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Renuncia al legado como vía de ahorro del Impuesto de Sucesiones [Ejemplo]
Buenas Alberto!Gracias por la resolución. Está claro que el art. 27 determina la igual particion en todos los herederos a efectos del ISD, con independencia de las adjudicaciones efectivas realizadas. Y así se ha de rellenar en el programa de ayuda.En el ámbito de la normativa Estatal, la bonificacion se aplica a todos los herederos que cumplan la condición, como bien expones.En Catalunya, el tema es distinto: sólo lo puede aplicar quien efectivamente se adjudique el bien, y aplicará la reducción no en su totalidad, sino en la parte proporcional en que se le haya adjudicado testamentariamente.La cuestión ya fue elevada al TS, por si resultaba discriminatoria, y se argumentó que no.Te paso enlace.https://www.tottributs.com/2019/04/reduccion-por-vivienda-habitual-y-empresa-familiar-en-cataluna/#more-3473Gracias por contestar, saludos!