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Pardillo619

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Pardillo619 18/11/25 18:42
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 18/11/25 13:20
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 18/11/25 01:33
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
El juez aplaza sin fecha la vista para declarar si el concurso de Abengoa fue culpable o fortuito"La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla suspende la vista prevista para noviembre y todos los trámites de la pieza de calificación  IC argumenta que los consejos de administración que dirigieron la empresa tras la destitución forzosa de Benjuema a instancias del Banco de Santander, según declaró probado en sentencia firme la Audiencia Nacional, actuaron de forma desleal, agravando la insolvencia y causando perjuicios a la sociedad y a los accionistas minoritarios. Además, IC también pedía que se culpabilizase del concurso culpable al administrador de las sociedades instrumentales creadas en la primera reestructuración Christian Anders Digemose, que consideran que actuó como "administrador de hecho" del grupo Abengoa, en nombre de los principales acreedores, para realizar dos reestructuraciones únicamente encaminadas a conseguir que esos mismos acreedores tuviesen el mínimo impacto posible y la sociedad quedase liquidada, como sucedió.... Por el camino, los acreedores que se adjudicaron la mayoría de las acciones en la primera reestructuración financiera ejecutada en 2017, vendieron sus participaciones a decenas de miles de accionistas minoritarios que quedaron atrapados –de hecho aún siguen– y perdieron toda su inversión.SABB, por su parte, coincide en lo sustancial, ya que en su escrito de petición de calificación de concurso culpable señaló que Abengoa se encontraba en estado de insolvencia desde 2015 y que los dos planes de reestructuración que hizo el grupo fueron una "ficción" que solo sirvió para retrasar la presentación del concurso de acreedores y "agravar seriamente el estado de insolvencia de Abengoa, en detrimento de sus activos..........".  Consecuencias de una calificación culpable"Si el concurso se declara culpable, los administradores podrían enfrentarse a acciones penales y a la inhabilitación para administrar bienes ajenos. Contra algunos ex consejeros ya se siguen diligencias previas en otro juzgado de Sevilla, en este caso ya en la jurisdicción Penal. Además, la calificación influirá en la responsabilidad patrimonial y en la posibilidad de reintegrar bienes al patrimonio de la sociedad." https://www.elconciso.es/empresas/juez-aplaza-fecha-vista-declarar_0_2005224164.html
Pardillo619 17/11/25 15:04
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla celebrará una vista, entre el 18 y el 21 de noviembre de 2025, convocada para que el juez decida si el concurso de acreedores que provocó la disolución de la histórica multinacional sevillana Abengoa fue fortuito o culpable https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Directorio/Directorio-de-Organos-Judiciales/Juzgado-de-lo-Mercantil-n--3---Sevillahttps://www.iberley.es/lm/jm3-sevilla-3718
Pardillo619 15/11/25 20:26
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 15/11/25 15:01
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Un concurso se declara culpable si la no presentación de las cuentas anuales, o su falta de depósito en el Registro Mercantil, se produce en los tres años previos a la declaración de concurso. Esto ocurre porque la ley considera que dicha omisión demuestra una falta de diligencia de un ordenado empresario, lo que provoca un agravamiento de la insolvencia y genera responsabilidad para los administradores. Razones por las que la no presentación de cuentas agrava la culpabilidad del concurso:Incumplimiento legal: La ley considera que no formular, aprobar o depositar las cuentas anuales en el plazo y forma legal es un incumplimiento grave de las obligaciones legales.Muestra de negligencia: La no presentación de las cuentas, especialmente cuando se exige la auditoría, indica que los administradores no han actuado con la diligencia debida que se espera de un empresario ordenado.Agravamiento de la insolvencia: La falta de transparencia contable impide una visión clara de la situación de la empresa, lo que puede haber contribuido a empeorar la insolvencia.Cierre registral: La no presentación de las cuentas provoca el "cierre registral", lo que significa que la sociedad no puede inscribir ningún tipo de documento en el Registro Mercantil, impidiendo su funcionamiento normal.Consecuencias para los administradores: La falta de presentación de las cuentas es una causa directa de la calificación del concurso como culpable, lo que puede acarrear la inhabilitación para administrar bienes ajenos, la obligación de cubrir el déficit patrimonial de la empresa e incluso responsabilidad penal.  Las consecuencias de un concurso culpable son graves e incluyen la inhabilitación para administrar o representar bienes ajenos de 2 a 15 años, la pérdida de derechos como acreedor, la obligación de devolver bienes obtenidos indebidamente, la indemnización de daños y perjuicios, y la posible cubertura del déficit patrimonial del concurso En los casos más graves, puede derivar en un procedimiento penal con penas de prisión o multas. Consecuencias principalesInhabilitación: De 2 a 15 años para administrar bienes ajenos o representar a terceros. La duración específica la determina el juez según la gravedad.Pérdida de derechos: El afectado pierde los derechos que pudiera tener como acreedor, incluyendo su derecho a cobrar deudas pendientes en el concurso.Devolución de bienes: Se condena a devolver bienes o derechos que se obtuvieron de forma indebida del patrimonio del deudor.Indemnización: Se impone la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados a la masa activa del concurso.Cubrir el déficit patrimonial: En caso de liquidación, los responsables pueden ser obligados a cubrir el déficit (la parte de la deuda que no se ha pagado). Consecuencias adicionales y penalesProcedimiento penal: Si las acciones del deudor o cómplices son lo suficientemente graves, el juez puede remitir el caso al Ministerio Fiscal, lo que podría llevar a penas de prisión o multas.Exclusión de la Ley de la Segunda Oportunidad: Para personas físicas, se pierde el derecho a solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho si se cumple con todos los demás requisitos.Inscripción en el Registro Público Concursal: La sentencia que califica el concurso como culpable se inscribe en este registro. https://gaula-abogados.es/concurso-culpable-causas-y-consecuencias_abogados-concursales/#:~:text=Consecuencias%20de%20un%20concurso%20culpable,penas%20de%20prisi%C3%B3n%20o%20multas. https://derechovirtual.org/causas-del-concurso-culpable-ejemplos/ "La sanción trascendió unos días después, el 30 de julio del año pasado, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicó la resolución de la CNMV que declaraba firme por la vía administrativa la imposición de una multa agregada de 140.000 euros al consejo de administración que incumplió la obligación de informar a los mercados de las cuentas consolidadas de la cotizada sevillana en el plazo legalmente establecido.... Ninguno de los consejeros por tanto ha pagado con cargo a su patrimonio, pese a ser los responsables individuales y la sanción imponerse a cada uno de ellos y no a la compañía..." https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-Acaba-pagando-por-Multas-CNMV-consejo-presidido-Urquijo_0_1671134073.html Abengoa ocultó información a PwC"PwC está contratada por Abengoa para auditar los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, según ha podido saber ABC. Abengoa comunicó a la CNMV que no presentó sus cuentas de 2019 porque necesitaba tener un informe sobre la valoración de una participada. Sin embargo, PwC ha desmentido esa versión, ya que contestó en diciembre a AbengoaShares que no ha podido auditar el ejercicio 2019 de la empresa sencillamente porque el consejo de administración persidido por Gonzalo Urquijo no le entregó las cuentas formuladas ni de la sociedad ni del grupo...." https://www.abc.es/sevilla/economia/sevi-cnmv-cumple-sin-sancionar-abengoa-no-presentar-cuentas-2019-202102060825_noticia.htmlhttps://libertadsindeudas.com/concurso-acreedores-culpable/ https://www.conceptosjuridicos.com/concurso-de-acreedores-culpable/Presunciones de culpabilidad en el concurso de acreedoresSalvo prueba en contrario, se presume culpable el concurso de acreedores si el deudor o, en su caso, sus representantes legales, administradores o liquidadores:Han incumplido el deber de solicitar la declaración del concurso.Han incumplido el deber de colaboración con el juez del concurso y la administración concursal, no les han facilitado la información necesaria o conveniente para el interés del concurso, o no han asistido, por sí o por medio de apoderado, a la junta de acreedores, siempre que su participación haya sido determinante para la adopción del convenio.3. O si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a llevar contabilidad no ha formulado las cuentas anuales....... 
Pardillo619 14/11/25 15:03
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Bienvenido nuevamente al foro, Javier10.Lamento tus pérdidas, incrementadas por lo acaecido con lo del bufete.Yo contacté hace tiempo con ellos y me parecieron excesivas sus minutas, por lo que deseché cualquier acción judicial que pudieran tramitarme.Hay más despachos de abogados y sus precios pudieran ser más económicos, aunque, cuidado...…. Si os apuntáis para que os lleven la reclamación y luego cambiaseis de idea y quisierais dejarlo estar, os cargaran más dinero en su minuta, además de lo previamente aportado como provisiones, según denominan. Añadid el coste de los peritos, procuradores, abogados e IVA, y calculad lo que os puede costar, sin perjuicio del desgaste emocional que conlleva la "administración de justicia" en este país.  Si se pierde, sumad las costas (minutas) del contrario. Allá cada cual. Al menos, esperad de 5-10 años, os diría.Y conste que es una opción muy digna y encomiable, aunque en este país de charanga, pandereta y aforamientos, se dificulta considerablemente la tutela judicial efectiva reseñada en la Constitución. Artículo 24:Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.  Un triste y lamentable ejemplo:https://www.farodevigo.es/economia/2023/11/22/infinito-caso-pescanova-cobra-94921932.htmlhttps://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2023/12/04/sousa-paga-plazos-300-euros-responsabilidad-quebrar-pescanova-titular-1-col-cuerpo-166-noticias-secundarias-5-lineas/0003_202312G4P19991.htm https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2023/10/14/justicia-zanja-quiebra-pescanova-238-millones-indemnizaciones/0003_202310G14P28991.htm La iniciativa que hemos emprendido y continúa ganando adeptos para la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa, tan sólo cuesta 30€, se consiga algo o no, y está comprendida en la normativa vigente, como así nos corroboró el Ministerio de Economía, marcando los requisitos para incoar el expediente.Como sabéis, el estado es el máximo accionista individual, con más de 400 millones invertidos en la empresa.La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla celebrará una vista, entre el 18 y el 21 de noviembre de 2025, convocada para que el juez decida si el concurso de acreedores que provocó la disolución de la histórica multinacional sevillana Abengoa fue fortuito o culpable. https://www.elconciso.es/empresas/juez-decidira-noviembre-concurso-abengoa-culpable-fortuito_0_2004369335.htmlHabía pensado el que nos personáramos los días del juicio en Sevilla, aunque la distancia para much@s es larga y pudieran ser más días la duración de la vista, aunque los que vivís  cerca podríais asistir y luego contarnos lo que suceda.¿Qué os parece?Suerte, ánimo y salud para tod@s.https://www.abengoa373.com/https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true 
Pardillo619 30/10/25 17:33
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 30/10/25 13:00
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Gracias a vosotros/as.Con leer, compartir y no mirar hacia otro lado, ya hacéis mucho.Somos el segundo-tercer foro de Rankia con más suscriptores, a pesar de estar en estos momentos excluidos de cotización. Ahora somos 85 personas (lo podéis comprobar arriba de la página, en la parte derecha, pinchando en el interrogante)Seguid el hilo del foro gratuitamente, pinchando allí y elegís la frecuencia de recibir los mensajes que se van publicando (diario-semanalmente....).¡Vamos, no nos callarán!
Pardillo619 29/10/25 23:40
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Hola.Os copio respuesta de la C.N.M.V. ante mi petición de que me concreten a cuanto asciende el capital social de Abengoa, en aras de poder computar oficialmente cuanto porcentaje del mismo tenemos actualmente, para trasladar el conjunto de accionistas que ya se han adherido a la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, como ya nos indicaron. Seguimos sin obtener respuesta a lo planteado anteriormente a la fuente oficial, cual es el Ministerio de Economía. Asimismo, continuamos a la espera por la solicitud-queja realizada al Defensor del Pueblo, por la falta de contestación del ministerio aludido.¡Continúan las adhesiones al art. 373, ánimo!Como comprobaréis, en su web se nos informa:https://www.cnmv.es/Portal/quees/Funciones-CNMV#ref2FuncionesLa Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es el organismo encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los mismos. La CNMV se creó por la Ley 24/1988, del Mercado de Valores, que supuso una profunda reforma de este segmento del sistema financiero español y, desde entonces, su régimen se ha ido actualizando para adaptarse a la evolución de los mercados financieros y para introducir nuevas medidas de protección de los inversores.El objetivo de la CNMV es velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y la correcta formación de precios, así como la protección de los inversores. Pues bien, en la respuesta dada que os copio a continuación, se nos indica que:"En concreto, el acuerdo de exclusión de negociación de las acciones de Abengoa, S.A. (en liquidación) fue adoptado por la CNMV el 22 de septiembre de 2022, de conformidad con el artículo 21.2 del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre" En el siguiente artículo de la normativa anterior, art. 22, último párrafo, se reseña que: "Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación cuando la suspensión o exclusión pudiera causar un perjuicio grave a los intereses de los inversores o al funcionamiento ordenado del mercado."A buen entendedor, pocas palabras bastan.Se les va a dirigir nuevo escrito y espero trasladaros su respuesta.Saludos.https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true Esta es nuestra página web:https://www.abengoa373.com/  _______________________________________________________________________________Comisión Nacionaldel Mercado de ValoresREGISTRO DE SALIDANº 2025070248 21/04/2025 10:20CNO/263/2025J. M.P. S.Madrid, 21 de abril de 2025Consulta de 6 de marzo de 2025, registro de entrada número 2025034039Referencia: CNO/263/2025Estimado señor xxxxx   xxxxxxxx:En respuesta a su consulta, recibida en la CNMV con fecha 6 de marzo de 2025, le informamos de lo siguiente:Las acciones de Abengoa, S.A. (en liquidación) fueron excluidos de negociación de las Bolsas de Valores en que estaban admitidas a negociación y del Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIB), el 26 de septiembre de 2022, siendo esa fecha la última en que estuvieron admitidas a negociación; y, en la actualidad, no cotizan en ningún mercado secundario español.En concreto, el acuerdo de exclusión de negociación de las acciones de Abengoa, S.A. (en liquidación) fue adoptado por la CNMV el 22 de septiembre de 2022, de conformidad con el artículo 21.2 del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores, al haberse abierto la fase de liquidación de la citada sociedad de acuerdo con la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.Puede acceder a través de la web de la CNMV (www.cnmv.es) a la información disponible en los registros públicos de la CNMV sobre Abengoa, S.A. (en liquidación) hasta su fecha de exclusión, entrando sucesivamente en “Consultas a registros oficiales”, “Búsqueda por entidades” y seleccionando la información disponible para esa sociedad.Desde el momento de dicha exclusión, en los registros públicos de la CNMV no se dispone de información sobre la situación actual de esa sociedad. Para intentar informarse de su situación actual puede dirigirse a la entidad depositaria de sus acciones, al Registro Mercantil, a la propia sociedad o, en su caso, a los administradores concursales de esas sociedades y/o al juzgado que se encargue de su tramitación legal.Atentamente,Jesualdo Domínguez-Alcahud Martín-PeñaDirector1 Las respuestas facilitadas a las consultas planteadas tendrán carácter informativo sin que puedan derivarse efectos jurídicos vinculantes de la contestación. La presentación de una consulta no interrumpirá los plazos establecidos en el ordenamiento para el ejercicio de los derechos ni suspenderá la tramitación de los procedimientos.2 Ver información privilegiada registrada en la CNMV con fecha 22 de septiembre de 2022 y número de registro 1588.
Pardillo619 24/10/25 14:19
Ha respondido al tema GOWEX
 Buenas tardes, os copio mensaje recibido esta mañana, del bufete donde acudí.Estimados/as clientes,Les informamos del estado actual del procedimiento a la vista de las últimas diligencias practicadas y/o en curso:En primer lugar, el órgano judicial ha remitido requerimientos a distintas sociedades del grupo MAAT/HUMANIA para la designación de nueva defensa que todavía está pendiente, habiéndose expedido las correspondientes cédulas y otorgado plazo para su cumplimiento.Por nuestra parte, estamos realizando un seguimiento constante y hemos reiterado, por razones de economía procesal y para evitar nuevas dilaciones, la solicitud de medidas organizativas a fin de facilitar la organización del acto y proceder con el señalamiento del Juicio.En suma, una vez queden cumplidas o resueltas las incidencias ajenas descritas, el órgano procederá a fijar fecha, una vez celebrado el mismo en un plazo de 4/6 meses se dictará Sentencia. Les comunicaremos de inmediato el señalamiento en cuanto sea notificado. Asimismo, les confirmamos que estamos realizando todas las gestiones de impulso necesarios para que se señalen a la mayor brevedad. Atentamente YVANCOS ABOGADOS 
Pardillo619 24/10/25 11:45
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Yo siempre he dicho la verdad y no engaño a nadie. Me denuncia y tendrá cumplida réplica de mis abogados. Como se ha sentido aludido por mi anterior mensaje, (jajajajaja, ¿por qué será?) si quiere respuesta a sus falsas y baldías acusaciones, diríjase al Ministerio de Economía  y Defensor del Pueblo, donde podrá comprobar el estado de nuestra reivindicación respecto a la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa. Email: informacion.general@economia.gob.es Ya le he dedicado bastante tiempo, impresentable trol y mala persona, le conocemos de sobra. Intente no molestar.
Pardillo619 05/10/25 14:44
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Desde el foro PC bolsa se ha difundido por algún trol y sus secuaces, mensajes difamatorios hacia mi persona, que intentan menospreciar nuestra iniciativa de aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A. Aprovecho nuestra página web, https://www.abengoa373.com/ y asimismo este foro de Rankia, para disculparme al no poder contestar a los foreros que allí me dirigen cuestiones,al haber sido censurado en dicho foro porque no permiten que se denuncie a los bancos acreedores de Abengoa y demás caterva. Asimismo, se me coacciona desde dicho portal, para que contribuya económicamente, en orden a evitar y poder ignorar dichos comentarios injuriosos que te puntúan malévolamente para desacreditarte.No se ha dado el caso por los afectados adheridos ni lo habrá, de fraude en documentaciones ni demás infamias de las que habla. No soporta que se detallen las manipulaciones efectuadas que he denunciado y que han sido objeto de varias querellas presentadas, ante los juzgados.Incluso se ha mofado de nuestra iniciativa en Abengoa, tachándola de monserga. " Literalmente la juez- magistrada Reyes Flores Canales, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Sevilla, en su auto  afirma que “es clara que estaríamos ante una defraudación con grave repercusión para la economía nacional por cuanto afecta además a una generalidad de personas a las que genera un importante perjuicio patrimonial” https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-querella-gestion-Urquijo-vuelve-Audiencia-Nacional_0_1642036351.html?utm_source=La+newsletter+de+Alberto+Grimaldi&utm_campaign=490d0fbf4c-EMAIL_CAMPAIGN_3_4_2021_11_48_COPY_01&utm_medium=email&utm_term=0_53249ed2b7-490d0fbf4c-395911841    "la fiscal pide en el mismo escrito, argumentando......Es más, estima que “dichos delitos han causado una grave repercusión en la economía nacional”,https://www.diariodesevilla.es/economia/Fiscalia-investigar-segunda-reestructuracion-Abengoa_0_1595541384.html  Las personas felices no pierden el tiempo haciendo el mal a los demás.El mal es una cosa para gente infeliz, frustrada, mediocre y envidiosa. Es cobarde y muy fácil el acusar sin demostrarlo, desde el anonimato. Y no es la primera ni la última vez que ocurrirá.Y el que dude de mis sinceras, comprometidas y honestas actuaciones, le invito y animo a que me presente la correspondiente denuncia ante la justicia. Ya sabéis lo de que: "El que te critica, algo de ti le pica"  Saludos, compañeros. https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true
Pardillo619 17/09/25 11:42
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Lo único imposible es lo que no se intenta.2056 firmas verificadas, seguimos avanzando.https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=truehttps://www.abengoa373.com/
Pardillo619 13/09/25 14:58
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Vamos compañer@s, hay que intentarlo! "Cuanto más poco propicia es la situación en la que demostramos esperanza, más profunda es esa esperanza.La esperanza definitivamente no es lo mismo que el optimismo. No es la convicción de que algo saldrá bien, sino la certeza de que algo tiene sentido, independientemente de cómo resulte. En resumen, creo que la forma de esperanza más profunda e importante, la única que puede ayudarnos a salir adelante e impulsar a realizar buenas obras, y la única fuente verdadera de la dimensión impresionante del espíritu human@ y sus esfuerzos, es algo que obtenemos, por así decirlo, de “otro lugar”. También es esta esperanza, sobre todo, la que nos da la fuerza para vivir y probar continuamente cosas nuevas, incluso en condiciones que parecen tan desesperadas como las nuestras, aquí y ahora."  Václav Havel https://www.abengoa373.com/https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true  
Pardillo619 12/09/25 03:14
Ha recomendado Re: GOWEX de Rahomar
Pardillo619 04/09/25 18:46
Ha guardado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pardillo619
Pardillo619 28/08/25 13:54
Ha respondido al tema Cox: seguimiento y noticias de la "nueva Abengoa"
 Yo no confiaría en las noticias y expectativas de este periódico-panfleto al servicio del Satander y sus cómplices, (Expansión, entre otros) que son a la postre los propietarios de COX.Tienen que calentar el valor, como hicieron anteriormente y buscar financiación en bolsa, programas de pagarés de empresas verdes, emisión de bonos (300 millones),donde y como sea. Son maestros en manipulación, ya lo hicieron en Abengoa:https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-puso-duda-rescate-aprobarlo_0_1562546027.htmlEl 30 de junio de 2017, en la junta general ordinaria de accionistas, Gonzalo Urquijo afirmó ante los accionistas que quería lanzar un mensaje de optimismo hacia un futuro “que Abengoa afronta con el entusiasmo de demostrar toda su experiencia y todo su conocimiento del mercado de la ingeniería y construcción en los sectores de energía y agua”https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-SEPI-comunica-formalmente-denegacion-ayuda-249-millones_0_1696930811.html" Respecto del asesor financiero, advertía de acontecimientos que podrían impactar en ese “perímetro SEPI”, como litigios por valor de 943 millones de euros..." "También es especialmente grave para que el Fondo considere no acreditada la elegibilidad de la ayuda solicitada que existen riesgos fiscales motivados por la ruptura del grupo fiscal consolidado, por una cuantía que eleva a 2.000 millones de euros......................" https://www.diariodesevilla.es/economia/Cox-Energy-adjudica-activos-Abengoa_0_1785121806.html El adjudicatario afirma en su oferta, “sin justificar” precisa el juez, que tiene una línea de financiación con Barclays Bank Ireland; un derecho de cobro por venta de CGT, también “sin acreditar”; conversaciones con el ICO, “sin justificar”; la renovación de avales existentes, aunque “no da información del soporte de la propuesta hecha a las entidades financieras”, y, carta de apoyo con Eureka-Re, aseguradora con domicilio en Barbados (paraíso fiscal).En cuanto a avales y demás acreedores financieros, “la oferta lo es sin subsistencia de garantías, y con asunción de los pasivos derivados de los avales vivos”; afirma, “sin justificar”, conversaciones con el objeto de asegurar la conservación, renovación, y ampliación de los avales existentes, con las entidades financieras del pool de bancario del grupo, también, con entidades públicas, “lo que tampoco justifica”.......Lo más alucinante es que los contribuyentes seguimos sufragando con nuestros impuestos esta palmaria usurpación. Sí, avales con entidades públicas, como acabáis de leer. "Igualmente la oferta ganadora incluye la asunción de pasivos de Project Finance, SPP1, SEDA, Befesa Desalination Developments Ghana Limited, y SPV AEB y también asume litigios de las concursadas con el compromiso de abono del 50% de lo recuperado al concurso, 30% para los acreedores privilegiados y 20% para el concurso..."https://www.elconfidencial.com/empresas/2024-11-06/cox-lanza-bolsa-litigios-abengoa_3997787/"Según el folleto de la OPS, Cox es responsable de reclamaciones legales de clientes por 360 millones de euros. Entre otros, la Agencia Nacional de Energía de Brasil, el más relevante, por 116 millones, que el grupo español espera resolver con un acuerdo por 10 millones. Otras demandas son con la chilena Rising Sun, el banco hondureño Atlántida o el fondo Nexus Capital, controlado por grandes fortunas mexicanas y con presencia en España." 
Pardillo619 28/08/25 12:30
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Gracias, por vuestra confianza y apoyo, gracias por sumaros a la iniciativa de aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital para Abengoa S.A.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544 ¿En qué consiste el Artículo 373 de la L.S.C.? Autorización de intervención: La norma faculta al Gobierno para acordar la continuidad de una sociedad anónima en determinados casos, incluso si esta se encuentra en un proceso de disolución.Motivaciones: La intervención se justifica si existe un interés social o económico nacional que haga conveniente que la sociedad continúe operando.Instancia de solicitud: La solicitud puede ser presentada por accionistas que representen, al menos, una quinta parte del capital social, o por el personal de la empresa.Forma de la decisión: El Gobierno debe emitir un real decreto para ordenar la intervención, y en él debe concretar la situación y el plan de continuación de la sociedad.Ámbito de aplicación: Se aplica a las sociedades anónimas. Sin vosotros esto no sería posible.No importa cuántas acciones tengáis, todo suma. Continuamos con las adhesiones.Juntos somos más fuertes.Gracias una vez más por estar aquí y demostrar que frente al abuso y el latrocinio, siempre habrá quienes decidan no quedarse de brazos cruzados. Os reitero nuestro agradecimiento por vuestra solidaridad, fuerza y dignidad.¡Gracias por estar y gracias por seguir!https://www.abengoa373.com/https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true¡Ya somos 2046 firmantes! 
Pardillo619 25/08/25 23:57
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Eléctricas y renovables bailaron al son de Montoro para tratar de recibir favoresCompañías como Red Eléctrica, Abengoa y Solaria contrataron el bufete del exministro durante los años donde se está llevando la investigación del caso Montoro...."https://elperiodicodelaenergia.com/electricas-y-renovables-bailan-al-son-de-montoro/https://www.elmundo.es/economia/2025/07/20/687d2c4821efa0215e8b4578.html 
Pardillo619 05/08/25 14:29
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Yo no confiaría en las noticias y expectativas de este periódico-panfleto al servicio del Satander y sus cómplices, que son a la postre los propietarios de COX.Tienen que calentar el valor, como hicieron anteriormente y buscar financiación en bolsa, programas de pagarés de empresas verdes, emisión de bonos (300 millones),donde y como sea. Son maestros en manipulación, ya lo hicieron en Abengoa:https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-puso-duda-rescate-aprobarlo_0_1562546027.html El 30 de junio de 2017, en la junta general ordinaria de accionistas, Gonzalo Urquijo afirmó ante los accionistas que quería lanzar un mensaje de optimismo hacia un futuro “que Abengoa afronta con el entusiasmo de demostrar toda su experiencia y todo su conocimiento del mercado de la ingeniería y construcción en los sectores de energía y agua”https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-SEPI-comunica-formalmente-denegacion-ayuda-249-millones_0_1696930811.html" Respecto del asesor financiero, advertía de acontecimientos que podrían impactar en ese “perímetro SEPI”, como litigios por valor de 943 millones de euros..." "También es especialmente grave para que el Fondo considere no acreditada la elegibilidad de la ayuda solicitada que existen riesgos fiscales motivados por la ruptura del grupo fiscal consolidado, por una cuantía que eleva a 2.000 millones de euros......................" https://www.diariodesevilla.es/economia/Cox-Energy-adjudica-activos-Abengoa_0_1785121806.html El adjudicatario afirma en su oferta, “sin justificar” precisa el juez, que tiene una línea de financiación con Barclays Bank Ireland; un derecho de cobro por venta de CGT, también “sin acreditar”; conversaciones con el ICO, “sin justificar”; la renovación de avales existentes, aunque “no da información del soporte de la propuesta hecha a las entidades financieras”, y, carta de apoyo con Eureka-Re, aseguradora con domicilio en Barbados (paraíso fiscal). En cuanto a avales y demás acreedores financieros, “la oferta lo es sin subsistencia de garantías, y con asunción de los pasivos derivados de los avales vivos”; afirma, “sin justificar”, conversaciones con el objeto de asegurar la conservación, renovación, y ampliación de los avales existentes, con las entidades financieras del pool de bancario del grupo, también, con entidades públicas, “lo que tampoco justifica”....... Lo más alucinante es que los contribuyentes seguimos sufragando con nuestros impuestos esta palmaria usurpación. Sí, avales con entidades públicas, como acabáis de leer. "Igualmente la oferta ganadora incluye la asunción de pasivos de Project Finance, SPP1, SEDA, Befesa Desalination Developments Ghana Limited, y SPV AEB y también asume litigios de las concursadas con el compromiso de abono del 50% de lo recuperado al concurso, 30% para los acreedores privilegiados y 20% para el concurso..." https://www.elconfidencial.com/empresas/2024-11-06/cox-lanza-bolsa-litigios-abengoa_3997787/ "Según el folleto de la OPS, Cox es responsable de reclamaciones legales de clientes por 360 millones de euros. Entre otros, la Agencia Nacional de Energía de Brasil, el más relevante, por 116 millones, que el grupo español espera resolver con un acuerdo por 10 millones. Otras demandas son con la chilena Rising Sun, el banco hondureño Atlántida o el fondo Nexus Capital, controlado por grandes fortunas mexicanas y con presencia en España."https://www.hondudiario.com/2024/12/03/empresa-espanola-cox-energy-solar-condenada-a-pagar-mas-de-u7-millones-a-banco-atlantida/#:~:text=millones%20a%20Banco%20Atl%C3%A1ntida,-diciembre%203%2C%202024&text=* "Expertos advierten que los posibles inversionistas Europeos, corren peligro al invertir en Bolsa en Cox Energy por la inestabilidad financiera que suma la demanda que tiene que pagar al Banco Hondureño..."
Pardillo619 02/08/25 22:10
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El juez sobresee y archiva la causa contra Felipe Benjumea por las cuentas de AbengoaEs el segundo procedimiento en la Audiencia Nacional que culmina sin reproche penal para la gestión previa a 2015 https://www.diariodesevilla.es/economia/juez-sobresee-archiva-causa-felipe_0_2004492966.html "en aquella época, la situación financiera de la entidad era muy similar a la de los anteriores ejercicios económicos, no pudiéndose hablar de grave crisis"."A pesar de su falta de liquidez, ello no conllevaba necesariamente su insolvencia, que desde luego no puede estar acreditada por la concurrencia de un fondo de maniobra negativo. El panorama de endeudamiento en las fechas de la suscripción de los nuevos contratos mercantiles era estable, muy en la línea de ejercicios anteriores", añade el juez reproduciendo el fallo absolutorio de 2018.... ""para noviembre de este año está previsto que se celebre la vista para dirimir si el concurso que provocó la liquidación de la cotizada fue culpable o no. Esta acción en la jurisdicción Mercantil está dirigida contra dos consejos de administración posteriores a los que presidió Benjumea, el que presidió Gonzalo Urquijo Fernández de Araoz –integrado además por Manuel Castro Aladro, José Luis del Valle Doblado, José Wahnon Levy, Ramón Sotomayor Jáuregui y Pilar Cavero Mestre– (fue miembro Josep Piqué Camps, ya fallecido) y el que le sucedió en la administración de la compañía y declaró del concurso, presidido por Juan Pablo López-Bravo Velasco e integrado por Margarida de la Riva Smith.El propio Felipe Benjumea ha sido citado como testigo en esta vista, convocada entre el 18 y el 21 de noviembre de 2025, y llegará con el aval de haber sido exonerado por segunda vez. " https://www.elconciso.es/empresas/audiencia-nacional-exonera-segunda-vez_0_2004493108.html"Esta sentencia es clave en todo el proceso que vivió Abengoa desde 2014 hasta su liquidación, porque en ella se acreditó que fueron los acreedores y en concreto el Banco de Santander, quienes forzaron la destitución de Benjumea, lo que a la postre impidió la ampliación de capital que se estaba tramitando en el verano de 2015 y que terminó por provocar la presentación del preconcurso, del que salió un año después mediante una reestructuración financiera que resultó fallida y que se investiga también penalmente en un Juzgado de Sevilla. "
Pardillo619 02/08/25 18:47
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 Os copio respuesta recibida:De: Información.General <informacion.general@economia.gob.es>Enviado: jueves, 31 de julio de 2025 15:39Para: j. p .s Asunto: RE: Solicitud aplicación del art. 373 ley sociedades de capital Estimado Sr. P. xxxx S. xxxxxxxLe comunicamos que de nuevo hemos trasladado su petición de información a la unidad competente y estamos a la espera de su respuesta, ya que desde nuestro área no nos compete dar respuesta a las consultas, sino trasladarlas a la unidad competente por materia, y posteriormente ofrecer respuesta al interesado una vez que dicha unidad nos la comunica.Reciba un saludo cordial, Área de InformaciónSubdirección General de ComunicaciónSubsecretaríaMinisterio de Economía, Comercio y Empresa El contenido de este correo tiene mero carácter informativo y no constituye una interpretación oficial de la normativa vigente. 
Pardillo619 31/07/25 20:45
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¡Hombre! Si no hacemos nada, nada tendremos...Yo estuve "peleando" con el  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Ministerio de Industria Comercio y Turismo, Ministerio de Hacienda y Función Pública, Ministerio de Asuntos económicos y Transformación Digital durante meses..... soportando su indiferencia y baldías promesas de que se me contestaba y no era así. Echando balones fuera, coloquialmente hablando. Debo decir para ser justo y sincero, que el apoyo y actuación del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo Pujol, fue decisivo, gestionando impecablemente nuestra queja, ya que contactó con la Administración correspondiente -Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa- dependiente del actual Ministerio de Economía; ergo, éstos señalaron los requisitos que por normativa vigente nos permiten llevar a cabo nuestra reivindicación. Costó tiempo y esfuerzo, pero se consiguió entonces.Desafortunadamente, a posteriori, por la falta de concreción solicitada respecto a la cuantía del capital social de Abengoa y el requerimiento de que el gobierno se adhiera a nuestra iniciativa, su Adjunta II Patricia Bárcena, nos ha salido "botinera" y menoscaba la instituciónpara la que "trabaja".........He pedido expresamente que la queja-reclamación la vuelva a tramitar el señor Gabilondo y su equipo.De los sindicatos, ni te cuento. Simplemente, corrupción y desmanes sin control ni decencia alguna. Yo lo viví hace años desde dentro, ya que trabajaba para uno de ellos, aunque no tenía vinculación de ningún tipo, en el ámbito de los cursos de formación que se financia con los fondos europeos..... Salió publicado incluso en la prensa, pero ese es otro tema, aunque subyace la misma cantinela definitoria de este país de charanga y pandereta, somos "cultura europea", jajajajaja; por no llorar.Os acordáis?https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_PSVGracias por estar y gracias por seguir.Afortunadamente todavía queda gente con DIGNIDAD, especie en extinción.Continuamos con las adhesiones, vamos!https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueNADA QUE PERDER
Pardillo619 31/07/25 14:12
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Se ha presentado escrito al Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo Pujol, para su exclusiva atención, con 7 archivos explicativos además de las contestaciones dadas por el jefe de área de la Subdirección de comunicación del Ministerio de Economía, Pedro Marín García, CNMV, Adjunta II del Defensor del Pueblo, Patricia Bárcena y dos justificantes de presentación ante la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Hacienda y asimismo ante la Secretaria de Estado de Economía y apoyo a la Empresa, los cuales, éstos dos últimos, acreditan su falta de respuesta.Además, le he recordado el email que él mismamente me mandó (Punto Tercero), después de recibirlo del Ministerio de Economía:El Defensor del Pueblo Registro de Salida 27/11/23, trasladando respuesta del Ministerio de Economía: "Tercero: Que el retraso en la contestación se ha debido a un problema en la cadena de comunicación de la solicitud de información por parte de D. José M. P. S. que ha hecho que esta secretaría de Estado no haya tenido conocimiento de la misma hasta la llegada de la solicitud de información por parte del Defensor del Pueblo. Se han adoptado las necesarias medidas organizativas dentro del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para evitar que estas situaciones vuelvan a producirse». Por todo ello se da por emitida la correspondiente información y por finalizadas las actuaciones practicadas conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. Le saluda muy atentamente, Ángel Gabilondo Pujol Defensor del Pueblo También se le ha remitido al señor  el jefe de área de la Subdirección de comunicación del Ministerio de Economía, Pedro Marín García, el email siguiente: "Buenos días, señor Marín García.Hasta el momento, desde el 3 de julio´24 que me respondió, dicha unidad correspondiente, no se ha puesto en contacto con el que suscribe, amén de que como ustedes indicaron acertadamente el 19 marzo´24:  "dicha empresa figura en liquidación, luego podrían haberse producido eventos que hayan alterado la composición del capital social", lo cual ya les he razonado con anterioridad en mis comunicaciones.Ustedes me han comunicado en varias ocasiones que: " Damos traslado de su consulta a la unidad correspondiente desde la que le facilitarán una respuesta en el menor plazo posible". Todavía no tenemos respuesta.A tenor de su contestación, les corresponde y compele elRESEÑAR a cuánto asciende el susodicho capital social, -por los motivos que ya se les han enunciado y acreditado, dimanantes de la información que me sugirieron, proveniente de la CNMV y no del ciudadano-accionista-afectado -solicitante., y que esta parte, aun así, ya les ha argumentado.Consecuentemente, se podría calcular a cuánto asciende esa quinta parte de capital social, -si es que éste existía-, en aras de cumplir, en parte, con uno de los requisitos que marca la normativa del art. 373 de la ley de sociedades de capital, siendo confirmado por una fuente oficial, como es el órgano competente:  Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, y en concreto,  la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.Finalmente, me dirigí por el Registro Electrónico General (adjunto archivo), para requerir lo mismo, tal y como usted me indicaba (adjunto archivo).¿Me puede argumentar el porqué de este retraso e ignorancia ante lo solicitado?Atentamente,José María Pxxxx. SxxxxxxxOs copio el ACUSE DE PRESENTACIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO La solicitud presentada ha tenido entrada en el Registro Electrónico del Defensor del Pueblo con los siguientes datos:DATOS DEL REGISTRO  25077089  NÚMERO DE ENTRADA: FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN: 31/07/2025,  0:11 DESTINO: DEFENSOR DEL PUEBLO DATOS DEL INTERESADO NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL: Nº DE IDENTIFICACIÓN: JOSÉ MARÍA  P. S. 2xxx6xx1x Junto a la solicitud, escrito o comunicación presentada, el interesado ha aportado los siguientes documentos, todos ellos con su correspondiente resumen electrónico: - DEF pueblo 1 adjunto.pdf · Hash: 006C4FF7D9B6A384773C80FDC517BDA574B6F327945747D59A66534E71EC963C - DEF pueblo 3 Justificante Presentación Minist economia.pdf · Hash: 39BBF50D080DB8C084707B7F9796F361F7D26FCF0DD492D17F2A048581E230DC - DEF pueblo 30julio25.pdf · Hash: 736F7E8B52A4101F4798A9C5C346CC547A419B9BDFE461C5538FA8DB6964358A - DEF pueblo 4 Justificante Presentación minist hacienda.pdf · Hash: 30DBB6A7AB0F1271160BCC9BE42CB8E41C6E7A82EDD298476B127761FEC36290 - DEF pueblo 5 CNMV respuesta 21abril2025.pdf · Hash: 856A5C48632092F7EA355F17FEADF9508C5EF0C014E197F7D6D34168B360AD47 - DEF pueblo 6 Contestacion Marín Garcia.pdf · Hash: 4CB226F38CFDD5BA9583F1B6E6560AA62B99ADE52527694B3DDEBBEC5F69068E - DEF pueblo adjunta contestación.pdf · Hash: C9A90874A8E4C037656036C4CEEF558A12BA10E0F5B86E6C18ABF0284D363A4B Debido a la extensión de lo enviado, 12 páginas de archivo explicativo más otros 6 adjuntos anexados, puedo remitirlo a los interesados ya adheridos a nuestra iniciativa, a través de nuestro email informativo: adabengoa373@gmail.comBásicamente he argumentado en base a la normativa previamente mencionada en el foro recientemente.Continuamos con nuestra reivindicación, compañer@s, no tiramos la toalla. " No me preocupa el grito de los violentos, de los corruptos, de los deshonestos, de los sin ética. Lo que mas me preocupa es el silencio de los buenos "  Martin Luther King https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true https://www.abengoa373.com/