Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Pardillo619

Se registró el 26/05/2023
337
Publicaciones
152
Recomendaciones
18
Seguidores
1.649
Posición en Rankia
583
Posición último año
Pardillo619 10/03/26 20:04
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Gracias Maki por estar y seguir....y a otr@s tantos, asimismo.https://www.facebook.com/SpanishRevolution/videos/nuestro-homenaje-a-jos%C3%A9-luis-sampedro/1606294756125986/"Y hazlo entregado a eso y en solidaridad con los demás, porque sin los demás, no somos nadie...." 
Pardillo619 03/03/26 13:00
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 "La justicia rechaza que Cox integre en Abengoa activos por 53 millones de una filial en favor de los acreedores......." https://cincodias.elpais.com/companias/2026-03-02/la-justicia-rechaza-que-cox-integre-en-abengoa-activos-por-53-millones-de-una-filial-en-favor-de-los-acreedores.htmlRiquelme y Botina, no habéis usurpado bastante y aún queréis más...Cox no levanta cabeza en bolsa... Puro paripé. Seguramente puede que sea una de las razones por las que se suspendió la vista del 18-21 noviembre ´25. El juez aplaza sin fecha la vista para declarar si el concurso de Abengoa fue culpable o fortuito https://www.elconciso.es/empresas/juez-aplaza-fecha-vista-declarar_0_2005224164.html  El juez aplaza sin fecha la vista para declarar si el concurso de Abengoa fue culpable o fortuito"La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla suspende la vista prevista para noviembre y todos los trámites de la pieza de calificación 
Pardillo619 17/02/26 21:14
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Esta es nuestra página web:https://www.abengoa373.com/ https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true "El que lucha puede perder, pero el que no lucha ya ha perdido" La verdadera derrota no es fracasar en un intento, sino dejar de intentar por completo ."Si no luchas por lo que quieres, no te lamentes por lo que pierdes". «La esperanza no es la convicción de que las cosas saldrán bien, sino la certidumbre de que algo tiene sentido, sin importar su resultado final» Václav Havel ¡Vamos compañer@s, no nos vamos a rendir!
Pardillo619 11/02/26 13:09
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Respuesta recibida hace unos minutos del Ministerio de economía, que os copio más abajo.Se agradecería que los afectados accionistas, también se dirigiesen a dicho ministerio y expongan sus comentarios/quejas/sugerencias, bien a través del email siguiente:informacion.general@economia.gob.eso mediante el Registro general:https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoGeneral.html_________________________________________________________________________________ De: Información.General <informacion.general@economia.gob.es>Enviado: miércoles, 11 de febrero de 2026 12:50Para: j. m. p. s.Asunto: RE: Solicitud aplicación del art. 373 ley sociedades de capital. Composición del capital social.Estimado Sr. Pxxxx:En relación con su comunicación recibida y los antecedentes que menciona, le ofrecemos nuestras más sinceras disculpas por la demora en la emisión de una respuesta definitiva por parte de esta unidad.Hemos reiterado su consulta a la unidad responsable para que le faciliten una respuesta lo antes posible. Atentamente,Área de InformaciónSubdirección General de ComunicaciónSubsecretaríaMinisterio de Economía, Comercio y EmpresaEl contenido de este correo tiene mero carácter informativo y no constituye una interpretación oficial de la normativa vigente.Emails remitidos ayer 10/02/26 que publiqué en el foro:De:  j. m . p . s. Enviado el: martes, 10 de febrero de 2026 20:42Para: Información.General <informacion.general@economia.gob.es>Asunto: RV: Solicitud aplicación del art. 373 ley sociedades de capital. Composición del capital social.Buenos días.  Hasta el momento, desde el 3 de julio´24 que primeramente me respondieron, dicha unidad correspondiente, no se ha puesto en contacto con el que suscribe, amén de que como ustedes indicaron acertadamente el 19 marzo´24:  "dicha empresa figura en liquidación, luego podrían haberse producido eventos que hayan alterado la composición del capital social", lo cual ya les he razonado con anterioridad en mis comunicaciones.........  "El verdadero tesoro del hombre es el tesoro de sus errores" (José Ortega y Gasset)  Nunca es tarde si la dicha es buena........   Atentamente, J. M. P. S.Promotor iniciativa aplicación art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A 
Pardillo619 10/02/26 20:18
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Os copio nuevo escrito dirigido al Ministerio de economía.Próximamente, se remitirá otro al Defensor del Pueblo Europeo.Buenos días.  Hasta el momento, desde el 3 de julio´24 que primeramente me respondieron, dicha unidad correspondiente, no se ha puesto en contacto con el que suscribe, amén de que como ustedes indicaron acertadamente el 19 marzo´24:  "dicha empresa figura en liquidación, luego podrían haberse producido eventos que hayan alterado la composición del capital social", lo cual ya les he razonado con anterioridad en mis comunicaciones. Ustedes me han comunicado manidamente en varias ocasiones que: " Damos traslado de su consulta a la unidad correspondiente desde la que le facilitarán una respuesta en el menor plazo posible".  De: Información.General <informacion.general@economia.gob.es>Enviado: miércoles, 3 de julio de 2024 17:37Para: jmpsAsunto: RE: Solicitud aplicación del art. 373 ley sociedades de capital Estimado Sr. Pxxxx Sxxxxxxx Le comunicamos que hemos dado traslado de su consulta y observaciones a la unidad correspondiente.Atentamente,Área de InformaciónSubdirección General de ComunicaciónMinisterio de Economía, Comercio y Empresa  Todavía no tenemos respuesta...........  A tenor de su contestación, proveniente del jefe de área de la Subdirección de comunicación del Ministerio de Economía, Pedro Marín García, les corresponde y compele el RESEÑAR a cuánto asciende el susodicho capital social, -por los motivos que ya se les han enunciado y acreditado, dimanantes de la información que me sugirieron, proveniente de la CNMV, Registro, y no del ciudadano-accionista-afectado -solicitante, y que esta parte, aun así, ya les ha argumentado. Se podría calcular a cuánto asciende esa quinta parte de capital social, -si es que éste existía-, ergo, en aras de cumplir, en parte, con uno de los requisitos que marca la normativa del art. 373 de la ley de sociedades de capital, debiendo ser confirmado por una fuente oficial, como es el órgano competente:  Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, y en concreto,  la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, la cual ha marcado los requisitos para poder incoar el expediente. Finalmente, me dirigí vía Registro Electrónico General (adjunto archivo), para requerirles lo mismo, tal y como ustedes me indicaban (adjunto archivo). ¿Me pueden argumentar el porqué de este continuo y prolongado retraso e ignorancia ante lo solicitado? Desafortunadamente, a posteriori, por la falta de concreción solicitada respecto a la cuantía del capital social de Abengoa y el requerimiento de que el gobierno se adhiera a nuestra iniciativa, la adjunta II del Defensor del Pueblo, Patricia Bárcena García, nos ha salido "botinera" y menoscaba con desfachatez supina, la institución para la que "trabaja", con un desprecio absoluto a los ciudadanos afectados, que en definitiva somos todos los contribuyentes que pagamos su sueldo. Asimismo, vulnera la ley descaradamente, ya que ante mi solicitud de copia del expediente iniciado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en donde se constataban por éste todos los procedimientos y gestiones efectuadas con anterioridad ante el Ministerio de Economía; sorprendentemente, han desaparecido parte de las mismas, argumentándoseme por un gestor telefónico, que todo estaba registrado y que se estaban realizando trabajos informáticos de mantenimiento. Para mayor inri, dicha individua me contesta recientemente el 11/12/2025: "que no se encuentra previsto que el Defensor de Pueblo deba remitir a los interesados las diligencias telefónicas que realice, si ese fuera el caso, en el marco de las actuaciones de investigación de un expediente"¡Alucinante!Acorde a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565en su  Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas,  se reseña en su punto d y siguientes:d) Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico  e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.(se me gritó por uno de sus funcionarios, -son parte de esta cierta casta-gentuza acomodada-  que vive muy bien en la administración a costa de tod@s y sin supervisión alguna. Así se "funciona" en este país, por requerírseles el porqué del retraso en contestarnos, a pesar de estar grabada la conversación)f) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente.(se van a requerir ante los organismos pertinentes). Estos derechos se entienden sin perjuicio de los reconocidos en el artículo 53 referidos a los interesados en el procedimiento administrativo.Si somos un estado de Derecho como van proclamando, demuéstrenlo.Porque sus actuaciones son propias del derecho del estado, un ejemplo de arbitrariedad,  cercenamiento de derechos e inseguridad jurídica que somete al pueblo.El ciudadano ya está cansado y harto de tantos reiterados insultos a su inteligencia por las peroratas insostenibles de las que hacen gala,  y las elecciones autonómicas, así se lo van acreditando.Copio enlace para su información, que flagrantemente se ignora, tanto por ustedes como por el Ministerio de Hacienda (adjunto archivo).https://ibidem.com/es/la-administracion-no-debe-responder-con-silencio-al-ciudadano/Finalmente, díganle al señor ministro Carlos Cuerpo, a qué espera para implementar la  Autoridad de defensa del cliente. Palabras preciosas y nulos hechos.Ya se nos ha expoliado impunemente como accionistas de Abengoa, y seguimos muchos de nosotros, padeciendo comisiones de mantenimiento en la cartera de valores por una empresa que se encuentra en liquidación sine die y excluida de cotización.Claro, claro, y así se nos va aleccionando incansablemente de que España va como un tiro, y que los datos macro......., y los bancos sin todavía pagar la deuda pública pero con grandes beneficios, los alquileres por las nubes y los bancos poseedores de miles de pisos vacíos.....y blablabla. https://portal.mineco.gob.es/es-es/comunicacion/Paginas/autoridad-defensa-cliente-financiero.aspxhttps://datosmacro.expansion.com/deuda/espanahttps://www.publico.es/economia/grandes-beneficios-pocos-impuestos-cuidado-accionistas-asi-2025-banca-espanola.html "El verdadero tesoro del hombre es el tesoro de sus errores" (José Ortega y Gasset) Atentamente, J.M.P.S.  Promotor iniciativa aplicación art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A 
Pardillo619 03/02/26 19:56
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Gracias, por vuestra confianza, apoyo,  por sumaros a la iniciativa de aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544 ¿En qué consiste el Artículo 373 de la L.S.C.? Autorización de intervención: La norma faculta al Gobierno para acordar la continuidad de una sociedad anónima en determinados casos, incluso si esta se encuentra en un proceso de disolución.Motivaciones: La intervención se justifica si existe un interés social o económico nacional que haga conveniente que la sociedad continúe operando.Instancia de solicitud: La solicitud puede ser presentada por accionistas que representen, al menos, una quinta parte del capital social, o por el personal de la empresa.Forma de la decisión: El Gobierno debe emitir un real decreto para ordenar la intervención, y en él debe concretar la situación y el plan de continuación de la sociedad.Ámbito de aplicación: Se aplica a las sociedades anónimas. Sin vosotros esto no sería posible.No importa cuántas acciones tengáis, todo suma. Continuamos con las adhesiones.Juntos somos más fuertes.Gracias una vez más por estar aquí y demostrar que frente al abuso y el latrocinio, por intentar callarnos, siempre habrá quienes decidan no quedarse de brazos cruzados. Os reitero nuestro agradecimiento por vuestra solidaridad, fuerza y dignidad.¡Gracias por estar y gracias por seguir!https://www.abengoa373.com/https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true 
Pardillo619 13/01/26 12:54
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 "El laudo por las renovables abre un nuevo conflicto en Abengoa....Abengoa debe valorar si vuelve a pleitear con España por las primas a la renovables o busca una relación conciliadora con el Gobierno en pro de desbloquear el rescate de la SEPI ...Abengoa movió ficha ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo y este ha sido claro en su respuesta: no es competente para dirimir sobre el laudo abierto y el Tribunal de Estocolmo condenó a costas a la compañía sevillana, con unos 6 millones de euros. Es decir, la puerta está abierta para que Abengoa siga litigando, algo que ya analiza el despacho de abogados Cuatrecasas, que representaba a Abengoa en el laudo..."https://www.finanzas.com/mercado-continuo/abengoa-el-laudo-por-las-renovables-abre-un-nuevo-conflicto.htmlLa Justicia belga bloquea a España 482 millones por los laudos de las renovableshttps://www.vozpopuli.com/economia/empresas/la-justicia-belga-embarga-482-millones-a-espana-por-la-deuda-con-los-fondos-renovables.htmlLa Justicia belga ha bloqueado 482 millones de euros a España, dentro de la batalla legal abierta por el recorte retroactivo de las primas a las renovables que aplicaron los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy.Leer más: https://www.europapress.es/economia/legal-00345/noticia-justicia-belga-bloquea-espana-482-millones-laudos-renovables-20260113082956.htmlhttps://www.eleconomista.es/energia/noticias/13724511/01/26/la-justicia-belga-bloquea-482-millones-a-espana-por-el-impago-de-las-primas-a-las-renovables.htmlhttps://www.libertaddigital.com/libremercado/2026-01-13/belgica-embarga-482-millones-a-espana-por-los-impagos-de-sanchez-a-las-renovables-7342527/https://www.libertaddigital.com/libremercado/2025-11-13/la-lista-de-organismos-publicos-espanoles-que-estan-en-peligro-por-los-impagos-de-sanchez-a-las-renovables-7319444/
Pardillo619 12/01/26 02:42
Ha recomendado Re: Subidón de la luz en enero 2026 de más del 15% (más IVA) propuesto por el PSOE de Zackary
Pardillo619 12/01/26 02:41
Ha recomendado Re: Subidón de la luz en enero 2026 de más del 15% (más IVA) propuesto por el PSOE de Juan1980
Pardillo619 10/01/26 13:05
Ha respondido al tema Subidón de la luz en enero 2026 de más del 15% (más IVA) propuesto por el PSOE
 O sea, que hay que tragar.....Pues no, si quisiéramos!Por ejemplo, devolver los recibos de la luz todos juntos, instruyendo al banco, aunque fuese sólo una vez, y tuviésemos que pagarles una mínima tasa por la gestión de devolución, pero.....los sindicatos apesebrados en este país y otros actores, están al servicio de las subvenciones y demás prebendas que reciben de los políticos, lobbies....  https://www.youtube.com/watch?v=pb3_AGEogUMMinuto 21,48:" Reeducar a la gente...deberían reeducarnos para arriesgarnos por nuestra cuenta...pero estamos educados para no tener independencia y para ser sumisos y para ser buenos borregos..."  Minuto 44,03:"¿Qué ha pasado con el derecho internacional?El derecho internacional está hecho polvo....estamos en la barbarie....la destrucción de los valores...el ataque a Irak...derecho de lesa humanidad.....La nave de los locos." La Constitución Española permite la intervención pública en la empresa privada bajo ciertas condiciones, principalmente a través del Artículo 38 (libertad de empresa en economía de mercado, que no es absoluta) y el Artículo 128 (interés general y reserva de recursos esenciales), justificando la intervención estatal por la ley para proteger la productividad, la economía general o en casos de monopolio, siempre con respeto al contenido esencial de los derechos de propiedad y libertad de empresa, y mediante procedimientos legales y garantistas, no arbitrarios.  La Constitución española de 1978:Artículo 128Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general. Artículos ClaveArtículo 38 (Libertad de empresa): Reconoce la libertad de empresa en la economía de mercado, pero establece que los poderes públicos deben garantizar su ejercicio y defender la productividad, pudiendo regularla por ley y protegerla contra vulneraciones.Artículo 128 (Intervención pública):Reconoce la iniciativa pública en la economía.Permite reservar al sector público recursos o servicios esenciales (especialmente monopolios).Autoriza la intervención de empresas cuando el interés general así lo exija, siempre mediante ley. Límites y GarantíasNo es un derecho absoluto: La libertad de empresa debe ser modulada y no es ilimitada, encontrando límites en la defensa de la competencia y el interés general.Reserva de ley: Cualquier intervención o limitación debe ser establecida por ley, no por decreto-ley (salvo excepciones) y debe respetar el contenido esencial del derecho.Interés General: La intervención debe estar justificada por el interés general y ser proporcionada, evitando intervencionismos arbitrarios u oportunistas.  La Constitución establece un equilibrio: defiende la empresa privada como motor económico pero permite al Estado intervenir legítimamente para dirigir la economía hacia fines sociales o estratégicos, siempre bajo un marco legal estricto y respetando los derechos fundamentales. 
Pardillo619 10/01/26 12:55
Ha recomendado Re: Subidón de la luz en enero 2026 de más del 15% (más IVA) propuesto por el PSOE de Juan1980
Pardillo619 10/01/26 12:55
Ha recomendado Re: Subidón de la luz en enero 2026 de más del 15% (más IVA) propuesto por el PSOE de Juan1980
Pardillo619 05/01/26 18:47
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
¡Ay Abengoa, como nos sigues doliendo!Una más de tantas:https://www.rtve.es/noticias/20181127/cnmv-multa-a-borrell-con-30000-euros-por-vender-acciones-abengoa-con-informacion-privilegiada/1844141.shtmlMuchos afectados, prefieren sentarse en el sillón, sin hacer nada, quejándose y tragando quina, viéndolas venir. Evidentemente, si obtenemos algo, se sumarán entonces a la causa, aunque puede que ello sea demasiado tarde... Son presas del miedo...…¡Virgencita, que me quede como esté! La solidaridad , palabra que desconocen, brilla por su ausencia. Y eso que han sido vilipendiados como todos los inversores por las autoridades administrativas-políticas, bancarias e incluso judiciales con la ayuda de los medios de persuasión, (redes sociales, tv, prensa, radio) como acertadamente apunta J. Luis Sampedro en otra entrevista que os copio en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=pb3_AGEogUM Minuto 21,48:" Reeducar a la gente...deberían reeducarnos para arriesgarnos por nuestra cuenta...pero estamos educados para no tener independencia y para ser sumisos y para ser buenos borregos..."Minuto 44,03:"¿Qué ha pasado con el derecho internacional? El derecho internacional está hecho polvo....estamos en la barbarie....la destrucción de los valores...el ataque a Irak...derecho de lesa humanidad.....La nave de los locos."Para rematar la jugada que ya se anticipaba por el señor Sampedro, aquí tenemos al nuevo líder de la "causa capitalista".....Huelga comentar lo ocurrido en Venezuela estos días....y no me gusta ser agorero, pero como no le paremos los pies a este elemento, habrá que atarse los machos. Trump elogia a Ana Botín en Davos: "Conozco muy bien tu banco. Has hecho un fantástico trabajo".......También ha asegurado que “esos países” a los que ha impuesto aranceles, y que están tratando de responder de manera acorde, en realidad le están “llamando” desesperado y le están “besando el culo” con tal de lograr un acuerdo. ¡Vaya, vaya! Claro, claro, así de contentos están sus accionistas después del saqueo padecido en el extinto banco Popular y en Abengoa, entre otros tantos y por ende, suculento beneficio en los fondos de inversión americanos:https://www.abc.es/economia/trump-felicita-ana-patricia-botin-excelente-trabajo-20250123185425-nt.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.google.com%2FComo siempre, con sus grotescos pañuelitos al cuello. ¿Pero no tiene asesores de imagen para algo, a los que ya hemos pagado con creces?Aunque, bien pensado,  "Aunque la mona se vista de seda, mona se queda" https://www.revistavanityfair.es/articulos/elogio-de-donald-trump-a-ana-botin-en-davoshttps://es.finance.yahoo.com/quote/MORN/holders/
Pardillo619 31/12/25 21:54
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
A nosotros nos han dado por el ojal....quienes luego, van a besárselo; además de los que ya estaban antes, como el De Guindos...el sé fuerte Luis.(Rajoy) ....https://www.vozpopuli.com/economia/josep-pique-multado-abengoa.html"El ministro, que no se ha cansado de señalar que "es un proyecto empresarial viable e importante"https://valenciaplaza.com/valenciaplaza/de-guindos-lo-tiene-claro-abengoa-volvera-a-ser-una-empresa-importante-para-espanahttps://www.eldiario.es/economia/grandes-explicacion-luis-guindos-financiera_1_2901796.htmlhttps://www.20minutos.es/noticia/2615665/0/guindos-cifra-415-millones-exposicion-publica-abengoa-cree-que-hay-que-saber-su-situacion-real/Porque este bipartidismo es malvado, corrupto y PRESUNTAMENTE delictivo. Esto es el estado de derecho que proclaman  sin tapujos.Ellos se lo guisan y luego se lo comen..... y a nosotros nos dan las migajas.https://www.economiadigital.es/economia/carlos-cuerpo-viaja-a-eeuu-para-reunirse-con-el-gobierno-de-trump-tras-la-visita-de-sanchez-a-china.htmlhttps://www.eldiario.es/internacional/trump-asegura-paises-le-besando-culo-negociar-aranceles_1_12204645.html La Botina estará contenta, las acciones han subido más de un 100% este año que termina. Huelga decir que el Satander es un "banco" que en su mayoría, los accionistas son estadounidenses.  Se lo habrá besado a Trump....?  Adivina adivinanza...Hagan porras señor@s.Buen negocio: "compra" por 1 EURO del banco Popular (300.000 afectados, Abengoa 90.000,. Banesto...)https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-Accionistas-Vivir-permanente-angustia_0_1542447927.htmlDoctrina Botín, ancha es Castilla....................................https://www.hayderecho.com/2016/05/09/emilio-botin-ausbanc-y-los-accionistas-del-santander-o-de-la-oligarquia-al-capitalismo-responsable/https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/10682-la-accion-popular-limitaciones-a-su-ejercicio-la-ldquo;doctrina-botinrdquo;-el-ldquo;caso-atutxardquo;-y-la-aplicacion-al-ldquo;caso-noosrdquo;/https://es.investing.com/equities/banco-santander-ownershipSeguidamente, aquí tenéis a parte......., de los impresentables responsables del ninguneo de nuestra reivindicación:Israel Arroyo Martínez, Secretario de Economía y Apoyo a la Empresa, que es la unidad del ministerio adonde se dirigió el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo repetidamente, ya que "pasaban olímpicamente" de responderle, y sigue, AHORA, sin contestarnos. Es un derecho fundamental a que la Administración Pública te responda a tus peticiones y recursos, de forma expresa, fundada, motivada y en plazo, según la Ley 39/2015 (LPACAP) y la Constitución Española,El tal Israel,  ignora nuestros reiterados requerimientos, en orden a conocer la composición del capital social de Abengoa para cumplir con los requisitos del ministerio en donde gestiona y se nos ha pedido para iniciar el expediente, que poseamos la quinta parte del capital social. Si no nos los indica, no podremos llevarlo a cabo obviamente. Tal vez, habrá que preguntarle al jardinero del Museo del Prado... Asimismo,  la Adjunta II del Defensor del Pueblo, Patricia Bárcena García, la cual nos comunicó con una DESCHATEZ SUPINA que:"Aun cuando usted ha presentado esa instancia ante la Dirección General de Patrimonio como interesado, la solicitud que formula en ella no se encuentra comprendida dentro de la esfera de las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos." Pero si se nos mangonean más de 400 millones de nuestros impuestos a los administrados, para financiar al banco de Santander y demás acreedores de Abengoa, además de actualmente a COX Abengoa, para proseguir con el infame expolio que prontamente será denunciado ante las instancias europeas (Defensor Pueblo Europeo, Fiscalía Europea....)OS PASO ENLACE DONDE COMPROBARÉIS LA DESVERGÚENZA QUE ATESORA DICHA INDIVIDUA. Vaya Jeta. Aquí podéis consultad la información vertida:https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/1837422-abengoa-levanta-vuelo?page=9435https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/1837422-abengoa-levanta-vuelo?page=9433https://www.eldiario.es/euskadi/referentes-en-femenino/patricia-barcena-adjunta-segunda-defensor-pueblo-hay-denunciar-injusticias-instituciones-servir-ciudadanos_128_11992409.html"Hay que denunciar las injusticias. Las instituciones están para servir a los ciudadanos”“Si las normas que están en vigor generan situaciones injustas deben ser modificadas. Hay que transformar el Derecho con lo que demanda la sociedad y con las necesidades de las personas”,"Pagamos a la Administración con nuestros impuestos, por lo tanto, como ciudadanos, tenemos que exigir que nuestros derechos se cumplan" Os dejo frases de grandes personas influyentes en la humanidad y no la mierda de los nuevos influencers,  reciente caterva de las redes sociales que alienan y polarizan desgraciadamente, al servicio de los lobbies que controlan y pululan hoy en día.Pueden ayudarnos y motivar en nuestra batalla.Como decía nuestro querido J.L.Sampedro:" las batallas de la vida hay que darlas, se ganen o se pierdan"https://www.google.com/search?q=J.L.Sampedro&rlz=1C1YTUH_esES1059ES1059&sourceid=chrome&ie=UTF-8#fpstate=ive&vld=cid:2d847a9f,vid:gexJB13ZCVs,st:0https://www.youtube.com/watch?v=1Fcd9CKt7lcNos han expoliado nuestro patrimonio, pero NUNCA nuestra DIGNIDAD.  Siempre parece imposible hasta que se hace (Nelson Mandela)  Solo en la oscuridad puedes ver las estrellas (Martin Luther King)  La paciencia es agria, pero su fruto es dulce (Jean-Jacques Rousseau)  La vida no es esperar a que pase la tormenta, sino aprender a bailar bajo la lluvia. (Vivian Greene)Vamos a transformar la indignación en acción y la solidaridad en esperanza . Ánimo compañer@s, continuaremos con nuestra reivindicación vigente en la normativa de la Ley de sociedades de capital, en su art. 343, que ha sido aceptada por el gobierno, el cual ha marcado los requisitos para incoar el expediente.Seguimos con las adhesiones. https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueEsta es nuestra página web:https://www.abengoa373.com/ Ni olvidos ni silencios.Eso, sí, algunos bancos y entidades financieras nos siguen cobrando comisiones de mantenimiento por una acción, que está excluida de cotización. De eso no se olvidan, pero la CNMV se lo pasa por el forro:https://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Guias/guia_PI.pdf¿Y esto ocurre en un Estado de Derecho?¿El derecho de pernada de la banca, todavía en el siglo XXI?¡Todos los compañer@s que estamos en el mismo barco, os deseamos salud, resiliencia y esperanza.!Gracias por estar y gracias por seguir. Precioso tema para desconectar de la estafa sufrida en Abengoa.https://www.youtube.com/watch?v=eif_8yA2WhA
Pardillo619 28/12/25 17:02
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Cometí un error. El mínimo histórico fue el 2 de mayo´2025, cerrando a 8€.Lo podéis comprobar en el enlace siguiente, introduciendo las fechas que deseéis:https://www.expansion.com/mercados/valores/coxabggroup_M.COXG/historicos.html
Pardillo619 28/12/25 02:06
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Ya empiezan los recortes de personal que, eufemísticamente denominan  plan de salidas incentivadas, jajajajaja......."giro estratégico viene acompañado de una reestructuración de la plantilla, que actualmente ronda los 10.000 empleados en todo el mundo. En los próximos días, alrededor de 200 trabajadores abandonarán la compañía mediante un plan voluntario de bajas incentivadas.... Desde el entorno de la empresa se insiste en que se trata de una renovación generacional..." https://www.andaluciainformacion.es/articulo/andalucia/veterano-abengoa-toma-riendas-latinoamerica-plena-reordenacion-interna-cox/202512251311043187259.htmlCox Abengoa no levanta cabeza, salió a bolsa en noviembre de 2024, debutando en el Mercado Continuo español tras haberse adjudicado los activos de la quebrada Abengoa en 2023, fijando el precio de salida en 10,23 euros por acción, aunque con una valoración por debajo de lo esperado inicialmente....Hoy cotiza a 9,50€.  https://www.intereconomia.com/noticia/mercados/cox-debuta-en-bolsa-sin-apenas-cambios-sonre-el-precio-minimo-de-colocacion-20241115-1814/https://www.hispanidad.com/economia/cierre-mercado/mercado-desconfia-cox-95-ingresos-son-ex-abengoa_12055031_102.htmlhttps://www.economiadigital.es/empresas/cox-bolsa-litigios.html Los únicos que compran títulos, son los propios dueños: Riquelme, Botina, etc.Han tenido que aumentar su participación, porque sólo había ventas para mantener la cotización...Ha tocado los 8,91€, mínimo histórico.Si no fuera por ellos, ya se habría derrumbado.De hecho, los litigios en curso por demandas a las unidades productivas de Abengoa adquiridas rondan los 359 millones....https://www.europapress.es/economia/noticia-banco-atlantida-inicia-pleito-contra-cox-energy-incumplimiento-devolucion-prestamo-20230328191033.htmlhttps://www.abc.es/sevilla/economia/sevi-razones-gobierno-central-no-rescatado-grupo-abengoa-202206271412_noticia.html 
Pardillo619 22/12/25 12:19
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 "Todas las causas contra la gestión en la etapa de Felipe Benjumea han quedado en nada y sigue pendiente la querella contra la era de Gonzalo Urquijo.... "La semana pasada, la Audiencia de Sevilla avaló el archivo y corroboró que faltaban “indicios objetivos y racionales de criminalidad”. Conclusión judicial: no hubo base suficiente para continuar el procedimiento penal. Tercera exoneración.""Sobre esta etapa hubo también una acción judicial en sentido contrario: Benjumea e Inversión Corporativa, el vehículo inversor de los accionistas históricos de Abengoa, llevaron a la jurisdicción civil su controversia con la banca por la fallida ampliación de capital de 2015: reclamaron 1.000 millones de euros a Santander y HSBC. La Audiencia Provincial de Madrid desestimó la demanda por ausencia de relación contractual directa, aunque en diciembre de 2023 el Tribunal Supremo admitió un recurso para revisar el pronunciamiento y está pendiente de resolución." " A la iniciativa penal de IC se sumaron más de un centenar de accionistas minoritarios. La causa, de gran complejidad y que afecta a miles de personas en toda España, sigue instruyéndose. "https://mailchi.mp/grupojoly.com/desbroce-judicial-abengoa?e=2fcbbea9d1
Pardillo619 15/12/25 19:24
Ha recomendado Re: Análisis de Tubos Reunidos (TRG) de Camionero
Pardillo619 13/12/25 20:30
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Gracias, por vuestra confianza y apoyo, gracias por sumaros a la iniciativa de aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544 ¿En qué consiste el Artículo 373 de la L.S.C.? Autorización de intervención: La norma faculta al Gobierno para acordar la continuidad de una sociedad anónima en determinados casos, incluso si esta se encuentra en un proceso de disolución.Motivaciones: La intervención se justifica si existe un interés social o económico nacional que haga conveniente que la sociedad continúe operando.Instancia de solicitud: La solicitud puede ser presentada por accionistas que representen, al menos, una quinta parte del capital social, o por el personal de la empresa.Forma de la decisión: El Gobierno debe emitir un real decreto para ordenar la intervención, y en él debe concretar la situación y el plan de continuación de la sociedad.Ámbito de aplicación: Se aplica a las sociedades anónimas. Sin vosotros esto no sería posible.No importa cuántas acciones tengáis, todo suma. Continuamos con las adhesiones.Juntos somos más fuertes.Gracias una vez más por estar aquí y demostrar que frente al abuso y el latrocinio, por intentar callarnos, siempre habrá quienes decidan no quedarse de brazos cruzados. Os reitero nuestro agradecimiento por vuestra solidaridad, fuerza y dignidad.¡Gracias por estar y gracias por seguir!https://www.abengoa373.com/https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true 
Pardillo619 18/11/25 18:42
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 18/11/25 13:20
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 18/11/25 01:33
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
El juez aplaza sin fecha la vista para declarar si el concurso de Abengoa fue culpable o fortuito"La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla suspende la vista prevista para noviembre y todos los trámites de la pieza de calificación  IC argumenta que los consejos de administración que dirigieron la empresa tras la destitución forzosa de Benjuema a instancias del Banco de Santander, según declaró probado en sentencia firme la Audiencia Nacional, actuaron de forma desleal, agravando la insolvencia y causando perjuicios a la sociedad y a los accionistas minoritarios. Además, IC también pedía que se culpabilizase del concurso culpable al administrador de las sociedades instrumentales creadas en la primera reestructuración Christian Anders Digemose, que consideran que actuó como "administrador de hecho" del grupo Abengoa, en nombre de los principales acreedores, para realizar dos reestructuraciones únicamente encaminadas a conseguir que esos mismos acreedores tuviesen el mínimo impacto posible y la sociedad quedase liquidada, como sucedió.... Por el camino, los acreedores que se adjudicaron la mayoría de las acciones en la primera reestructuración financiera ejecutada en 2017, vendieron sus participaciones a decenas de miles de accionistas minoritarios que quedaron atrapados –de hecho aún siguen– y perdieron toda su inversión.SABB, por su parte, coincide en lo sustancial, ya que en su escrito de petición de calificación de concurso culpable señaló que Abengoa se encontraba en estado de insolvencia desde 2015 y que los dos planes de reestructuración que hizo el grupo fueron una "ficción" que solo sirvió para retrasar la presentación del concurso de acreedores y "agravar seriamente el estado de insolvencia de Abengoa, en detrimento de sus activos..........".  Consecuencias de una calificación culpable"Si el concurso se declara culpable, los administradores podrían enfrentarse a acciones penales y a la inhabilitación para administrar bienes ajenos. Contra algunos ex consejeros ya se siguen diligencias previas en otro juzgado de Sevilla, en este caso ya en la jurisdicción Penal. Además, la calificación influirá en la responsabilidad patrimonial y en la posibilidad de reintegrar bienes al patrimonio de la sociedad." https://www.elconciso.es/empresas/juez-aplaza-fecha-vista-declarar_0_2005224164.html
Pardillo619 17/11/25 15:04
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla celebrará una vista, entre el 18 y el 21 de noviembre de 2025, convocada para que el juez decida si el concurso de acreedores que provocó la disolución de la histórica multinacional sevillana Abengoa fue fortuito o culpable https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Directorio/Directorio-de-Organos-Judiciales/Juzgado-de-lo-Mercantil-n--3---Sevillahttps://www.iberley.es/lm/jm3-sevilla-3718
Pardillo619 15/11/25 20:26
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 15/11/25 15:01
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Un concurso se declara culpable si la no presentación de las cuentas anuales, o su falta de depósito en el Registro Mercantil, se produce en los tres años previos a la declaración de concurso. Esto ocurre porque la ley considera que dicha omisión demuestra una falta de diligencia de un ordenado empresario, lo que provoca un agravamiento de la insolvencia y genera responsabilidad para los administradores. Razones por las que la no presentación de cuentas agrava la culpabilidad del concurso:Incumplimiento legal: La ley considera que no formular, aprobar o depositar las cuentas anuales en el plazo y forma legal es un incumplimiento grave de las obligaciones legales.Muestra de negligencia: La no presentación de las cuentas, especialmente cuando se exige la auditoría, indica que los administradores no han actuado con la diligencia debida que se espera de un empresario ordenado.Agravamiento de la insolvencia: La falta de transparencia contable impide una visión clara de la situación de la empresa, lo que puede haber contribuido a empeorar la insolvencia.Cierre registral: La no presentación de las cuentas provoca el "cierre registral", lo que significa que la sociedad no puede inscribir ningún tipo de documento en el Registro Mercantil, impidiendo su funcionamiento normal.Consecuencias para los administradores: La falta de presentación de las cuentas es una causa directa de la calificación del concurso como culpable, lo que puede acarrear la inhabilitación para administrar bienes ajenos, la obligación de cubrir el déficit patrimonial de la empresa e incluso responsabilidad penal.  Las consecuencias de un concurso culpable son graves e incluyen la inhabilitación para administrar o representar bienes ajenos de 2 a 15 años, la pérdida de derechos como acreedor, la obligación de devolver bienes obtenidos indebidamente, la indemnización de daños y perjuicios, y la posible cubertura del déficit patrimonial del concurso En los casos más graves, puede derivar en un procedimiento penal con penas de prisión o multas. Consecuencias principalesInhabilitación: De 2 a 15 años para administrar bienes ajenos o representar a terceros. La duración específica la determina el juez según la gravedad.Pérdida de derechos: El afectado pierde los derechos que pudiera tener como acreedor, incluyendo su derecho a cobrar deudas pendientes en el concurso.Devolución de bienes: Se condena a devolver bienes o derechos que se obtuvieron de forma indebida del patrimonio del deudor.Indemnización: Se impone la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados a la masa activa del concurso.Cubrir el déficit patrimonial: En caso de liquidación, los responsables pueden ser obligados a cubrir el déficit (la parte de la deuda que no se ha pagado). Consecuencias adicionales y penalesProcedimiento penal: Si las acciones del deudor o cómplices son lo suficientemente graves, el juez puede remitir el caso al Ministerio Fiscal, lo que podría llevar a penas de prisión o multas.Exclusión de la Ley de la Segunda Oportunidad: Para personas físicas, se pierde el derecho a solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho si se cumple con todos los demás requisitos.Inscripción en el Registro Público Concursal: La sentencia que califica el concurso como culpable se inscribe en este registro. https://gaula-abogados.es/concurso-culpable-causas-y-consecuencias_abogados-concursales/#:~:text=Consecuencias%20de%20un%20concurso%20culpable,penas%20de%20prisi%C3%B3n%20o%20multas. https://derechovirtual.org/causas-del-concurso-culpable-ejemplos/ "La sanción trascendió unos días después, el 30 de julio del año pasado, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicó la resolución de la CNMV que declaraba firme por la vía administrativa la imposición de una multa agregada de 140.000 euros al consejo de administración que incumplió la obligación de informar a los mercados de las cuentas consolidadas de la cotizada sevillana en el plazo legalmente establecido.... Ninguno de los consejeros por tanto ha pagado con cargo a su patrimonio, pese a ser los responsables individuales y la sanción imponerse a cada uno de ellos y no a la compañía..." https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-Acaba-pagando-por-Multas-CNMV-consejo-presidido-Urquijo_0_1671134073.html Abengoa ocultó información a PwC"PwC está contratada por Abengoa para auditar los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, según ha podido saber ABC. Abengoa comunicó a la CNMV que no presentó sus cuentas de 2019 porque necesitaba tener un informe sobre la valoración de una participada. Sin embargo, PwC ha desmentido esa versión, ya que contestó en diciembre a AbengoaShares que no ha podido auditar el ejercicio 2019 de la empresa sencillamente porque el consejo de administración persidido por Gonzalo Urquijo no le entregó las cuentas formuladas ni de la sociedad ni del grupo...." https://www.abc.es/sevilla/economia/sevi-cnmv-cumple-sin-sancionar-abengoa-no-presentar-cuentas-2019-202102060825_noticia.htmlhttps://libertadsindeudas.com/concurso-acreedores-culpable/ https://www.conceptosjuridicos.com/concurso-de-acreedores-culpable/Presunciones de culpabilidad en el concurso de acreedoresSalvo prueba en contrario, se presume culpable el concurso de acreedores si el deudor o, en su caso, sus representantes legales, administradores o liquidadores:Han incumplido el deber de solicitar la declaración del concurso.Han incumplido el deber de colaboración con el juez del concurso y la administración concursal, no les han facilitado la información necesaria o conveniente para el interés del concurso, o no han asistido, por sí o por medio de apoderado, a la junta de acreedores, siempre que su participación haya sido determinante para la adopción del convenio.3. O si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a llevar contabilidad no ha formulado las cuentas anuales.......