
 
#4

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Muchas gracias Luis70 y Nachocar por vuestras respuestas rápidas y claras.
Un saludo. 
#5

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Si y no .....  

Directamente no, ahora bien se puede hacer de forma que yo entiendo legal ... ahora pides el ICO, lo utilizas para los pagos de este periodo del estado de alarma, con lo cual cumples perfectamente ... es decir pagos de nóminas, seguridad social, gastos fijos, como suministros de electricidad, gas, .. alquiler ... etc.

No obstante de los cobros nuevos que recibas a partir del levantamiento de estado de alarma, nada te impide que con el sobrante, procedas a cancelar anticipadamente otras deudas que pudieras tener.

Lo que no puedes hacer, es tomar el ICO ese, ponerlo en una cuenta corriente, porque realmente no lo precisas, y lo tomas por seguridad, por lo que pueda pasar, de hecho hay montones de empresas solventes y con liquidez que los están solicitado sin que por el momento los precisen ya que nadie sabe si cuando termine la situación vamos a una salida en "V" como dicen algunos, en "L" como otros, o la salida  va a ser más larga que  el  Gotthard rail tunnel   ...  con lo cual a efectos de "seguridad financiera" muchas son las empresas que firman o firmarán este tipo de contratos de préstamo. Es decir lo que  yo nunca haría en la empresa una vez acabe esto, traspasar directamente el dinero que me había guardado "por si acaso", directamente a cancelar otro préstamo más caro. 

Pero si se utiliza esto para lo que se ha concedido, y dentro de unos meses, con los excedentes de liquidez, si se producen, cancelar parte o todo de préstamos anteriores ¿qué estaríamos incumpliendo? 


#6

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Muchas gracias W. Petersen, lo tendré en cuenta. 
#7

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Hola...A ver si podéis darme algo de luz con un problema....En 2011 la línea ico liquidez podía utilizarse para reestructuración de pasivo , pero nunca para amortizar total o parcialmente o cerrar préstamos pendientes. uno de los principales aspectos que te pedían era no tener deudas con el banco emisor...Donde pueden informarme de esto de manera oficial  porque estoy a punto de demandar al banco por lo penal....
#8

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Donde pueden certificarse que no se puede utilizar un Ico para anular deudas o préstamos anteriores....y si lo hiciese el banco...estaría haciendo una malversación de fondos públicos encubierta??
#9

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?


No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes,

La financiación avalada no podrá destinarse al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta ni a una finalidad diferente a la establecida. 
#10

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Gracias W .Petersen. 
Podría confirmarme si en la emisión del ICO liquidez 2011 existía la misma claúsula?. Yo estuve leyendo el BOE y cita al final la restructuración del pasivo....pero una restructuración de pasivo no es una amortizacion parcial ni total, ni cancelación de deuda. Me temo que una práctica común de los bancos es librarse de los préstamos y endosarse los al ICO y así limpiar sus balances. Al final el dinero no llega a la Pyme  porque se usa para oxigenar las cuentas de la entidad bancaria y lo que tenía que ser liquidez para le empresa se convierte en un lastre mayor ya que con los gastos de formalización los únicos que ganan son los bancos...Mayor deuda, peores condiciones y al obligarte a avalar personalmente o con otros avalistas al final te embargan hasta las pestañas...Todo muy gansteril....Por cierto, me metieron una clausula de intereses moratorios de un 29,5 % es eso legal aunque sea empresa y no consumidor ???
Muchísimas gracias a todos... en especial a usted W.Petersen...
#11

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Ni idea, habría que solicitar al ICO las condiciones de la línea de la que usted tiene interés, casi seguro que si lo pides por escrito y les adjuntas tu contrato, al ser persona de interés, te mandaran los requisitos de aquella línea.

Lo del 29,50% no afecta a empresas, la ley es para consumidores, otra cosa es que les demandes por usura bajo la Ley Azcarate (la única que existe sobre ello) ....y aquí dependes mucho de lo que interprete el tribunal .... no soy abogado, pero esta ley es muy poco concreta.
#12

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

Perdona que abuse de tu confianza, pero puedes serme de gran ayuda. Verás dirigía una pequeña empresa y trabajaba con una linea de crédito y un pequeño préstamo personal, para los momentos de falta de liquidez. En el 2011 me llamaron de la sucursal bancaria y me contaron que no podían seguir manteniendo la linea de Credito, en un principio me negué...pero me amenazaron con una clausula de vencimiento anticipado y me comentaron que si no tenía todo el dinero en 48 horas me reventaban. Yo no podía echar a la gente a la calle ni tenía el dinero para pagar todo de golpe. Me obligaron a firmar un ICO liquidez del 2011. Yo no tuve que hacer nada, todo lo hicieron ellos. Una vez concedido cancelarón el préstamo, la linea de credito y me dejaron 3000 euros en la cuenta después de cobrarme las comisiones correspondientes por solicitar el ICO.... Ahora, se que no podían cancelar totalmente los antiguos préstamos con fondos ICO, y creo que esto ha sido una ilegalidad de las gordas .Después de haber cerrado la empresa por que el COVID acabo de matarnos, me gustaría demandarlos. Puedes darme tu opinión , por favor ???
#13

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

En términos de caza, y no lo hice en mi vida, me parece que no disparas a pieza que te pueda dar de comer .... 

A ver si tengo un rato hoy y te lo explico... tus preguntas .....
#14

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

A mi con joderle la vida a alguno durante los años que me jodieron a mi y amis compañeros, me vale y si alguien entra en el talego me doy por bien pagado...son 8 años de carcel via penal y puedo demostrar todo lo que digo...aunque no gane un duro me dá igual...es la victoria moral !!!
#15

Re: ¿Es posible cancelar con ICO otro crédito con interés mas alto?

 
A ver, insisto en que no soy abogado, solo tengo estudios y experiencia en empresa que abarcan los temas legales mercantiles …. 

Creo que “fallas” el tiro, porque si el banco hizo algo mal, no cumplió con los requisitos de la línea ICO, sería una cuestión entre el banco y el ICO, que probablemente prevea sanciones, pero que de producirse, tu no vas a ver un euro, el ICO cobraría tal sanción y en paz. En segundo lugar dudo que no solo tu banco, sino muchos bancos, cajas rurales y cajas de ahorro (si todavía quedaba alguna entonces que no se hubiera transformado en sociedad anónima), se dedicaron a “prestamizar” pólizas de crédito bajo las líneas ICO vigentes en aquel momento, y esto fue bastante generalizado, con lo cual que el ICO no se enterase de la misa la media, es mucho suponer, por tanto albergo muchísimas dudas  de que de forma generalizada, repito, los bancos incumplieran las normas y se quedasen tan panchos. 

En tercer lugar, hablas de 2011, si pones ahora una reclamación por este tema, lo mas probable es que el director o subdirector general de riesgos bajo cuyas directrices y responsabilidad se hizo lo que cuentas, esté prejubilado, fruto de las fusiones esté actualmente con otra responsabilidad y va a recibir la sanción o advertencia la recibirá un departamento que nada tiene que ver con el equipo de 2011. Tampoco va a surtir ningún efecto “moral” hacia tu oficina, incluso en el caso de que el equipo directivo actual fuera el mismo que en 2011, porque las oficinas tienen pocas o ninguna atribución para decisiones en créditos y préstamos, y las escasas que tienen son una vez el sistema de análisis de concesión considera una operación posible o no. 

Pero es que además, en la hipótesis de que el banco se hubiera saltado el contrato ICO, dudo que pudieras conseguir que los pactos de interés fueran inválidos, porque ni siquiera la Ley Azcarate de 1908 de represión de la usura, que sigue vigente hoy, determina que no hubiera que devolver el capital, .......... el capital siempre, y pleitear por interés del 3, 4 ó 6%, difícil porque de usurario no tienen nada. 

Lo que si puedes hacer, en su caso es reclamar por gastos de reclamación de cuotas impagadas, descubiertos, etc., aquellos 25, 30 o 35 € de cada ocasión, porque hay una norma que permite eso de los últimos 6 años, concretamente la https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-14363 … artículo 10: 
 
f) Cuando haya transcurrido el plazo de prescripción de acciones o derechos que de conformidad con lo previsto en los contratos o en la normativa reguladora que resulte de aplicación pueda ejercitar quien presente o aquel en cuya representación se presente la reclamación o queja de que se trate y en todo caso cuando haya transcurrido un plazo de 6 años desde la producción de los hechos sin que se haya presentado la reclamación o queja. 

Esto no es un tema de buenas prácticas que se cumple o no, es una norma ¡!!, por tanto desde hoy cuenta 6 años para atrás y eso lo podrás reclamar. 

Lamento no poder indicarte sobre el interés del 29,50%, lo único que he visto por ahí son tema de consumidores.  

Y del "talego", es que ni por asomo, esto de calificación penal no tendría ni media !!!!