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¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

Seguro que alguna vez te has preguntado qué ocurre con el dinero de una cuenta bancaria cuando fallece el titular de la misma. Mucha gente piensa que ese dinero "se pierde y pasa a ser propiedad del banco", pero dicha afirmación es falsa. A continuación veremos cuál es el procedimiento para recuperar dicho capital en caso de que seas co-titular o heredero del fallecido, así como resolver otras cuestiones.

 

¿Cómo se reparten los ahorros de la cuenta?

Lo primero que hay que distinguir es si el fallecido era titular único o cotitular de la cuenta corriente:

  • Si el fallecido es titular único de la cuenta, serán los herederos legalmente reconocidos los beneficiaros de esa cuenta según se indique en el testamento. Si no se especifica, los familiares directos de primer rango, serían los encargados de gestionar los recursos de esa cuenta.
  • Si el fallecido era cotitular de una cuenta bancaria, el otro cotitular recibirá el 50% de la cantidad dispuesta en la cuenta y el resto se repartirá entre los herederos o los familiares directos según se indica en el punto anterior.

¿Qué información tienes que presentar al banco?

En caso de que sean los herederos legalmente reconocidos a través de testamento, deberán aportar:

  • Certificado de Defunción. Es la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil.
  • Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad. Acredita si una persona, ha otorgado testamento ante Notario. De esta forma, los herederos podrán obtener una copia autorizada acercándose al notario. 
  •  La copia autorizada del último testamento y un documento que justifique y acredite la condición de heredero.

En el caso de los herederos deben acreditar el pago o la exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En caso de que no haya testamento, se deberá entregar el Auto de declaración judicial de herederos abintestatos, además, será necesario solicitar justificantes notariales.

¿Qué debe hacer el banco?

El banco deberá facilitar la información sobre la situación financiera del fallecido, una vez los herederos se hayan acreditado como tal. La entidad financiera debe estar segura de que son los herederos legítimos, y para ello deberá solicitar una copia del testamento y una copia de la aceptación de la herencia.

En caso de que no sepamos a ciencia cierta en qué bancos tiene cuentas el fallecido, se debe acudir a la Agencia Tributaria, y con la condición de herederos, obtener la información financiera del fallecido.

¿Y si la cuenta tiene más titulares?

Generalmente, los bancos tardan entre 24 y 48h en conocer que el titular de una cuenta ha fallecido, pasando a bloquear la cuenta. Durante ese tiempo, el co-titular podría retirar el dinero de la cuenta y evitar pagar los impuestos que acarrea el reparto. Sin embargo, esta acción no es recomendable ya que podría tener consecuencias legales con los herederos.

En caso de que haya un cotitular de la cuenta, le corresponde el 50% del capital de la misma (suponiendo que compartan a partes iguales la propiedad del saldo total de la cuenta) sin pagar ningún impuesto hereditario, aunque sí tributará por él a Hacienda. El otro 50% se repartirá en función de lo que estipule el testamento. Si hay alguna persona autorizada en la cuenta, dejará de estar autorizada a realizar gestiones en dicha cuenta desde el momento en que se produzca el fallecimiento.

 

 

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  1. en respuesta a Lucía Sánchez Ortiz
    -
    Nuevo
    #120
    10/01/21 00:28
    Hola @Lucia . Tengo una persona que fallecio hace 5 años en otro pais. esa persona no tiene familiares en ese pais y tampoco nunca me comento nada de su familia. el me puso de referencia en su cuenta bancaria el cual tiene cierta cantidad de dinero. el me puso como su sobrino por tener los mismos apellidos. me contactaron del banco para que reclame el dinero y ellos me piden datos el cuales tengo algunos. cabe destacar que no soy familia real. pero el banco no sabe nada de sus familiares solo saben de mi. si yo envio esos datos que me piden como el certificado defucion y otros datos y me dan su herencia. estoy en problemas grabes? espero tu respues.
  2. Nuevo
    #119
    09/01/21 14:38
    Hola. Fui víctima de pishing y brindé datos de mi papá fallecido al otro día de dar de baja las tarjetas y cuentas bancarias de él. Corro algún riesgo de que las hayan utilizado? Con el tema de la cuarentena, me dieron turno para ir al Banco en Abril recién y estoy nerviosa por eso.
  3. en respuesta a Estebsanti
    -
    #118
    08/01/21 08:51
    Buenos días, 

    Lo primero que deberás saber si eres beneficiario de la herencia de tu hermano para poder acceder a la cuenta.

    Un saludo,
  4. en respuesta a Zoraida Priego
    -
    #117
    08/01/21 08:42
    Buenos días, Zoraida

    En principio, si estás declarada como heredera y tu abuelo tenía algún tipo de deuda, deberás hacer frente a ellas. No te bloquearán la nómina, pero sí que deberás saldar las deudas.

    Un saludo,
  5. en respuesta a Elisamelianaruizpiza
    -
    #116
    08/01/21 08:20
    Buenos días, Elisa

    Generalmente, los herederos reciben tanto los bienes y derechos como las obligaciones y deudas del fallecido por lo que, de entrada deberás hacer frente a la deuda de la tarjeta. Lo que puedes intentar hacer para evitar esto es solicitar la nulidad del contrato.

    Un saludo,
  6. Nuevo
    #115
    08/01/21 05:24
    Que pasa si el titular de una cuenta es casado y fallece la tarjeta está por vencer la viuda puede seguir cobrando  su pencion 
  7. Nuevo
    #114
    08/01/21 05:15
    Que pasa si el titular de una cuenta fallece y la tarjeta está por vencer 
  8. Nuevo
    #113
    03/01/21 00:00
    Hola buena yo soy titular de una cuenta que estoy con mi abuelo a fallecio y hay tengo mi nomina el banco tiene derecho de bloquea mi nomina. Si mi abuelo no tenia nada en cuenta 
  9. Nuevo
    #112
    08/12/20 08:24
    Buen día Lucía, acaba de fallecer mí hermano de manera imprevista (quién no tiene hijos) y quedó una cuenta de ahorro con dinero,quisiera saber cómo proceder?
  10. en respuesta a Lucía Sánchez Ortiz
    -
    Nuevo
    #111
    09/11/20 11:38
    Gracias Lucia eso ya lo se.Mi pregunta es ese dinero pasa a ser mio.
  11. en respuesta a Sisi21
    -
    #110
    09/11/20 09:15
    Buenos días, @sisi21

    Para poder acceder a ese dinero, deberás presentar en el banco el certificado de defunción así como el Registro de Actos de Última Voluntad y, además, una copia autorizada del último testamento o de la declaración de herederos.


    Un saludo,
  12. Nuevo
    #109
    08/11/20 21:09
    Hola mi marido fallecido tenia una cuenta con su madre y su hermana .Fui al banco a pedir el certificado de saldo.Mi pregunta es ese dinero me pertoca ami ya que en el testamento pasa a ser todo lo suyo a mi.
  13. en respuesta a Epa33
    -
    #108
    05/11/20 09:35
    Buenos días, @epa33

    En principio, se bloquearía el porcentaje del dinero perteneciente al titular de la deuda, en este caso sería un 33% o así. Pero tu dinero seguiría a salvo.

    Un saludo,



  14. Nuevo
    #107
    04/11/20 13:04
    Tengo una duda, soy cotitular de una cuenta bancaria con dos personas más, una falleció y dejó una deuda y otra se desentendió. Si renunció a la herencia de la persona fallecida sigo teniendo la obligación de pagar su deuda, que la tarjeta es a nombre de ella, por ser cotitular.
  15. en respuesta a alvaro95poncho
    -
    #106
    14/10/20 16:32
    Hola, @alvaro95poncho

    En teoría el banco sólo puede bloquear la parte que corresponde al fallecido, por lo que el otro 50% te pertenece. Yo en tu lugar intentaría reclamar a Caixabank, a ver si es que hay algún tipo de deuda o falta algún documento.
  16. #105
    13/10/20 17:58
    En primer lugar gracias por escribir el artículo, espero que me puedan ayudar con mi consulta:
    Hace 2 días me contestaron desde Caixabank con una negativa a desbloquear la cuenta bancaria de la que soy cotitular junto a mi tío ya fallecido. Por problemas económicos no puedo presentar el impuesto de sucesiones, sin embargo, según entiendo al leer su artículo sí tengo derecho, al menos, a recibir el 50% de lo que hay en la cuenta, no es así?
    ¿Qué debería hacer ahora? Insistir en que desbloqueen al menos el 50%, ponerlo en conocimiento del banco de España? Muchas gracias.
  17. #104
    01/10/20 22:29
    Buenas noches, si ya tengo el certificado del registro de actos de última voluntad en mi poder y he ido al notario, lo siguiente que es ? somos tres hermanos, ir al banco los tres y allí nos hacen traspaso del dinero a partes iguales ? , no se como se hace el reparto del dinero, gracias.
  18. en respuesta a Veliabcn
    -
    #103
    15/07/20 13:00
    Hola @veliabcn
    creo que el banco debe dar la Herencia, pero una vez esté en disposición del heredero, Hacienda puede acceder a dicho dinero o bienes para saldar las deudas contraídas, aunque no te puedo asegurar que sea así, a ver si algún otro usuario puede confirmárnoslo. 
    Un saludo!  
  19. Nuevo
    #102
    14/07/20 22:15
    Y que pasa si uno de los herederos tiene embargos en el banco, puede el banco negarse a darle el dinero que Le corresponde de la herencia? Se puede cobrar una herencia del banco en efectivo? 
  20. en respuesta a Angie Flo
    -
    #101
    27/01/20 17:50

    Como poder, puedes hacerlo al estar autorizada, pero si hay más herederos de ese dinero (legalmente reconocidos en el testamento o familiares de primer rango) podrían reclamártelo y acabar en juicio.

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