A mi me han aplicado el incentivo dos años seguidos, hasta que no se publique en el BOE lo contrario en principio es indefinido, siempre que se cumplan las condiciones.
Pues te lo han denegado porque ganaste menos de 2.000€. Dudo muchísimo que venga denegada indicando explícitamente que la razón es no haber trabajado el año anterior. Si fuese así la razón de la denegación es incorrecta. Podrías volver a reclamar pero te lo volverían a denegar por el tema de ser menos de 2.000€ (o simplemente no cumplir los requisitos según el BOE, o sea mirando casilla 22)Si hubieses ganado 3.000 (sin trabajar el año anterior) 100% seguro hubieses tenido un incentivo de 1.000€.
la casilla 18 no tiene que ser superior a 2001 el año anterior, puede ser inferior o incluso ser 0. Lo único que importa es la diferencia entre las casillas 22 de ambas declaraciones.
Casilla 22 2022: 0€Casilla 22 2023: 1.000€ (3.000€ ganados menos deducción de 2.000€ que siempre se hace)Le descontarían, gracias al incentivo ,1.000€ del total que ha ganado en 2023. Por lo tanto solo le contarían 2.000€ (3.000€ ganados ganados - 1.000€ incentivo).Estos 2.000€ habría que restárselos a su importe que le corresponda para su unidad familiar, y si no tiene más ingresos que se añadan (intereses bancarios, bonos térmicos,...) el resultado dividido entre 12 será su nueva cuantía de IMV.El incentivo lo que hace es (cuando se dan ciertas circunstancias) restarte una cantidad a tus ingresos para que el IMV no se te reduzca tanto.Un saludo
Hola @almria
En el caso de Amador NO le van a descontar los 3.000€, sino que serán 2.000€.No es obligatorio haber trabajado el año anterior para que se aplique el incentivo.En tu caso te han descontado los 1.800€ que ganaste porque son menos de 2.000€ por lo tanto tu casilla 22 habrá tenido un valor de 0€ (tendrás 1.800 en la casilla 18, a la cual se aplica una deducción de 2.000€, quedando como máximo a 0 la casilla 22).Aún recuerdo todas las noticias sobre el incentivo: persona X pasa de ganar 0€ un año a ganar 2.000€ el año siguiente. Tendrá un incentivo de 2.000€.... jajajajaja
Pues espero que no pagases por esa segunda consulta...y si les puedes comentar que están equivocados sería genial así no dan disgustos o otras personas.Un saludo
Hola @cmjk9
Sobre el tema del incentivo ya se habló en numerosos post el año pasado pero parece que aún no le queda claro a mucha gente, normal teniendo en cuenta que nunca lo explicaron bien y tenía su truco.Durante mucho tiempo la gente pensó (haciendo caso a lo que incorrectamente decían en todos los medios de comunicación) que si ganabas, por ejemplo, 2.000€ más que el año anterior, no te los iban a tener en cuenta, ya hemos comprobado que no funciona así. El ejemplo que pones es correcto.Se utiliza la casilla 22 SIEMPRE, 100% seguro (como bien se indica en el BOE, que es a fin de cuantas lo único que vale legalmente) y cualquiera que quiera desmentirlo estaré encantarlo de demostrárselo. Si algún año en tu declaración no tienes casilla 22 quiere decir que has ingresado menos de 2.000€, por lo tanto el valor para calcular el incentivo sera 0€. En mi caso es el segundo año que me lo aplican y en ambos han utilizado la casilla 22. Ni casilla 18, ni simulador de la web, ni me han contado, ni he visto por internet, ni me han dicho en la asesoría...nada de nada, casilla 22.Un saludo
Hola,Si en 2022 tuviste 0€ de ingresos y en 2023€ tuviste 3.000€ de ingresos, tu incentivo al empleo será de 1.000€Para comprobarlo mejor mira LA CASILLA 22 de ambas declaraciones (2022 y 2023), posiblemente en 2022 NO TENGAS casilla 22, da igual, eso quiere decir que el valor es 0.Aunque en 2023 ganaste 3.000€ en la casilla 22 de la declaración de ese año te va a aparecer 1.000€ (este valor corresponde a tu sueldo NETO menos una deducción de 2.000€).Resumiendo, de los 3.000€ que te deberían de haber restado, "gracias" al incentivo, solo te van a restar 2.000€ (3.000€ ganados - 1.000€ de incentivo). Así que resta esos 2.000€ a tu renta anual garantizada para tu unidad de conviviencia y te dará el valor que se te queda a partir de ahora.Así funciona el INCENTIVO, olvidaros de noticias en internet, ni simuladores,...la verdad es restar los valores de la casilla 22 de ambas declaraciones.Un saludo
Buenas,Perfecta explicación compañero @ritekg5
, aunque añadiría un detalle importante. @pablo125
, en tu caso, pongamos los siguientes ejemplos con los datos que dices, lo más importante es saber cuanto has ganado el año anterior al que vas a trabajar.1.) 2023 no has ganado nada y en Enero de 2024 empiezas a trabajar ganando 300€/mes, sumando un total de 3.600€ en todo el año. A finales de 2025 cuando hagan la revisión tendrás un incentivo de 1.600€ (3.600€ -2000€ de deducciones: 1.600€ - 0€ del año pasado: 1.600€). Vuelvo a señalar lo mismo de siempre NO es lo que ganas es lo que pone en la casilla 22 de tu declaración. Por lo tanto del total de ingresos te restarían 1.600€ para el calculo del imv.2.)2023 no has ganado nada y en 2024 empiezas a trabajar en Junio hasta finales de año, serían 7 meses, sumando un total de 2.100€. Tu incentivo sería de 100€.(2.100€ reales ganados-2.000 incentivo: 100€ - 0€ del año pasado: 100€. Te restarían 100€ del total ganado.También hay mucho lío referente a lo del 60% de tu renta garantizada, la gente se cree que si no gana más de ese % no le quitan nada, FALSO. El 60% se tiene que tener en cuenta una vez calculada la diferencia de la casilla 22 de ambos años, una vez se tenga, el equivalente al 60% de tu renta te lo restan completo, y del 40% restante suele ser entre un 20 y un 30%.Como bien dice @ritekg5
, la clave del incentivo es partir de un año sin ganar nada, al año siguiente trabajar lo máximo (sin pasarte del 150% o incluso un poco más de tu renta garantizada) para tener el máximo incentivo para al año siguiente no trabajar nada y así sucesivamente. Saludos
Hola,Entrecomillar trampa me parece innecesario, directamente es una trampa/engaño (menos en casos muy concretos como es haber ganado más de 2.000€ en ambos años), no entiendo como nadie ha denunciado este sistema, principalmente porque en todas las noticias en medios de comunicación, los ejemplos que se señalaban eran directamente falsos. Incluido el famosos simulador (tan difícil era poner una nota indicando que había que poner la casilla 22?). Como siempre en estos casos, la letra pequeña solo se pudo ver de antemano en el BOE, por lo que no se puede reclamar nada.Es que incluso en la noticia oficial del gobierno (que incluye la nota de prensa) MIENTEN, ponen el ejemplo de pasar de ganar 0€ a 1.000€, aplicándose un incentivo de 1.000€ y eso no es una "trampa", es directamente un engaño. Dejo el enlace a la noticia:https://www.inclusion.gob.es/w/el-gobierno-aprueba-el-incentivo-al-empleo-para-beneficiarios-del-ingreso-minimo-vital-que-mejoren-su-situacion-laboralEn TODAS las noticias se ponía el ejemplo de pasar de ganar 0€ en un año a 2.000€ en el siguiente, aplicándose un incentivo de 2.000€. Totalmente FALSO.MUCHA gente se va a llevar una desilusión o un buen susto pensando que si no ganan más de X cantidad no se lo van a restar todo. Ya veréis...Resumiendo, un apaño, campaña de publicidad del gobierno, para dar un poco de bombo, pero bueno, siendo justos MEJOR esto que nada. Esos si, hubiese sido mejor que lo hubiesen explicado bien.Un saludo.
Hola,Detalle importante, el aumento de tus ingresos se calcula teniendo en cuenta la casilla 22 de tu declaración de la renta, no sobre el total de ingresos.Siguiendo tu ejemplo te pongo varios casos: 10.000€ de renta garantizada.- El año pasado ganas 0€ y este año ganas 2.000€. Casilla 22 declaración del año pasado 0€ y casilla 22 de este año 0€ (2.000€ ganados - 2.000€ de deducciones). Incentivo de 0€. No te restan NADA.- El año pasado ganas 0€ y este año ganas 6.000€. En la casilla 22 del año pasado te aparecerá 0€ (bueno ni aparecerá pero se contabiliza como 0€) y en la de este año a pesar de haber ganado 6.000€, la casilla 22 será de 4.000€ (6.000€ realmente ganados - 2.000€ de deducciones. Por lo tanto se te aplicará un incentivo de 4.000€.- El año pasado ganas 2.500€ y este año 6.000€, la casilla 22 de tu declaración del año pasado será de 500€ (2.500€ - 2.000 deducciones) y en la de este año será de 4.000€ (6.000€ -2.000€ deducciones. Por lo tanto se te aplicará un incentivo de 3.500€.Un saludo
Tema complicado...he leido algún hilo más sobre el asunto. Por lo que parece para gente que NO cobra el IMV, y por tanto si tienen menos de X ingresos al año. NO tienen obligación de hacer la declaración de la renta, parece que si tus ayudas no superan los 1.000€/año, NO tienes obligación de declarar esta ayuda (puedes presentar la declaración si te sale favorable pero sin incluir la ayuda). Hay otro hilo donde el compañero @lobo-ardiente
incluso presento una reclamación y le devolvieron dinero. Comenta también que algún técnico le comentó que no debía de declararlo.https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4977532-renta-declarar-bono-social-termico?page=8En nuestro caso (personas que cobramos el IMV), teniendo la obligación de presentar la declaración si o si, no tengo claro cómo actuar. Mirando por internet en todos los sitios comentan que en obligatorio, independientemente de la cantidad. Lo mismo pasaría con los famosos cheques de 200€.Lo peor que puede pasar es que te hagan una paralela en algún momento, quizás no pase nunca o quizás dentro de 3 o 4 años y te reclamen de golpe todos los importes cobrados (no entro en si habría algún tipo de sanción o pago de intereses porque lo desconozco) pero se podría sumar de golpe varios importes a la vez y tener consecuencias en tu revisión de IMV si vas justo.Resumiendo, que no me queda del todo claro, es una ayuda importante, que si se declara a los que cobramos IMV nos la quitan directamente.Sería genial tener algo de luz sobre el tema a través de algún técnico de hacienda o similar.Un saludo
Buenas,Toda la información que hay disponible por internet indica que el bono social térmico debe de declararse en la declaración de la renta como ganancia patrimonial (al igual que por ejemplo el famosos cheque de 200€). A algunas personas ya les aparece directamente en el borrador.Que en algunas Comunidades no sea obligatorio lo desconozco, que te afecte más o menos en el resultado es indiferente, que no te aparezca a ti en el borrador , ni que te lo hayan reclamado (por ahora) nunca no quiere decir nada. Que no te cambie la declaración tras meterlo será depende del caso particular, no todo el mundo que lo tiene se sale la declaración a 0 o cobra el IMV.Que sea más rentable no meterlo y jugársela ya depende de cada uno.Te dejo un enlace muy interesante donde la propia agencia tributaria comenta este tema:https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0144145Un saludo
Buenas,Que no aparezca en el borrador no quiere decir que no debas añadirlo tu. Esto es como con otras muchas cosas en la renta, si tienes suerte quizás te salga bien y nunca te lo reclamen, sino tienen 4 o 5 años para revisarlo y exigírtelo, añadiendo los intereses correspondientes.Un saludo
Te lo darán seguro, pero en la próxima revisión te lo contarán como ingreso y te bajará el IMV en la misma cantidad. Vamos que te lo dan y luego te lo quitan.
Hasta el 60% de incremento te lo restan todo, lo que pase del 60% y hasta el 100% te restan entre un 20% a un 30% depende de circunstancias personalesEjemplo: Renta mínima garantizada 7.000€. Tras hacer la resta de la casilla 22 te da un resultado de 5.000€ (esto sería tu incremento). El 60% de tu renta garantizada es 4.200€(7.000 X 60%) estos primeros 4.200€ te los restan integros. Los 800€ restantes se multiplican por 30% en tu caso y daría 240€, por lo que te restarían serían 4.200+240: 4.420€.Yo en mi caso no voy a renunciar al imv nunca, eso sí yo guardo todo lo que voy cobrando y solo lo cojo cuando ya hacen la revisión, así no hay sustos cuando te pidan cobros indebidos.