Yo creo que ya somos mayorcitos para leernos las condiciones de las cosas que contratamos.
La Caixa cobra un 0.4% por las transferencias, lo tiene perfectamente especificado en su libro de tarifas. Pues si contratamos el producto y encima aceptamos "regalos" con permanencia... en el pecado tenemos la penitencia.
https://portal.lacaixa.es/deployedfiles/particulares/Estaticos/pdf/general/2100e06d.pdf
Saludos,
Val
El 720 solo estabas obligado a presentarlo si el saldo a 31 de diciembre o el promedio del último trimestre de 2013 superó los 50.000 €. Si abriste en enero no tenías obligación de presentarlo.
Saludos,
Val
Ahora mismo (ver fecha de este post) la Compte Evolutif da un 2,25% TAE medio a 5 años.
https://www.cic.fr/fr/banques/professionnels/votre-quotidien/remunerer-vos-liquidites/compte-evolutif-CIC.html
Saludos,
Val
No hay absolutamente ningún problema.
Lo único que hay que hacer, aparte de declarar los intereses generados, es informar antes del 31 de marzo de la existencia de la cuenta si el saldo a 31 de diciembre (o promediado en el último trimestre) supera los 50.000 €
Saludos,
Val
Lo cierto es que para lo que se gastan en pensar las leyes ya podrían ser un poquito más claros en sus especificaciones.
Ahora resulta que la cantidad que un padre puede regalar a su hijo por su boda está sujeta al impuesto de donaciones solo si esta supera "los usos y las costumbres".
Los usos y las costumbres...¿de quién?, ¿de cuándo?
Saludos
Val