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Participaciones del usuario yomais - Fiscalidad

yomais 21/01/25 21:13
Ha respondido al tema Limite subsidio agrario mayores de 52 años
Cuando hagas la próxima solicitud en marzo de este año te mirarán los rendimientos del trabajo, capital, actividades económicas...que consten en Hacienda de los últimos 12 meses, igual que hicieron en marzo del 2024. Y  el saldo de la cuenta bancaria pero no los movimientos de la cuenta bancaria.Molestia ninguna, no pasa nada.
yomais 21/01/25 20:00
Ha respondido al tema Limite subsidio agrario mayores de 52 años
Ali, si en la declaración de la renta no sale nada en los rendimientos del capital mobiliario es que no tienes rendimientos del capital mobiliario. Si metes 100 euros al mes en tu cuenta tampoco cuenta.Y si en vez de ir abriendo post con cada duda que te surge lo pusieras todo en el mismo post que abriste la primera vez llevarías un orden y los que queremos responderte podríamos ver todo tu historial de dudas para ayudarte de la mejor manera posible.
yomais 12/01/25 13:21
Ha respondido al tema Limite rentas subsidio agrario para mayores de 52 años
Ali, todo esto lo preguntaste hace 4 meses y parece que aún no te ha quedado claro. Se tienen en cuenta todos los ingresos que sean un rendimiento del trabajo, una actividad económica, un beneficio, intereses...es decir, solo lo que pasa por Hacienda. Si yo te hago una transferencia eso no es nada de lo anterior así que no se tiene en cuenta para calcular los límites del subsidio.Por otra parte el limite máximo conjunto para este año 2025 va a aumentar lo mismo que suba el salario mínimo, unos 50 € según parece. Si es así va a quedar en (1.134 + 50) x 14 x 2 = 33.152 €
yomais 26/11/24 20:02
Ha respondido al tema ¿Hay retención de impuestos en los cupones de bonos de EEUU? ¿Y en los ETFs de bonos?
Respecto a los bonos, tendrías que hablar con el bróker con el que operas para que te diga  qué acuerdos fiscales ha conseguido para sus clientes. Con el bróker que yo opero cuando cobras un cupón no hay retención en el país de origen  y sólo te retiene el 19 %  de la hacienda española.Para los fondos y etfs de reparto funciona igual: cuando cobras un dividendo solo te retienen el 19 % de la hacienda española. Si recibes un reparto de 100 € te retienen 19 y te ingresan 81.
yomais 24/09/24 20:39
Ha respondido al tema Subsidio especial para trabajadores eventuales del Reass mayores de 52 años
La cuenta bancaria compartida, individual o como sea no tiene nada que ver con poder cobrar el subsidio. Solo hay que cumplir los requisitos.
yomais 29/08/24 21:05
Ha respondido al tema Subsidio especial para trabajadores eventuales del Reass mayores de 52 años.
Usted y su marido están sometidos a dos límites de rentas sin incluir el subsidio, los 480 €:a) Un límite individual de cada uno: Ninguno de los dos puede ganar más de 1.1324 € x 12 pagas = 13.608 € al año aparte del  subsidio.b) Un límite conjunto entre los dos: Las ganancias conjuntas entre los dos, aparte del subsidio, no pueden superar los 1.134 € x 14 pagas x 2 personas = 31.752 € al año.Cada fuente de ingresos se valora según se explica en el enlace anterior.
yomais 17/08/24 17:13
Ha respondido al tema Tributación de deuda soberana no española
Yo también soy cliente de Auriga y te puedo confirmar que cobras el cupón completo y solo retienen el 19 % de la hacienda española. Si es así para los bonos de mi cartera (gubernamentales y corporativos extranjeros en € y $) también debe de ser, por extensión, para todos los bonos de Auriga.Después en el borrador de la declaración de la renta aparecen todos los datos en su lugar correspondiente. Tanto los intereses cobrados como las retenciones y la comisión de custodia.
yomais 28/02/23 00:28
Ha respondido al tema Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
Y poniendo en duda mi propia afirmación anterior. Una persona con, digamos, medio millón € por decir una cifra alta, en cuenta corriente que no da intereses y que de sobra tiene para satisfacer sus necesidades ¿Tendría derecho al subsidio a pesar de tener  ese dinero? Si le calcularan un rendimiento implícito del 3,25 % a esa cuenta sin remunerar ya se quedaría fuera del subsidio, que sería lo lógico.Lo que me lleva a pensar que  al dinero en cuenta corriente también le aplican un rendimiento implicito del 3,25 para evitar estos casos que podrían ser abusivos según mi opinión. 
yomais 27/02/23 23:54
Ha respondido al tema Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
Tema interesante y que intento resumir usando la terminología del sepe. Dinero en:- Cuentas corrientes sin intereses: rendimiento explícito del 0%. No suman nada al cálculo del tope máximo del sepe.-Cuentas corrientes y depósitos con intereses: rendimiento explícito del tipo de interés de la cuenta/depósito.-Fondos de inversión de acumulación renta fija y variable: rendimiento implícito del 3,25 % sobre el capital del fondo.-Fondos de inversión de distribución rf y rv: rendimiento implícito del 3,25 %  sobre el capital + el dividendo repartido.-Bonos, letras del tesoro: rendimiento explícito del tipo de interés de cada tipo de activo.¿Es correcto?
yomais 24/06/20 22:25
Ha respondido al tema A pagar 1.700 euros por cobrar 14.000 al año - Declaración de la Renta
Si tu no tienes que hacer la declaración de la renta por no estar obligado por supuesto que no la debes hacer de forma voluntaria por "dar la cara" por tu empresa. Faltaría más, y te digo el porqué....Mira, el gestor-administrativo de tu empresa sabe todo esto que estamos hablando y sabe muy bien por qué te retiene solo el 2% en tu nómina: sencillamente está haciéndole ganar dinero a tu empresa a costa de que lo paguéis los trabajadores a Hacienda de vuestro bolsillo. Tu empresa tiene 20 trabajadores, supongamos, y por lo que ganáis al año debería reteneros 1.500 € y pagarlos tu empresa a Hacienda. Pero en realidad os retiene 500 € anuales. ¿Cuanto gana tu empresa por cada trabajador cada año? = 1.000 €. Si lo multiplicas por 20 trabajadores son 20.000 € al año que tu empresa no paga a Hacienda. Y ahora el gestor se dice, o piensa: de los 20 que tengo en nómina,  15 harán la declaración de la renta y 5 no la harán. Esos 15 que hagan la declaración no serán un problema ya que pagarán ellos mismos la diferencia entre los 1.500 € que estoy yo obligado a retenerles y los 500 que realmente les retengo: tendrán que pagar 1.000 € de su bolsillo. Perfecto para la empresa pues ya se asegura ganar 15 x 1.000 €. Ahora bien, me quedan 5 trabajadores para los que Hacienda me va a reclamar 1.000 pavos por cada uno = 5.000 €. Los pagará cuando se los reclamen y listo. El saldo final a favor de tu empresa es 15 trabajadores x 1.000 € = +15.000 € de menos impuestos pagados, o sea, mayores ganancias. ¿Quien pierde? Los de siempre. Espero que entiendas el ejemplo pues es tal cual te lo cuento.