Tributación del ahorro
Hola a todos . Desde hace mucho tiempo vengo cuestionándome acerca de las particularidades de esta figura impositiva . Como todos sabemos , los rendimientos del capital tributan en la actualidad al 18% . Sin embargo , para considerar la base imponible hablamos del total de los rendimientos . Pero en muchos casos ( salvo en la coyuntura actual ) , nos enfrentamos a que en muchas ocasiones en que la inflación se mantiene elevada , ese 18% no se hace respecto al beneficio real ( es decir , la diferencia entre el tipo de interés recibido y el ipc medio del período impositivo ) , sino sobre el total . Teniendo en cuenta que , según la Constitución , la política fiscal jamás debería ser confiscatoria , ¿ No deberían valorarse los ingresos que alcancen la tasa de inflación como "tasa de actualización" y el resto como beneficio real ? ¿ Acaso quienes hacen la política fiscal no saben reconocer la diferencia entre ingreso y beneficio ? Un Saludo .