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Susuco

Se registró el 03/02/2026
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Susuco 06/04/26 12:33
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Bueno, pues nosotros ya hemos cobrado, así que resumo aquí nuestro caso por si le puede servir a alguien.  Mi padre fallece en 2023 y somos varios herederos.- Abril 2024: Al hacer la renta de 2023 de mi padre nos informan de la existencia de las mutualidades y nos devuelven el año 2023 en la campaña de renta. Simultáneamente solicitamos los años no prescritos 2019, 2020, 2021 y 2022.- Diciembre 2024: Se deja sin efecto esa primera solicitud y se va a cobrar año a año, por lo que cerramos la cuenta bancaria que teníamos en común los coherederos.- Junio 2025: Se cambia el criterio y se habilita el modelo DT2, que se presenta solicitando 2019, 2020, 2021 y 2022.-Septiembre/octubre 2025: recibimos los 4 acuerdos estimando la devoluciones y determinando las cantidades por cada año. En ellos se indican que no hay que hacer nada mas y que se pagara en la cuenta que pusimos en el DT2 (la mía particular pues como he dicho, ya no teníamos ninguna de todos los coherederos)- Enero 2026: como no tenemos noticias, pido cita presencial en Hacienda y me dicen que no hemos cobrado aún porque no hemos presentado el modelo H-100 con toda su documentación.- Febrero 2026: se presenta un único H-100 por importe total de las devoluciones e intereses, junto con escrituras adjudicación herencia, modificación del impuesto sucesiones donde aparecen las devoluciones, poder notarial de representación de los otros coherederos a mi favor en el que expresamente se me autoriza a recibir el dinero en su nombre, certificado titularidad de mi cuenta bancaria,... etc- mediados marzo 2026: Como no tengo noticias llamo al teléfono  91 554 87 70  solicitando información. Me toman nota y me citan para una llamada telefónica al día siguiente.- mediados marzo 2026: me llaman de hacienda, me dicen que toda la documentación ya les aparece presentada.. así que a esperar.- finales marzo 2026: recibimos la devolución de lo cuatro años en  12 pagos (3 por cada año, 1 de principal +2 de intereses).Saludos.
Susuco 11/02/26 08:45
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Buenas, el DT2 se presento en abril del 2025 (cuando se abrió el plazo general). Saludos
Susuco 06/02/26 11:33
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Buenas.. fue electrónicamente.. en la DEHU.. (creo). De todas formas, entrando en la web de la AEAT con mi certificado digital. ..actuando como representante de mi padre, con su Dni y su nombre, salen esos expediente y tambien estan las resoluciones. Saludos.
Susuco 03/02/26 12:14
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Buenos días, tras varios meses leyendo este hilo, me siento con la obligación "moral" de darme de alta para contar nuestra situación para ver si le puede ayudar a alguien (en especial, si son herederos como nosotros).Mi padre falleció en 2023 y al hacer la declaración del Irpf (abril 2024) nos comentaron lo de las mutualidades, por lo que  me di de alta como sucesor y nos abonaron el año 2023  junto con la renta .Posteriormente solicite los años 2019, 2020, 2021 y 2022 en el formulario que se dejo sin efecto. Como en ese momento se iba a devolver de año en año, cancelamos la cuenta bancaria que teníamos a nombre de todos los coherederos.Luego como sabéis,  dejaron sin efecto ese procedimiento y presente la solicitud DT2, recibiendo en octubre y en mi condición de sucesor, 4 resoluciones por cada año restante, detallando el importe del principal mas los intereses. Estando conformes con ellas, no se recurrieron.Llegado el 31 diciembre sin recibir ni el pago ni requerimiento alguno, a mediados de enero me presento en la AEAT y me dicen que claro, que no nos lo pagan porque no hemos presentado el modelo H-100 (que obviamente, no lo hemos presentado porque nadie nos ha dicho que teníamos que presentarlo).Así que nada, el otro día presentamos el H-100 con toda la documentación anexa (testamento, ultimas voluntades, Libro de familia, complementaria del impuesto sucesiones, escritura adjudicación herencia, poder de representación a mi favor, certificado titularidad cuenta bancaria...etc.Y así estamos al día de hoy, esperando que nos ingresen las cantidades.Así que nada, a los herederos con resolución y sin noticias, les recomiendo que se pasen por la AEAT porque muy probablemente, tendrán que presentar el h-100.Saludos
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