Hola Jujedi
Efectivamente es un estupidez lo que están haciendo.
Cuando abrí la cuenta en EVO uno de los requisitos no era copia de contrato de trabajo o renta, simplemente 5 recibos domiciliados o ingresar 300 euros mensuales (o 600 cada dos meses).
Me parece que hubiera sido menos insultante, por parte de EVO, mandar un email diciendo que cambiaron las condiciones y que ahora necesitan nueva documentación, y si el cliente no está conforme puede proceder a cancelar la cuenta.
En lugar de esto, lo que han hecho es mandar un email pseudo-amenazante en el que te dan un plazo límite para que atiendas su requerimiento (ni que EVO fuera hacienda) o de lo contrario vas a tener problemas con tu cuenta.
Otra cosa, y estoy casi seguro de que EVO comete ua irregularidad al solicitar documentación por email.
Veamos, efectivamente sí pueden solicitar documentación por email al cliente, pero el email que manda el cliente tiene que estar FIRMADO DIGITALMENTE. ¿A EVO le sirve con que el cliente le responda el email adjuntando la documentación sin más? ¿Da igual que el correo no esté firmado digitalmente?
Hace un tiempo reclamé unas comisiones al SabadellCAM y lo hice por email, por lo que les tenía que adjuntar ciertos documentos.
Al principio me rechazaban los email pues me decían qué estos tenían que estar firmados digitalmente.
A continuación indico parte del email en el que me decían que sin firma digital no valia de nada lo que les mandara;
> Distinguido señor:
> Le comunicamos la recepción de su correo electrónico.
> Al respecto debemos informarle que, dado que su correo electrónico
> carece de la preceptiva certificación electrónica de firma
> establecida en la Orden Ministerial ECO 734/2004 y no pudiendo por
> tanto garantizar la identidad del remitente ni la necesaria
> confidencialidad entre las comunicaciones que pudieran mantenerse
> al efecto, no podemos admitirla a trámite ni darle respuesta por la
> misma vía, motivo por el cual la informamos que, en caso de ser de
> su interés que sea oportunamente tratada por este Servicio de
> Atención al Cliente, deberá remitírnosla nuevamente por el conducto
> reglamentario (e-mail con firma electrónica legalmente reconocida,
> o bien por escrito original debidamente firmado) a la dirección que
> le indicamos a continuación, o bien a través de cualquiera de
> nuestras oficinas.