Mraisin
01/12/25 22:02
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¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
Y aquí tienes otra supuesto con dividendos USA (el texto es del antiguo asesor fiscal de Invertia, cuando era "independiente"). (Los nombres y números de las casillas se refieren a las de la declaración de la renta de aquellos años).Debes de rellenar el desplegable de la casilla 024, indicando si esos dividendos cumplen los requisitos para estar exentos (al ser acciones USA las acciones las debes de haber mantenido en cartera, al menos, un año antes del cobro del dividendo o un año después) el importe íntegro y la retención nacional. Además deberás de rellenar la casilla de deducción por doble imposición internacional, la 734. (Aquí se pone la retención internacional soportada).Pero debes de tener en cuenta que esta deducción es la menor de dos cifras: - Impuesto pagado en el extranjero, esa retención del 15% en origen. - Resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. En este último punto es donde se encuentra el problema. Si tus dividendos están exentos en la casilla 734 no aparecerá importe, esos dividendos no tributan y no forman parte de la base liquidable, obtendrás la devolución de la retención nacional que sí figura en las retenciones a cuenta, pero la retención en origen no podrás obtener su devolución, ya que no existe doble imposición internacional.Actualmente, la exención de dividendos sigue otras reglas, que podéis ver aquí:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/que-base-imponible-se-determina-sociedades/exenciones/exenciones-sobre-dividendos-rentas-derivadas-valores.html?faqId=6da07e696a205710VgnVCM100000dc381e0aRCRD