Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Hola forer@s

Os comparto una nueva entrada acerca de cómo planificar el rescate del plan de pensiones. En esta entrada intento compartir diversas simulaciones que he hecho acerca de la fiscalidad de estos productos y las implicaciones de su rescate. 

Espero que os sea de ayuda. 

 

Suscríbete al canal Rankia

También puedes seguirnos en formato podcast

30
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a diazro
    -
    #20
    19/05/18 09:34

    Buenos días
    Muchas gracias por tus aportaciones y disponibilidad ofrecida
    Un saludo

  2. en respuesta a renciayera
    -
    #19
    17/05/18 12:54

    Hola renciayera

    Has expresado exactamente lo que yo quería transmitir en mi mensaje.
    Que hagas un buen rescate y que disfrutes de lo ahorrado en tu Plan de Pensiones!!
    Un saludo afectuoso.

  3. en respuesta a renciayera
    -
    #18
    17/05/18 12:49

    Perdon el último rescate (el del resto) en forma de renta
    Disculpas

  4. en respuesta a diazro
    -
    #16
    17/05/18 12:47

    Buenos días
    Perdona que haya tardado tanto tiempo en entrar
    Creo que ahora entiendo lo de la aportación máxima antes de rescatar.
    Entonces la secuencia podría ser
    - Aporto lo máximo (mio y de la señora)
    - Rescato (solo la parte con el 40% de bonificación en forma de capital)
    - El resto, lo rescataré mas adelante (mejor próximo ejercicio) en forma de capital
    Espero tu confirmación o reparos y agradezco enormemente tu colaboración
    Un saludo

  5. en respuesta a diazro
    -
    Top 100
    #15
    02/05/18 17:28

    Hola, diazro: Lo comento porque tengo oído -es decir, no lo tengo claro...- que en las discapacidades hay una exención en determinadas cantidades si se cobran como renta. Creo que son con carácter general, por tanto a nivel estatal.

    En fin, ya te digo que no lo tengo claro y parece que tú entiendes bastante sobre este tema. Tampoco hace falta que me respondas de inmediato.

    Gracias por tu rápida respuesta y por tu trabajo. Francamente interesante y didáctico.

    Saludos.

  6. en respuesta a Fernandojcg
    -
    #14
    02/05/18 17:17

    Hola Fernandojcg
    No sé muy bien a qué te refieres.
    Es a la hora de elegir el rescate como capital con bonificación o como renta?
    Desconozco si en tu Comunidad tienen alguna bonificación en la Renta o en los PP por la minusvalias del 33%.
    Aclara
    Saludos

  7. Top 100
    #13
    02/05/18 16:25

    Interesante. En los supuestos de discapacidad del 33%, ¿qué sería mejor?

    Saludos.

  8. en respuesta a renciayera
    -
    #11
    01/05/18 12:37

    Hola renciayera

    Voy a intentar explicar las razones por las que aconsejaba aportar lo máximo permitido al Plan de Pensiones de mi esposa y mio, destancando las ventajas fiscales de esta recomendación.
    En primer lugar, decir que si lo he recomendado, ha sido porque lo he hecho en el rescate de mi Plan de Pensiones, y porque creo que puede ser una buena solución para alguno de vosotros. También era consciente que iba a provocar mucha controversia y que no sería entendido por muchos.
    Mi propuesta es la siguiente:
    Dejando claro que la mejor solución de los ejemplos propuestos, era el rescate en forma de capital con la bonificación del 40% y tambien que dicho rescate se debía realizar en el ejercicio siguiente al año de jubilación y que iba a disponer de una importante cantidad de dinero en ese ejercicio del rescate, consideré interesante aportar 10.500 euros antes del dia del rescate (da igual que sea días, semanas o meses pero siempre antes de rescatar). Con esta aportación obtenía una reducción de la fiscalidad de ese año de 4.725 euros que supone un 45% de lo aportado (10.500 euros).
    Una vez que tuviera el dinero del PP en mi poder, me habria quedado otra parte de dinero que no rescaté + los 10.500 euros. Estas cantidades de dinero no tengo previsto rescatarlas hasta no haber utilizado todo el dinero que he rescatado en efectivo y con el que tengo previsto cubrir mis necesidades económicas durante bastante tiempo y que voy a utilizar como un dinero complementario a mi pensión.
    También quedó claro que cuando rescato cantidades en forma de renta, siempre tributa (según el supuesto) aprox. al 30%.
    Por tanto,respondiendo a una de tus dudas, si un año meto 10.500 euros con un ahorro del 45% y al otro año (distinto al del rescate) saco esos 10.500 euros al 30%, todavia tengo una ventaja fiscal del 15% de los 10.500 euros, o sea, 1.575 euros a mi favor.Comprendes ahora el por qué?
    No puedo evitar ser "de ciencias" y un apasionado de la fiscalidad, y por eso me meto en estos lios.
    Una vez hayaís visto mi video y analizado lo que explico en este mensaje, si consideraís que puede ser de vuestro interés, aplicarlo y si no, olvidar esta recomendación tan racambolesca.
    Espero no me venga un aluvión de nuevos comentarios.
    Mi intención era la de ayudar, no la de confundir al personal.
    Saludos!

  9. #10
    01/05/18 11:30

    Buenos días
    Juan, he visto tu segundo video sobre la planificación del rescate de los Planes de Pensiones y me resulta muy interessante.
    Hay algo que no acabo de entender, es cuando dices de aportar (incluso solicitando algún préstamo)el tope permitido el mismo año en que voy a solicitar el reembolso.
    Si aporto 10.500,00 por ejemplo, me rebaja la base imponible, pero si al mes que viene solicito el reembolso estos 10.500,00 aportados me incrementan la base imponible.
    Seguramente que no te he interpretado bien.
    Muchas gracias por tu implicación.
    un saludo

  10. en respuesta a depotafa
    -
    #8
    30/04/18 22:15

    Sí, Correcto. A mi también me produce cierto miedo los planes de pensiones. Es cierto que se tiene un beneficio real e inmediato : desgravación fiscal. Pero el dinero que se va acumulando queda en una "urna" a muy largo, largo, largo plazo digamos "prisionero": la podemos ver, podemos contar el dinero acumulado pero no lo podemos tocar. Y claro, tenemos "la promesa futura" de un rescate bonificado al 40%. Pero lo que dices... que los políticos respeten esa promesa... pues siempre da miedo. E ahí un poco la problemática de los planes.... En tu caso, al quedar muy poco tiempo para acceder a él, no parece que haya problemas y desde luego te interesará rescatarlo todo de golpe para beneficiarte de la bonificación.

  11. en respuesta a Astaburuaga
    -
    #7
    30/04/18 22:09

    Hola. Bueno, hoy por hoy, en Navarra y País Vasco ya vemos que se aplica la bonificación del 40% sin tener en cuenta la fecha del 1/1/2007, pero la legislación en estos temas puede cambiar, de hecho en Navarra ya lo han hecho este año como explicaba en mi post anterior, a peor para los que suscriban en Navarra un plan de pensiones a partir del 2018 o hagan aportaciones a partir de este año. Hombre en 2 años no creo que me cambien las normas (toca madera), por eso, aunque no me haga falta, que este es otro tema, prefiero rescatarlo y no estar al pairo de lo que decidan los políticos de turno (imagínate que ganan las elecciones en el 2020 Ciudadanos, con lo "bien" que les caemos los navarros y vascos). En tu caso, eres más joven que yo y tendrás que esperar, pero como dices lo mejor es diversificar, como lo hago yo también. En mi cartera, además del plan de pensiones tengo fondos de inversión, en fin, tiempo al tiempo. Suerte también.

  12. en respuesta a depotafa
    -
    #6
    30/04/18 21:57

    Si, Juan lo ha explicado perfectamente y es mejor como dices rescatar el plan como capital con la bonificación del 40% que a modo renta. Yo soy de San Sebastián y tenía la duda de si la bonificación era sólo para las cuantías aportadas con anterioridad al 1/1/2007 pero ya me han aclarado que en el País Vasco es por toda la cuantía total ya sea con anterioridad a esa fecha o posterior. En principio una vez que se tienen los derechos consolidados no nos lo van a quitar, pero siempre queda esa duda de que pasará en un futuro cuando vaya a rescatar mi plan (en mi caso 15 años) si los legisladores hayan cambiado las reglas. Pero en principio tienen que respetar los derechos consolidados. Juan me ha ayudado mucho y, efectivamente, siguiendo sus videos y explicaciones que lo hace muy fácil con su simulación queda claro que si uno se puede beneficiar de la bonificación del 40% en el importe global del plan merece la pena rescatarlo de una vez aunque parezca que se pague mucho porque diferirlo en rentas mensuales en la temporalidad que sea, al final se acaban pagando más impuestos. Aun así, diversificar creo que no es malo y tener también fondos de inversión no es malo compaginándolo con el plan de pensiones. Los fondos de inversión no desgravan pero sólo tributan por las ganancias obtenidas en los mismos y no, como ocurre en los planes por el capital y ganancias obtenidas . Suerte

  13. en respuesta a Astaburuaga
    -
    #5
    30/04/18 20:52

    Perdona que me entrometa en vuestro diálogo, si te fijas en el comentario que le hago más abajo a Juan, no importa la cantidad, si se tiene la bonificación, es mejor rescatarlo como capital. Supongo que él te lo habrá corroborado.

  14. #4
    30/04/18 20:47

    Muchas gracias Juan por tus trabajos. Y sí, yo ya había llegado a la misma conclusión en base a cálculos que he hecho a "mano", bueno con la calculadora, ahora probaré con el simulador. Como veo que eres una persona dispuesta y atenta, si veo que tengo algún problema espero que no te importe que te pida ayuda. Como te decía y tu muy bien explicabas, si se tiene la opción del rescate con el 40% de bonificación, es mejor sacarlo como capital, sea la cantidad que sea el importe del plan de pensiones (200.000, 100.000 ó 20.000). Es mejor pagar la factura fiscal de una vez que diferida al rescatarlo como renta ya sea a 5, 10 o la cantidad de años que determines. Además, he hecho los cálculos con más o menos años de rentas, y claro, contra más años la renta es menor y de todas maneras la factura fiscal es mayor que rescatando el plan como capital con bonificación. Yo soy navarro y según la legislación de Navarra en esta materia, como algo excepcional en España por eso del fuero navarro, se pueden rescatar las cantidades del plan de pensiones que se hayan hecho antes del ¡2018! con la bonificación del 40%, las que se hagan a partir de este año ya no tendrán esta bonifiacación. Yo me jubilo el año que viene en septiembre, esperaré a enero de 2020 y rescataré mi plan de pensiones como capital con el 40% de bonificación. Lo tengo más que claro, porque entre otras cosas los jubilados de Navarra no nos fiamos y quién nos dice que a la vuelta de 5 años te cambian las leyes y suprimen la bonificación para todo el mundo.

    Sobre hace la aportación inmediatamente antes de rescatar el plan, no tengo claro si esa inmediatez es por ejemplo, un día, una semana o un mes antes de dar la orden del rescate.

    Fíjate, la información que das es clave, ya que el mensaje "oficial" es siempre: "Rescate el plan como rentas", pero se obvia decir que con la bonificación es mejor como capital. No quiero ser mal pensado, pero...

  15. en respuesta a diazro
    -
    #3
    29/04/18 16:49

    Muchas gracias Juan por tu ayuda. Te acabo de enviar un email en privado como me indicas. Espero puedas ayudarme. Muy amable de tu parte. Saludos

  16. en respuesta a Astaburuaga
    -
    #2
    29/04/18 16:24

    Hola Astaburaga
    Como habrás observado en mi vídeo, a la conclusión que llegué en los distintos supuestos que hice, era que es más ventajoso rescatar en forma de capital siempre que la parte que se rescata tenga la bonificación del 40%. De no ser así, siempre es más ventajoso rescatar en forma de Renta.
    La verdad es que no he hecho una simulación como renta vitalicia.
    Es tanta la soltura que he cogido con el simulador de Hacienda que si quieres te ayudo en hacer una simulación con los datos que te interesen.
    Mándame un email en privado con la rentas anuales y el importe del plan de Pensiones y te analizo el tipo de rescate que te resulta fiscalmente mejor.
    Saludos

  17. #1
    29/04/18 14:09

    Buenos días Juan. He visionado tu video. Muy interesante. Has puesto dos ejemplos con unos ingresos creo yo cuantiosos en cuanto a rentas de trabajo procedentes del importe de la pensión (la máxima) y un capital procedente del plan de pensiones también considerable (200.000.- euros o 100.000.- euros) que no está nada mal....
    Mi duda es si intuyes que con cantidades más modestas tanto de la pensión recibida como del rescate del plan de pensiones puede ser más interesante rescatarlo vía renta vitalicia. Por ejemplo con unos ingresos vía pensión de 20000 euros anuales y un rescate de plan de pensiones de por ejemplo 30000 euros quizá en esos casos, pueda ser más interesante hacerlo vía renta vitalicia. O en tu opinión sea cual sea el importe de las cantidades recibidas vía pensión y via plan de pensiones, fiscalmente es mas atractivo recatarlo vía capital ?. En definitiva, ¿crees que cuanto menos sean las cantidades percibidas de una fuente o de otra puede tener sentido rescatarlo vía renta vitalicia mensual... ? Muchas gracias. Saludos cordiales