Esto es asunto de legalidad por una parte y de costes por otras, no te calientes la cabeza:
La función del Banco de España, igual que la del BanK of England, la Banque de France o del Deutsche Bundesbank, NO ES LA PROTECCIÓN DEL CLIENTE, NO ES SU FUNCIÓN, SU COMETIDO ES VELAR POR EL SISTEMA, SU BUEN DESARROLLO Y SU SOLVENCIA, no nos equivoquemos !!!!! aunque si es cierto que promueven las buenas prácticas financieras, para ello, de una parte, ponen normas de obligado cumplumiento, y de otra hacen recomencaciones de buenas prácticas de la actividad financiera. Las "buenas prácticas" son recomendaciones, no obligatorias, pero todos los bancos suelen cumplir, a veces directamente y otras solo si se reclama, excepto cosas que saben que por su masificación acabaran en los juzgados, entonces para estas, las recomendaciones pueden no cumplirlas, y esperarán al final en base a las sentencias judiciales, como en caso de swaps, preferentes, deuda subordinada, suelos hipotecarios, gastos hipotecarios y ahora el IRPH.
Entonces, y esto vale para la banca, los seguros, el Corte Inglés, el Mercadona, la Seat o cualquier gran empresa, mientras el tratamiento de reclamaciones sea más barato que cambiar los sistemas, éstos no cambiarán.
En tu caso, es mas barato devolverte los 24 € a ti, que cambiar el sistema y no cobrarlos, porque vale, tu y veinte más, da lo mismo tu y mil más, reclamáis y se os devuelve ¿y los otros 10.000 casos que como mucho patalean, pero al final no se ponen a reclamar por escrito? pues nada, estos ya los han ganado !!!!
Con lo cual, o cambiamos la cultura de la reclamación, o esto va a seguir asi, in secula seculorum ..... ahora bien, cuando el coste del tratamiento de tales reclamaciones, sea superior al de cambiar el sistema, ni te preocupes, el sistema cambia ya mismo !!!!!
Mira la definición de la web del BdE:
Funciones como banco central nacional
Respetando las funciones que emanan de su integración en el SEBC, la Ley de Autonomía otorga al Banco de España el desempeño de las siguientes funciones:
https://www.bde.es/bde/es/secciones/sobreelbanco/funcion/Funciones.html De "echar una mano al usuario de los servicios bancarios", nada se indica !!!!!
Y no pensemos en tonterias (en mi opinión) de no sé que de los poderosos !!! .... la protección al consumidor existe, es mucha y variada, tampoco nos engañemos, pero no es cometido del Banco de España. Hay montones de leyes de protección... pero en muchos casos debemos exigirlas en los juzgados, ésto si es un problema, no tener un organismo donde se deba acudir si o si, para algunas cosas, porque incluso los arbitrajes de consumo, son de aceptación voluntaria.