T.toros
27/01/25 09:29
Ha respondido al tema Posible siniestro total
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COPIA DE LAS CC.GG. de mi poliza: INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL En el caso de pérdida total del vehículo (según la definición indicada en el Artículo preliminar – Definiciones), la indemnización por parte del asegurador se establece: a. En vehículos con antigüedad igual o inferior a dos años: la correspondiente al valor de nuevo del vehículo, con deducción del valor de los restos, siempre que se trate del primer propietario del vehículo. En el caso de que el vehículo haya sido transferido, la indemnización será la correspondiente a su valor venal mejorado, con deducción del valor de los restos. b. En vehículos con antigüedad superior a dos años: la correspondiente a su valor venal mejorado, con deducción del valor de los restos. Los elementos de mejora e instalación fija integrantes del vehículo a su salida de fábrica así como los accesorios declarados en póliza se indemnizarán como se indica en los párrafos precedentes. La franquicia pactada en póliza no se deducirá en los siniestros de pérdida total del vehículo asegurado. Asi que esta claro mi caso " ..."antigüedad superior a 2 años---" y no veo ninguna limitacion en otro sitio...