Ramebra
14/05/20 05:52
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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en cada Comunidad Autónoma
Buenos días Lorena,Me gustaría hacerte unas preguntas que me hacen dudar, y quiero ponerlas al día sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas. Vaya por delante que soy de Madrid. Mi caso es que tengo un piso alquilado, es decir, soy el arrendador. Quisiera decir que este año me acabo de enterar de que el arrendatario es el obligado a presentar y liquidar el impuesto. el donde y como pagar me ha quedado claro, o eso creo, pero tengo las siguientes dudas, porque encima mi inquilino se entera menos que yo y pasa de todo, aunque si yo le hago entrar en razón sin ningún problema. Lo que quiero es hacer las cosas bien.1.- ¿Me afecta a mí el que el arrendatario no liquide este impuesto?. Quisiera añadir que mi inquilino es mayor de 35 años. 2.- Yo, por supuesto meto mi alquiler en el IRPF. En su día hice el trámite de la fianza en el Ivima.3.- Mi inquilino, nunca ha satisfecho el impuesto.4.- Lo tengo alquilado desde 2013, y en el contrato pone que pasados 5 años se prorrogará cada año hasta un máximo de 3, que es lo que pasará si no ocurre nada extraño. En este momento haremos un contrato nuevo. por lo tanto este contrato realmente en teoría finalizará en 2021.5.- ¿Está obligado mi inquilino a pagar este impuesto a pesar de ser mayor de 35 años y no poder deducírselo?.6.- Debería liquidarse este impuesto con carácter retroactivo?, ¿o este año liquidar los dos años que teóricamente quedan de contrato juntos?, o ¿el actual y al año que viene el correspondiente, ya que se auto renueva el contrato como he dicho antes anualmente?.7.- añadir que la renta anual es de 3.900 €/ en la actualidad, y que durante los primeros años de 4.800 €/año. pongo estos datos porque he leído que aunque estuviera exento (que no lo se), es obligatorio presentarlo, aunque no se pague nada.Muchísimas gracias de antemano.