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Deducciones fiscales en la Declaración de la Renta 2024

Cuando realicemos la declaración de la renta 2024, debemos fijarnos en las deducciones fiscales: deducciones por maternidad, deducciones por familia numerosa, deducciones por alquiler o compra de vivienda. La aplicación de éstas puede suponer el cambio entre ingresar o devolver.
La Declaración de la Renta es un proceso anual que puede resultar complejo, pero también es una oportunidad para recuperar parte de lo que has pagado en impuestos a través de deducciones fiscales. Conocer las deducciones aplicables para los ejercicios 2024 y 2025 puede ayudarte a optimizar tu declaración y ahorrar dinero.

¿Cuáles son las deducciones fiscales de la Renta?

Las deducciones fiscales en la Declaración de la Renta permiten a los contribuyentes reducir la cantidad a pagar en función de gastos y situaciones específicas reconocidas por la ley. Estas deducciones abarcan ámbitos como inversiones, donaciones, circunstancias personales y familiares, entre otros. Es esencial conocer y aplicar correctamente las deducciones disponibles para optimizar la declaración y cumplir con las obligaciones tributarias. A continuación, explicamos en detalle las principales deducciones fiscales y cómo aplicarlas en la Renta 2024-2025.

Deducciones estatales

Las deducciones estatales son aplicables en toda España y están reguladas por la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Algunas de las más relevantes para 2024 y 2025 incluyen:

Deducción por inversión en vivienda habitual

Aunque la deducción por adquisición de vivienda habitual fue eliminada a nivel estatal en 2013, algunas comunidades autónomas aún mantienen esta deducción. Si resides en una de estas regiones, podrás deducirte un porcentaje del importe invertido en la compra o rehabilitación de tu vivienda principal.

Deducción por aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social siguen siendo deducibles en la Declaración de la Renta. El límite máximo para 2024 y 2025 es de 1.500 euros anuales, o el 30% de tus rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, lo que sea menor.

Deducción por donativos

Si realizas donativos a organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública, puedes deducirte entre el 80% y el 35% de la cantidad donada, dependiendo de la antigüedad de la organización y del importe donado.

Tipo de donación
Porcentaje de deducción
Donativos hasta 150 € a ONG, fundaciones y entidades de utilidad pública
80%
Donativos superiores a 150 € (primer tramo)
35%
Donativos superiores a 150 € (segundo tramo, si se ha donado a la misma entidad en los últimos 3 años)
40%
Donativos a entidades prioritarias de mecenazgo
45%
Donaciones a programas de cooperación internacional y asistencia social
30%

Deducciones autonómicas

Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones fiscales, que pueden variar significativamente de una región a otra. Algunas de las más comunes incluyen:

Deducción por nacimiento o adopción de hijos

Varias comunidades autónomas ofrecen deducciones por el nacimiento o adopción de hijos. Estas deducciones pueden variar en función del número de hijos y de los ingresos familiares.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

En algunas regiones, los contribuyentes que alquilan su vivienda habitual pueden deducirse un porcentaje del importe pagado en concepto de alquiler. Esta deducción está sujeta a límites de renta y otras condiciones específicas.

Deducción por estudios

Algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones fiscales por gastos educativos, como matrículas, material escolar o transporte. Estas ayudas varían según la región y pueden suponer un ahorro importante en la declaración. A continuación, vemos algunos ejemplos de deducciones por estudios en distintas comunidades: 

Deducciones por circunstancias personales

Además de las deducciones estatales y autonómicas, existen otras deducciones relacionadas con tus circunstancias personales y familiares:

Deducción por discapacidad

Si tú o algún familiar a tu cargo tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, puedes acceder a deducciones específicas. Estas deducciones pueden aplicarse tanto a nivel estatal como autonómico.

Deducción por familia numerosa

Las familias numerosas pueden beneficiarse de deducciones adicionales en función de su categoría (general o especial). Estas deducciones pueden aplicarse a gastos como la compra de vivienda, educación o transporte.

Deducción por maternidad

Las madres menores de 30 años pueden deducirse 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Esta deducción está sujeta a límites de renta y otras condiciones específicas.

Claves para optimizar tu Declaración de la Renta

Las deducciones fiscales son una herramienta valiosa para reducir tu carga impositiva en la Declaración de la Renta. Sin embargo, es fundamental estar bien informado y conservar todos los justificantes necesarios para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en consultar a un profesional fiscal o utilizar herramientas online que te guíen paso a paso en tu Declaración de la Renta. ¡Planifica con anticipación y aprovecha al máximo las deducciones disponibles! 😊

Preguntas frecuentes sobre deducciones fiscales

¿Puedo deducirme los gastos de guardería?

Sí, los gastos de guardería para hijos menores de tres años son deducibles en la Declaración de la Renta. El límite máximo de deducción es de 1.000 euros anuales por hijo.

¿Qué ocurre si no tengo todos los justificantes de mis gastos?

Es fundamental conservar todos los justificantes de los gastos que pretendes deducir, como facturas, recibos o certificados. Sin estos documentos, no podrás aplicar las deducciones correspondientes.

¿Puedo deducirme los gastos de reformas en mi vivienda?

Solo puedes deducirte los gastos de reformas si están relacionados con la mejora de la eficiencia energética de tu vivienda o si resides en una comunidad autónoma que permite esta deducción.

¿Cómo afecta el límite de renta a las deducciones?

Muchas deducciones están sujetas a límites de renta, lo que significa que solo podrás aplicarlas si tus ingresos no superan un determinado umbral. Consulta las condiciones específicas de cada deducción para asegurarte de que cumples los requisitos.

¿Qué pasa si me equivoco al aplicar una deducción?

Si cometes un error al aplicar una deducción, la Agencia Tributaria puede requerirte que devuelvas el importe deducido indebidamente, junto con intereses y posibles sanciones. Por eso, es importante asegurarte de que cumples todos los requisitos antes de aplicar cualquier deducción.
  1. en respuesta a Daniel Igl
    -
    #20
    11/04/19 22:49

    Buenos días,
    Estoy rellenando como ya en otros años la casilla para la doble retención 588 y cuando doy a validar no me aparece ningún dato.
    Es como si no funcionara bien.
    ¿Les ha ocurrido lo mismo?

  2. en respuesta a Daniel Igl
    -
    Nuevo
    #19
    10/04/19 12:21

    Creo que ha habido algún tipo de confusión, yo estoy hablando de la casilla 613 sobre deducciones por gastos en guarderia

  3. en respuesta a Daniel Igl
    -
    #18
    10/04/19 12:14

    Buenos días Daniel Igl, muchas gracias por el aporte, ya hemos actualizado los datos. ¡Un saludo!

  4. en respuesta a Aicia
    -
    #17
    10/04/19 12:09

    Buenos días, hay un error en la casilla de deducción por doble imposición internacional. La casilla 263 hace referencia al regimen especial de los trabajadores desplazados.

    Según el extracto que me ha enviado Renta 4 por las retenciones de los dividendos de acciones extranjeras, la casilla correcta es la 0588

  5. Nuevo
    #16
    09/04/19 14:08

    Buenas tardes, este año en la declaración de la renta hay una nueva casilla la 613 que es por el tema de gastos en guarderias por hijos menores de 3 años. Yo cada mes pago por la guardería de mi hija 275e descontando la subvencion de 100e por el cheque guardería en la comunidad de Madrid.
    Que cantidad debo de poner en la casilla correspondiente al importe pagado? lo que yo he pagado cada mes que ha ido mi hija por completo a la guardería? Los datos fiscales que ha mandado la guardería no se corresponden, porque me ponen gastos anual 285e...
    Y por otro lado es independiente el importe que pagues? Porque si pagas 80e al mes o 275e la deducción me sale la misma...
    Espero su respuesta, muchas gracias.

  6. #15
    fsoriano
    06/04/19 12:00

    En la deducción por la adquisición de la vivienda habitual, ademas de la hipoteca, se pueden deducir los seguros de la vivienda y el seguro de vida en el caso en que fuesen obligatorios para la concesión del crédito. Ojo, porque es un dato que no tiene Hacienda, y hay que añadirlo (sumarlo) a la cantidad del crédito.

  7. #14
    fsoriano
    06/04/19 11:57

    Muy buenas, dices que la deducción por doble imposición internacional para dividendos de acciones corresponde a las casillas 263. Sin embargo yo, siguiendo las indicaciones de la propia AEAT en la duda que tenía el año pasado, utilizo la casilla 0588. Es la 263 o la 588?? Cual es la diferencia

  8. en respuesta a Barcelonawm
    -
    Luis Ángel Hernández
    #13
    03/04/19 18:42

    La respuesta que te di, fue porque he revisado en varios foros y artículos publicados donde Hacienda no reconocía esa retribución flexible debido a que la empresa no había seguido los pasos que pedía la Agencia tributaria.
    Tienes el Plan Te llamamos de Hacienda para concertar cita telefónica y que te aclaren tu caso.

  9. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #12
    03/04/19 18:38

    Hola, el importe de l ticket guarderia si esta descontado de mi sueldo. Lo que yo creo que hay es un error en el programa de hacienda a la hora de volcar los datos a renta web, porque lo que deberia hacer es sumar todos los gastos para luego disminuir los subvencionados. En mi caso esta haciendo esta disminucion como si los gastos totales fuesen solo el efectivo que pagué (una parte muy pequeña) y por esto sale negativo. Gracias igualmente.

  10. en respuesta a Barcelonawm
    -
    Luis Ángel Hernández
    #11
    03/04/19 18:24

    Hola, te recomendaría que pusieras tu duda en el foro de fiscalidad, pues es un caso muy raro, como comentas desde mi punto de vista solo se me ocurre, que la empresa no reporte a Hacienda la retribución flexible y aumenten esa cantidad de la base imponible del trabajo al no cumplir los requisitos que exige la agencia Tributaria.

    Saludos

  11. en respuesta a Carol2018
    -
    Luis Ángel Hernández
    #10
    03/04/19 18:08

    Hola
    A la hora de dar el alta a tu hija en la declaración tienes que dar opción Vinculación la Clave D (“Hijos o descendientes del primer declarante si también conviven con el otro progenitor” y posteriormente y esto es lo más importante, en la Casilla de Otras Situaciones debe marcar la Opción 3: “Hijo/a del declarante si este último convive con el otro progenitor sin mediar matrimonio entre ambos”

    Saludos

  12. Nuevo
    #9
    03/04/19 00:26

    Buenas noches,
    El año pasado tuvimos una hija mi pareja y yo(no casados)En mi declaración de la renta me aparece deducción estatal de 2600 y autonómica de 2600.En la de él no aparece .¿Como tengo que hacer para que sea aplicada la deducción a ambos a medias?
    Gracias

  13. #8
    02/04/19 11:24

    Buenos días, A ver si alguien esta en la misma situación: El año pasado pagué a mi guardería (a través de ticket guardería) 2.747,50€. Y en Agosto, pagué yo directamente por el mes entero 250€.
    En mi borrador, lo que han hecho es poner el importe pagado con cheque guardería en negativo y el importe en efectivo en positivo, por lo que me ha generado un importe negativo de -2497,50€.
    Esto me esta haciendo salir a pagar 1600€ aprox en la renta.
    Creo que esta mal. El importe que deberán contabilizar no debería ser solo los 250€ que pagué yo directamente en efectivo? El ticket guardería ya esta descontado del sueldo bruto, como en otros años y no tendría ningún sentido que me lo incluyesen y menos con signo negativo.

    alguien me puede ayudar?

  14. Nuevo
    #7
    27/03/19 18:27

    Hola buenas tardes!
    Tengo un hijo nacido en el año 2018.
    Estuve mirando y no entiendo muy bien el tema de las deducciones... entiendo que por ser menor de 3 años se deducen 2.400+2800€ o se reduce?en la agencia Tributaria me da a entender que se deducen.con ganancias de menos de 19mil euros y dos pagadores entiendo que en la declaración individual devolverían la mitad de las 2 cantidades.
    Muchas gracias!!

  15. en respuesta a Sedigu
    -
    Lorena González Gómez
    #6
    20/03/19 15:54

    Hola,

    Una de las mejoras en la Declaración de la renta es que se ha establecido una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo. Se trata de una deducción anual de 1.200€, pero al aplicarse solo desde agosto de 2018, el máximo a deducirse será 500€. Los importes corresponden a los de tu cónyuge.

    Saludos,

  16. #5
    16/03/19 00:14

    Buenas tardes,

    Me ha aparecido esta información al ver mis datos fiscales del ejercicio 2018:

    "DEDUCCIÓN POR CÓNYUGE NO SEPARADO LEGALMENTE CUANDO ESTE SEA UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD"
    Se muestra un listado con los meses de enero a diciembre con importes por las cotizaciones totales...No entiendo qué significan esos importes de cotizaciones y tampoco entiendo si se refieren a los de mi cónyuge o a los míos.

    Gracias por vuestra ayuda.

  17. Nuevo
    #4
    03/06/18 12:47

    mi hijo de 3 años estudia en un colegio concertado. Las cuotas que pago mensuales, son DONATIVOS de 10 euros (son totalmente voluntarias). Tengo derecho a deducirme dichos donativos? En caso afirmativo, ¿en que casilla deberia incluirlo?
    gracias

  18. #3
    27/05/18 21:58

    Buenas tardes:
    Mi pregunta es sobre la deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación. En la declaración sólo hay espacio para añadir 2 empresas. Soy usuario de una plataforma que crowdfunding y he realizado inversiones en 4 empresas de las que tengo el necesario certificado. ¿Sólo podré deducir 2?
    ¿Es posible que las otras dos las declare mi mujer (en función del régimen de gananciales)?
    Gracias

  19. en respuesta a Jose Luis Rs
    -
    #2
    18/04/18 12:06

    Buenos días Jose Luis,
    En principio, si el contrato es el mismo, tú sigues teniendo derecho a aplicarte la deducción. Otra cosa sería que se firmase un nuevo contrato.

    Un saludo.

  20. #1
    17/04/18 19:59

    Hola,
    Tengo un contarto firmado de alquiler de vivienda con anterioridad al 1 enero 2015 en el que estamos dos inquilinos. El otro inquilino se fue en dic 2016 y yo quiero deducirme la parte estatal al 100% en la renta de este año. Al quitar del contrato a un inquilino se modifica a la fecha del contrato?
    Puedo deducirme la parte estatal? La autonomica no puedo porque cumplí 36 años en octubre.

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