Tarsis2000
27/12/17 22:49
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Contabilidad del gasto por I. Sociedades
Efectivamente, el gasto por impuesto de sociedaddes, se debe incluir al cierre del ejercicio.mediante asiento 630 a 4752. Los beneficios contables, mediante aprobación de la Junta General, se determinará en el ejercicio siguiente (Julio).