En su momento comente como algunos pretenden que los arrendadores de viviendas sean los que tengan que garantizar el derecho a una vivienda que consagra la Constitución, como parece reflejarse con la normativa aún vigente de pisos de Renta antigua. De esa legislación franquista, y lo que es peor, del espíritu del mismo tono que inunda toda el marco legal y judicial en materia de arrendamientos urbanos, no parecen tener queja los que se dedican a quitar estatuas de noche. Otro tanto ocurre con la justicia gratuita en este país. Se sostiene en base la buena fe y a la absoluta masificación del número de letrados. Si el Estado debiera pagar los costes reales de esas defensas jurídicas aviados íbamos. Y sin salirnos del mundo jurídico, tenemos como en las últimas reformas en materia de novaciones hipotecarias el Gobierno insta a Notarios y Registradores a rebajar aún más tarifas (al igual que a las Entidades financieras), pero eso si, que no le toquen a sus CCAAA sus impuestos de AJD, que son mucho más elevados que aquellas partidas.
Pero aún hay más. España, 1978, se aprueba la Constitución. Art. 132
Artículo 132.
1. La Ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.
2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la Ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.
3. Por Ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.
10 años después, este artículo tiene un desarrollo en la Ley de Costas, y aquí es donde se consuma el colmo de los colmos. En función del deslinde administrativo que se realice, tu vivienda puede quedar encuadrada en el dominio público marítimo terrestre o en la zona de protección (esta puede variar, según las zonas en 80 m2). Las consecuencias son terribles.
a) Si tu vivienda queda encuadrada en el DPMT te has quedado sin ella, pudiendo ser derribada. Como mucho podrás solicitar una concesion administrativa por 30 años, prorogable otros 30, y con múltiples limitaciones de todo tipo (es rescatable por la Administración, no transmisible, etc....). Así, a pelo.
b) Si estas fuera de esa zona, pero dentro de la servidumbre de protección, tu vivienda no la has perdido, pero quedas fuertemente limitado en tu uso. Realmente la vivienda esta fuera de ordenación. Una de las consecuencias es que para realizar obras de mantenimiento de la misma hay que solicitar autorización administrativa. Por supuesto obras de otro tipo (mejoras, incremento de superficie, etc) quedan proscritas. Y, aunque estoy poco ducho, me temo que si la vivienda se quema, se destruye, no te van a permitir la reconstrucción. A rezar.
Para que quede claro, ésto es con efectos retroactivos. RETROACTIVOS. Es decir, ya te puedes haber hecho la vivienda conforme a la legalidad de hace 40 años, tenerla registrada, pagar todos tus impuestos, etc, que te has quedado sin esa propiedad en el primer supuesto, y en el segundo le han metido un bocado de miedo. Bien. Todo sea por garantizar que las playas sean de todos, que todo el mundo tengo derecho a acceder a la costa, etc. Puedo ser todo lo liberal que queráis, preo ahí estoy de acuerdo. En lo que no estoy de acuerdo es en que esos derechos, en que esa dotación del patrimonio público, se haga unicamente a las espaldas de quien se limito a cumplir con la legalidad.
Y es que, por si acaso no lo sabéis, esta gente no recibe nada. Ni un duro. Como mucho la concesión administrativa y a correr. Esta gente pierde su propiedad de la noche a la mañana en aras de este Estado del Bienestar, y aquí no ha pasado nada. Difícil de digerir. Desde la razón y desde el sentido jurídico. Una Ley retroactiva, que acaba con la propiedad privada sin un procedimiento expropiatorio ni un justiprecio real. Si de verdad se quiere garantizar ese derecho, ese patrimonio público, esa carga financiera debe ser repercutida entre todos los ciudadanos, y no sobre unos pocos.