OK.... Había entendido un "superior un 100%" o "superior un 65%" en vez de "superior al 100%" y "superior del 65%". Tienes razón.
El problema está cuando cotice por debajo de 3,96... que no te darían nada y a los 5 años perderías incluso parte del capital.
El rango lo habrán establecido entre 6,11 y 3,96 porque saben que en algún trimestre es muy probable que esté por encima (que se cancelaría) o por debajo (que no cobrarías nada).
Nada nuevo bajo el sol... Otro estructurado que no merece la pena ya que cabe la posibilidad incluso de perder parte del capital si bajan mucho las acciones de Santander.
No veo muy probable que sus acciones aumenten un 65% en 5 años (menos que se dupliquen) y si lo viera probable, para eso compro directamente las acciones.
Con esas condiciones, tienes seguramente un bonito 0% TAE a 5 años.
Como mínimo tendrás que pagar la comisión por la venta. Lo mejor es que hables con tu mediador (en este caso CaixaBank) para que te digan a cómo saldría si los vendieras ahora en vez de esperar a Noviembre.
Han cambiado la web y ahora el link activo sería:
http://www.consum.es/sc-rentabilidad-info-legal
No sé mucho más de lo que ya comenté en su día, te recomiendo que te informes directamente con ellos:
"Para solicitar alguna información adicional pueden contactar con la persona responsable de Capital Social Voluntario de nuestro Departamento Financiero, a través del teléfono 96 197 40 00. El horario de atención al público es de 11:30 a 14:00 horas, y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes."
Suspendieron la cotización ayer:
http://www.diarioinformacion.com/economia/2011/12/10/cnmv-suspende-cotizacion-cuotas-cam/1200223.html
Y el Sabadell ya ha dicho que no valen nada.
Te refieres a esto?
http://www.consum.es/consum/static/invierte.shtml
Son participaciones y sólo las pueden suscribir asociados, socios trabajadores o socios consumidores.
Cada 6 meses varía el tipo de interés, y es el consejo rector el que decide a qué tipo estará. Y lo más importante:
"Reembolso de las participaciones:
Procedimiento en caso de baja en la Cooperativa.- Con una antelación mínima de 15 días, el socio o asociado remitirá carta al Consejo Rector comunicando su baja, y avisará telefónicamente a la persona responsable de Capital Social Voluntario. Una vez procesada dicha baja, se le hará efectiva la devolución de sus aportaciones.
Procedimiento sin necesidad de causar baja en la Cooperativa.- Existen dos posibilidades: a) Una vez transcurridos 3 años desde la suscripción, en cualquier momento, solicitándolo con 15 días de antelación a la persona responsable de Capital Social Voluntario, y firmando la solicitud de reembolso que se le facilitará; b) Antes del transcurso de 3 años desde la suscripción, en cualquier momento, mediante el procedimiento interno de transmisión de su aportación a otro socio o asociado, firmando la solicitud de transmisión y reembolsándose la aportación al solicitante en el plazo de 15 días.
Forma del reembolso.- únicamente mediante cheque nominativo cruzado.
Importe del reembolso.- En todos los casos se reintegra al interesado el valor nominal de su aportación más los intereses que se hayan devengado hasta la fecha de la devolución (descontada la retención legal), en función del tiempo que la aportación haya estado efectivamente en poder de la Cooperativa. "