Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Admisión a cotización

La admisión a cotización es una situación en la que un valor, una vez cumplidos los trámites necesarios para el acceso a un mercado, ya puede ser objeto de negociación en el mismo y alcanzar un precio de carácter público.

El precio logrado es difundido en los boletines de cotización del mercado. Cada plaza bursátil impone unos requisitos de admisión que debe cumplir el valor negociable y la entidad emisora.

La admisión de valores a negociación en los mercados secundarios oficiales de España requerirá la verificación previa de la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) del cumplimiento de las exigencias y los procedimientos establecidos reglamentariamente (Cada país tiene su propio órgano regulador).

La admisión a cotización en una bolsa se lleva a cabo mediante un proceso conocido como oferta pública inicial (IPO, por sus siglas en inglés), en el que la empresa emite y vende acciones a inversores para obtener capital. La empresa debe cumplir con una serie de requisitos legales y reguladores para poder cotizar en una bolsa.

Además, las empresas deben cumplir con ciertas obligaciones financieras y contables, como la publicación de estados financieros auditados e informes regulares a la bolsa de valores

La firma admitida para cotizar también debe cumplir con las normas de divulgación de información para garantizar que los inversores tengan datos suficientes para tomar decisiones informadas sobre sus inversiones.

Admisión a cotización en España


En España, los mercados regulados y oficiales son: el Mercado Continuo Español, la Bolsa de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia. Además, tenemos la AIAF-Mercado de Renta Fija, el Mercado de Deuda Pública Anotada, MEFF Renta Fija, MEFF Renta Variable y Mercado de Futuros de Aceite de Oliva.

La CNMV dispone principalmente lo siguiente:

  • El regulador ha flexibilizado el sistema, eliminando la obligación de que el emisor posea un mínimo de 100 accionistas. Ahora, se tiene en consideración la circunstancia concreta de cada compañía. Asimismo, no se exige que el emisor demuestre un historial de beneficios.
  • Respecto al número de años de existencia, se deben aportar estados financieros de, por lo menos, los tres últimos ejercicios en el caso de valores participativos*, y de los dos últimos ejercicios en el resto de casos. Sin embargo, se hacen excepciones a esta regla en dos casos:

  1. Cuando el emisor sea un vehículo de objeto especial, es decir, una entidad constituida por otra para un fin específico, en este caso, cotizar valores.
  2. Cuando la CNMV así lo disponga, si considera que los inversores cuentan con la información necesaria para hacer un juicio sobre el emisor y los valores cotizados.
 

¿Qué documentos se deben aportar a la CNMV para la admisión a cotización?


Además de aportar el folleto informativo, en caso se requiera su elaboración, la empresa debe entregar los siguientes documentos:
  • Estatutos.
  • Acuerdos sociales de emisión.
  • Poderes vigentes del firmante del folleto.

No se deben presentar los documentos con los que la CNMV ya cuente producto de trámites anteriores. En estos casos, se debe entregar un certificado que indique que la documentación ya está en poder del regulador. Además, debe registrarse la fecha y expediente en el que fueron entregados, y se debe declarar que todos estos papeles tienen completa vigencia. Ello, bajo responsabilidad de quien firme la solicitud.

En algunas situaciones, documentos privados como contratos de colocación o de liquidez pueden ser de interés para los inversores. Por esa razón, los folletos informativos, según se exige en el modelo a presentar, deben detallar todos los aspectos claves de estos papeles.

Colocación a inversores cualificados


En el caso de acciones colocadas a inversores cualificados, si estas representan menos del 20% del capital social del emisor, no se debe presentar folleto de admisión, aunque sí los otros documentos acreditativos exigidos por la norma vigente.

El periodo de verificación de dichos requisitos es de cinco días hábiles si la admisión está exenta de folleto informativo. Caso contrario, el plazo es de diez días hábiles.

Debemos recordar que los inversores cualificados son aquellos que invierten grandes cantidades, lo que les permite acceder a mejores condiciones de negociación, como comisiones más bajas. Estos agentes tienen menos protección que los pequeños inversores, ya que se asume que cuentan con más experiencia y conocimientos sobre el mercado financiero. 

Los inversores cualificados son bancos, cajas, aseguradoras, sociedades gestoras de fondos de inversión, entidades que administran fondos de pensiones, fondos y sociedades de inversión, entre otros.

*Los valores participativos son acciones y sus equivalentes, así como otro tipo de valores negociables que otorguen el derecho a adquirir acciones o valores equivalentes a acciones.
**La información presentada aquí es de la propia CNMV. La normativa siempre está sujeta a modificaciones, por lo que se debe tener en cuenta la fecha de edición de este artículo.

Artículo escrito en colaboración con @luis-angel-hernandez.
 
Aquí te dejo 3 brokers más baratos que el tuyo:
Scalable Capital

Sin comisiones

Ver más
Interactive Brokers

+1,5M cuentas de clientes

Ver más
ETORO

Acciones y ETFs sin comisión de compra-venta

Ver más

¿Quieres referenciar esta definición?
Admisión a cotización, GuillermoWestreicher, 04 de julio del '23, Rankia.com

Lecturas relacionadas

Definiciones de por letra